La Revista de los Tribunales
Descripción
Otra de las publicaciones corporativas y profesionales de este período fue una Revista de los Tribunales de 1872, pero no debemos confundirla con un importante título que vendrá más adelante. Se trató de una publicación literalmente Dedicada a la defensa de los intereses morales y materiales de los escribanos actuarios. Esto es, una revista de profesión jurídica, más concretamente del gremio de los secretarios judiciales. Estaba dirigida por Juan Gómez Marrodán, abogado y escribano actuario. Es de interés el contexto en cuanto a los cambios normativos de organización, que nos cuenta esta revista de escribanos actuarios, donde estos profesionales reflexionaron sobre su función y trabajo: «Al fraccionarse y separarse para siempre los cargos de Notarios y Escribano de actuaciones, se promulgó una ley que […] solo se ocupó de […] los que habían de ejercer...
Título
La Revista de los Tribunales
Subtítulo
Dedicada a la defensa de los intereses morales y materiales de los escribanos actuarios
Fecha de inicio
1872
Fecha de cese
1874
Localidad de publicación
Madrid
País
España
Tipografía
Imprenta de R. Vicente.
Periodicidad
Semanal
Director
Juan Gómez y Marrodán. También Robustiano Patiño y Mella.
Colaboradores
Notas de redacción y del director.
Contenido
Otra de las publicaciones corporativas y profesionales de este período fue una Revista de los Tribunales de 1872, pero no debemos confundirla con un importante título que vendrá más adelante. Se trató de una publicación literalmente Dedicada a la defensa de los intereses morales y materiales de los escribanos actuarios. Esto es, una revista de profesión jurídica, más concretamente del gremio de los secretarios judiciales. Estaba dirigida por Juan Gómez Marrodán, abogado y escribano actuario. Es de interés el contexto en cuanto a los cambios normativos de organización, que nos cuenta esta revista de escribanos actuarios, donde estos profesionales reflexionaron sobre su función y trabajo: «Al fraccionarse y separarse para siempre los cargos de Notarios y Escribano de actuaciones, se promulgó una ley que […] solo se ocupó de […] los que habían de ejercer la fé pública» estando los otros desatendidos incluso en cuanto a su nombre «Secretarios, segun la moderna ley provisional» sobre el Poder Judicial. La revista publicó cuestiones forenses y prácticas, comentarios a sentencias cuando interesaban a la profesión de secretario judicial, consultas y demás, sin pretensiones doctrinarias. Nada de esto fue ocultado en su Prospecto, donde dijo que se avenía a «la prensa profesional, con el noble deseo de representar en el tribunal de la opinion, á los Escribanos de actuaciones», a fin de lograr la consideración que merecerían y la constatación de que carecían de tal representante «en el periodismo» y que necesitaban este «órgano en la prensa que sostenga con fé, celo y valentía las reformas necesarias para su mejoramiento». Así, su objeto sería solo el «Derecho y Enjuiciamiento en su parte puramente práctica», con más información sobre nombramientos, normativa, y causas notables. Los secretarios judiciales intentaron fijar, en esta revista, algo de su estatus profesional acudiendo al sentido histórico de esta actividad cuando refirieron a los actuari de Roma encargados de la «redacción de las actas públicas, de los procesos, se las sentencia y decisiones ó decretos que dictaban los magistrados y pretores», a Alfonso X que regularizó el estatus de los Escribanos públicos o los cambios cuando se creó la figura del Notario en cuanto tal, separado del escribano actuario o secretario judicial. De alguna manera, se comenta la actividad diaria del sistema judicial de la época, se debate sobre excarcelaciones, errores judiciales, sentencias polémicas, así como acontecimientos relacionados con el momento de agitación republicana.
La revista terminó en 1874 aludiendo a la Tercera Guerra Carlista «Si suspendemos […] es por la guerra que desola la patria, [que] nos tiene incomunicados casi con el Norte, Este y Mediodía de España, haciendo infructuosas nuestras relaciones y sacrificios por aquellos juzgados […] es época de guerra y exterminio, de ódio y pasión. ¡Dejemos pasar el huracán!», pero congratulándose por la labor realizada. Es poco más lo que se puede decir sobre esta publicación. Sin embargo, lo que podemos subrayar es que para 1872 ya existía una consciencia más clara sobre el ámbito y límites de estas publicaciones; así, en el mismo prospecto de esta revista de actuarios, se declaró que «no se ocupará de las altas cuestiones que en el terreno de la ciencia puedan debatirse». Es decir, para 1872 quedaba más clara la diferencia entre la esfera profesional y la científica.
La revista terminó en 1874 aludiendo a la Tercera Guerra Carlista «Si suspendemos […] es por la guerra que desola la patria, [que] nos tiene incomunicados casi con el Norte, Este y Mediodía de España, haciendo infructuosas nuestras relaciones y sacrificios por aquellos juzgados […] es época de guerra y exterminio, de ódio y pasión. ¡Dejemos pasar el huracán!», pero congratulándose por la labor realizada. Es poco más lo que se puede decir sobre esta publicación. Sin embargo, lo que podemos subrayar es que para 1872 ya existía una consciencia más clara sobre el ámbito y límites de estas publicaciones; así, en el mismo prospecto de esta revista de actuarios, se declaró que «no se ocupará de las altas cuestiones que en el terreno de la ciencia puedan debatirse». Es decir, para 1872 quedaba más clara la diferencia entre la esfera profesional y la científica.
Información adicional
Año 1, n. 1 (14 abr. 1872)-año 3, n. 105 (12 abr. 1874)
Redacción, «Suspension», en La Revista de los Tribunales. Dedicada a la defensa de los intereses morales y materiales de los escribanos actuarios, 3 (1874), p. 527.
Redacción, «Suspension», en La Revista de los Tribunales. Dedicada a la defensa de los intereses morales y materiales de los escribanos actuarios, 3 (1874), p. 527.
Materia
Profesional
Tribunales
Ejemplar consultado
Biblioteca Nacional de España
Autoría
Fernando Liendo Tagle
Fecha
31/03/2025