Con una interesante variedad de contenidos, se publicó una Revista del Notariado y del Registro de la Propiedad en 1864. Aunque en su prospecto defendió su carácter gremial –«procurar el engrandecimiento de una clase vejada, postergada, hoy enaltecida y fuerte»–, sus contenidos fueron razonados y contuvo las secciones de Derecho Hipotecario, Notarial y de Consultas, estas últimas con relevante calidad doctrinal.
Este tipo desarrollo editorial llevaron a justificar sus tendencias doctrinales en el segundo año excusándose de que «no ha dejado de cumplir un solo de sus compromisos [del prospecto] […] Descendiendo de la teoría á la práctica, de la ciencia á la vida, del gabinete del pensador al estudio del Notario», que revelaron, a mi juicio, cierta «crisis de identidad» entre lo práctico y doctrinal (una excusatio non petita accusatio manifesta,...
Revista del Notariado y del Registro de la Propiedad
Descripción
Título
Revista del Notariado y del Registro de la Propiedad
Fecha de inicio
1864
Fecha de cese
1868
Localidad de publicación
Madrid
País
España
Tipografía
Imprenta Notarial e Hipotecaria de los Señores Martínez y Bogo. También en Imprenta de V. Matute y B. Compagni.
Periodicidad
Trimestral
Director
Francisco Morcillo y León
Colaboradores
Vicente Romero y Girón, José Ruano, Pablo de la Lastra, Enrique Ucelay, y otros Notarios y Decanos de Colegios Notariales de ciudades españolas.
Contenido
Con una interesante variedad de contenidos, se publicó una Revista del Notariado y del Registro de la Propiedad en 1864. Aunque en su prospecto defendió su carácter gremial –«procurar el engrandecimiento de una clase vejada, postergada, hoy enaltecida y fuerte»–, sus contenidos fueron razonados y contuvo las secciones de Derecho Hipotecario, Notarial y de Consultas, estas últimas con relevante calidad doctrinal.
Este tipo desarrollo editorial llevaron a justificar sus tendencias doctrinales en el segundo año excusándose de que «no ha dejado de cumplir un solo de sus compromisos [del prospecto] […] Descendiendo de la teoría á la práctica, de la ciencia á la vida, del gabinete del pensador al estudio del Notario», que revelaron, a mi juicio, cierta «crisis de identidad» entre lo práctico y doctrinal (una excusatio non petita accusatio manifesta, entre lo gremial y científico). De hecho, esta revista tuvo su propio boletín, y éste, según propia confesión, estaba «dedicado á cuestiones de interes de la clase, de conveniencia local, á la podría llamarse política del Notariado, hemos cumplido la palabra empeñada […] mejoramiento de la clase, á la defensa de los Notarios cuyos intereses ó derecho se han visto lastimados». Es decir, el boletín quería desempeñar las funciones corporativas que la revista no estaba cumpliendo.
En los últimos tiempos de la revista se trataron la práctica forense, los procedimientos, pero sobre todo el impacto de la nueva Ley Hipotecaria en el Derecho antiguo, por ejemplo, en torno como las Leyes de Toro en cuanto a contratos que obligaban a mujeres casadas, hipotecas legales, cancelación de hipotecas en libros antiguos, sucesiones y derechos de las viudas, o defectos subsanables de actos sujetos a inscripción. Interesan sobre todo las reflexiones sobre el estatus mismo del Notariado. En suma, esta revista tuvo mayor calidad doctrinal que las revistas notariales previas. Considero que esto se debió al equipo editorial compuesto por redactores como Vicente Romero y Girón, Enrique Ucelay, Pablo de la Lastra, Francisco Morcillo y León, que en su momento redactaron importantes contribuciones en la literatura jurídica española; sobre todo Romero y Girón quien, como veremos, tuvo bajo su dirección un tiempo brillante para la ciencia jurídica de una futura Revista de los Tribunales en la década de los 70’s y 80’s. Como nota de interés, se puede indicar que a la muerte de Francisco Morcillo, Enrique Ucelay presentó un tipo de biografía intelectual con muchos datos de interés, donde repasó su faceta periodística y reafirmó que su Boletín fue la «primera revista jurídica de España».
Este tipo desarrollo editorial llevaron a justificar sus tendencias doctrinales en el segundo año excusándose de que «no ha dejado de cumplir un solo de sus compromisos [del prospecto] […] Descendiendo de la teoría á la práctica, de la ciencia á la vida, del gabinete del pensador al estudio del Notario», que revelaron, a mi juicio, cierta «crisis de identidad» entre lo práctico y doctrinal (una excusatio non petita accusatio manifesta, entre lo gremial y científico). De hecho, esta revista tuvo su propio boletín, y éste, según propia confesión, estaba «dedicado á cuestiones de interes de la clase, de conveniencia local, á la podría llamarse política del Notariado, hemos cumplido la palabra empeñada […] mejoramiento de la clase, á la defensa de los Notarios cuyos intereses ó derecho se han visto lastimados». Es decir, el boletín quería desempeñar las funciones corporativas que la revista no estaba cumpliendo.
En los últimos tiempos de la revista se trataron la práctica forense, los procedimientos, pero sobre todo el impacto de la nueva Ley Hipotecaria en el Derecho antiguo, por ejemplo, en torno como las Leyes de Toro en cuanto a contratos que obligaban a mujeres casadas, hipotecas legales, cancelación de hipotecas en libros antiguos, sucesiones y derechos de las viudas, o defectos subsanables de actos sujetos a inscripción. Interesan sobre todo las reflexiones sobre el estatus mismo del Notariado. En suma, esta revista tuvo mayor calidad doctrinal que las revistas notariales previas. Considero que esto se debió al equipo editorial compuesto por redactores como Vicente Romero y Girón, Enrique Ucelay, Pablo de la Lastra, Francisco Morcillo y León, que en su momento redactaron importantes contribuciones en la literatura jurídica española; sobre todo Romero y Girón quien, como veremos, tuvo bajo su dirección un tiempo brillante para la ciencia jurídica de una futura Revista de los Tribunales en la década de los 70’s y 80’s. Como nota de interés, se puede indicar que a la muerte de Francisco Morcillo, Enrique Ucelay presentó un tipo de biografía intelectual con muchos datos de interés, donde repasó su faceta periodística y reafirmó que su Boletín fue la «primera revista jurídica de España».
Materia
Derecho civil
Profesional
Bibliografía
AA. VV., Centenario de la Ley del notariado, 1965.
Joaquín Serrano Yuste, Daniel Gozalbo Gimeno, Natalia Vicente Mínguez, “Fuentes y bibliografía para la historia del derecho notarial y del notariado hispánico”, Castellón, 2005.
Joaquín Serrano Yuste, Daniel Gozalbo Gimeno, Natalia Vicente Mínguez, “Fuentes y bibliografía para la historia del derecho notarial y del notariado hispánico”, Castellón, 2005.
Ejemplar consultado
Hemeroteca Municipal de Madrid
Continuada por
Gaceta de Registradores y Notarios
Autoría
Fernando Liendo Tagle
Fecha
19/08/2025