Boletín Oficial Eclesiástico del Obispado de Pamplona

Descripción

El boletín se abrió con una comunicación de la Secretaría de Cámara del Obispado, transmitiendo que el obispo Pedro Cirilo de Uriz y Labyru había dispuesto “como una de las medidas conducentes á su buena administracion [de la diócesis], la publicacion de un Boletin quinquenal en que se circulen con facilidad, se lean con claridad, y ofrezcan comodidad para su conservación las órdenes, edictos, instrucciones, avisos, noticias y anuncios interesantes para el clero del Obispado”. Se establece como medio de promulgación: “tendrán, por sola su insercion en este periódico, fuerza obligatoria las disposiciones emanadas de la Autoridad Episcopal ó sus inmediatas dependencias, y se le dará el debido cumplimiento como si directa y espresamente hubiesen sido comunicadas”. Los párrocos tendrían obligación de suscribirse, con los fondos destinados a ello,...
Metadatos

Título

Boletín Oficial Eclesiástico del Obispado de Pamplona

Otros títulos

Desde 1940, Boletín Oficial del Obispado de Pamplona.
Desde 1956, Boletín Oficial de las Diócesis de Pamplona y Tudela (debido a la unión de ambas diócesis, de manera provisional el 2-9-1955 y definitivamente por constitución apostólica de 11-8-1984).

Fecha de inicio

1862

Fecha de cese

Continúa

Localidad de publicación

Pamplona

País

España

Tipografía

En su comienzo, Imprenta de Francisco Erasun y Reda.

Periodicidad

El n.1 de 10-5-1862 anunciaba que se publicaría los días 10 y 25 de cada mes, sin perjuicio de alguno extraordinario requerido por las circunstancias. Sin embargo, tras el número de 30-5-1862, no volvió a salir hasta 10-6-1863. En 1866 la periodicidad pasó a tres meses al mes. En 1873 solo salió el número de 25-2-1873 hasta el de 20-7-1876, que anunció la falta de periodicidad, pues “se publicará cuando lo reclamen las necesidades del servicio eclesiástico”. De 1881 a 1946 se publicó quincenalmente. En 1947 se publicaron 17 (en vez de 24) números. En 1948 pasó a ser mensual. Actualmente es bimestral, algunas veces trimestral.

Contenido

El boletín se abrió con una comunicación de la Secretaría de Cámara del Obispado, transmitiendo que el obispo Pedro Cirilo de Uriz y Labyru había dispuesto “como una de las medidas conducentes á su buena administracion [de la diócesis], la publicacion de un Boletin quinquenal en que se circulen con facilidad, se lean con claridad, y ofrezcan comodidad para su conservación las órdenes, edictos, instrucciones, avisos, noticias y anuncios interesantes para el clero del Obispado”. Se establece como medio de promulgación: “tendrán, por sola su insercion en este periódico, fuerza obligatoria las disposiciones emanadas de la Autoridad Episcopal ó sus inmediatas dependencias, y se le dará el debido cumplimiento como si directa y espresamente hubiesen sido comunicadas”. Los párrocos tendrían obligación de suscribirse, con los fondos destinados a ello, a encuadernarlo a fin de año y custodiarlo.
El índice del primer año está elaborado por materias, no por tipo de documentos. Algunos ejemplos de documentos son:
Circular del Obispo.
Entrada del Obispo (crónica de 5-5-1862).
Seminario Conciliar: el Rector comunica el 29-5-1863 las disposiciones del obispo para conducta de los seminaristas durante las vacaciones.
Real Orden de 1-5-1863.
Secretaría de Cámara: Oposiciones a becas-
Donativos a Su Santidad.
Edicto de prohibición de malos libros.
Súplica del Obispo a la Reina el 18-8-1863.
Disposiciones a observar en el Seminario para los exámenes.
Edicto sobre derechos de patronato.
Suscripción de socorro a los habitantes de Manila arruinados por un terremoto.
Obispos españoles (noticia de preconización).
Santos Óleos (circular del obispo de 7-2-1864 en n.21 de 10-2-1864 pp.169-171).
Necrología.
Santa Visita Pastoral (crónica).

Información adicional

En su n.2, el boletín publicó una Advertencia de que en repetidas reales órdenes se había declarado que ese boletín estaba comprendido en el art.100 de la Ley de imprenta y por eso se podía imprimir y publicar sin requisito de depósito y editor responsable. Se refiere a la ley de 13-7-1857, cuyo art.100 rezaba: “Las disposiciones de esta Ley no serán aplicables á los escritos oficiales de las Autoridades constituidas, los cuales estarán sujetos á las que tratan de responsabilidad de los empleados públicos. Tampoco lo serán á la publicacion de la Gaceta de Madrid, ni á la de cualesquiera otros documentos oficiales que el Gobierno ó las Autoridades hicieren”.

Materia

Derecho canónico

Bibliografía

V. CÁRCEL ORTÍ, «Los boletines oficiales eclesiásticos de España. Notas históricas», Hispania sacra, 1966.
A.M. PAZOS, «Lectura y religión en Navarra: libros sobre espiritualidad difundidos a través del Boletín Oficial Eclesiástico (1900-1930)», Hispania sacra, 2004.
A.M. PAZOS, «El párroco eficaz. Técnica parroquial y mentalidad eclesiástica en la bibliografía recomendada por el Boletín de Pamplona (1900-1930)», Hispania sacra, 2005.

Ejemplar consultado

Biblioteca Tomás Navarro Tomás (Madrid).
El número de enero-marzo de 2022 se puede consultar en el cibersitio de la archidiócesis de Pamplona.

Autoría

Jesús Bogarín Díaz

Fecha

08/10/2025

Conjuntos de fichas