BECEÑA GONZÁLEZ, Francisco (1889-1936)

Ficha

Catedrático

BECEÑA GONZÁLEZ, Francisco (1889-1936)

Presentación

Se trata de un personaje esencial en el desenvolvimiento de la doctrina procesal española, pues, asimilando e introduciendo los grandes avances realizados por las literaturas procesalistas alemana e italiana, su contribución fue esencial en la superación de la inercia de largas décadas de predominio de la corriente procesalista, impulsando la evolución hacia la creación de un verdadero derecho procesal definido por su carácter científico y por su autonomía como rama del ordenamiento. Aunque la importancia de su papel está siendo, ahora, rescatada a través de distintos estudios, que tienden a presentarlo como el más importante procesalista del primer tercio del siglo XX, durante largo tiempo el peso trascendental de su figura cayó en cierto olvido.

Datos biográficos

Nacido el 30 de octubre de 1889 en Cangas de Onís (Asturias), Francisco Pedro Beceña González fue hijo de Francisco Beceña Coro y Camila González Pérez. Su genealogía era plenamente asturiana, pues sus abuelos paternos fueron Pedro Beceña del Dago, natural de Lago, y Rita Coro Piramuelle, nacida en Bada, y los maternos Juan González Valle, natural de Cangas de Onís, y María Pérez García, que lo era de El Orrin. Tuvo tres hermanos de mayor edad, Camila, la única que le sobrevivió, Cesar y Sara, y otros dos menores, Caridad y Melchor La holgada situación económica familiar, fruto de la considerable fortuna acumulada por su padre durante su larga estancia en Cuba (1852-1877) y acrecentada después con diversos negocios, le permitió desarrollar, liberado de preocupaciones materiales, una vida plenamente dedicada a su vocación académica y científica. No obstante, sabemos que padeció una enfermedad pulmonar que le condicionó durante toda su vida, pues le obligó a desplazarse todos los veranos a Suiza para someterse a controles periódicos y, según Montero Aroca, probablemente le indujo a permanecer soltero.

Nada más estallar la sublevación militar que desencadenó la guerra civil fue detenido y encarcelado en Cangas de Onís, de donde, en una fecha de julio o agosto de 1936 que permanece indeterminada, fue sacado por un grupo de milicianos de Sama de Langreo, siendo asesinado en un lugar que, también, se desconoce. Su cuerpo nunca fue recuperado. Su vivienda de Madrid, sita en la calle Diego de León, 25, fue, asimismo, saqueada, desapareciendo para siempre su rica biblioteca, junto con el resto de sus enseres. El motivo de esta inmediata represalia conducente a su muerte parece hallarse en las discrepancias ideológicas y políticas manifestadas frente a otras formaciones de la izquierda durante la campaña en la que participó como candidato por Asturias en las elecciones a las Cortes Constituyentes de 1931.

En su memoria, su hermana Camila fundó en 1952 el Hogar de Ancianos Beceña-González y dotó a su nombre una beca de estudios para los jóvenes de Cangas de Onís. Además, en Oviedo tiene dedicada una calle.

Formación

Inició los estudios de bachillerato en el curso 1900-1901 en el Colegio jesuita de la Inmaculada Concepción de Gijón, obteniendo, en 1905, el grado correspondiente en el Instituto de esta misma ciudad con la calificación de aprobado.

En ese mismo año de 1905, empujado seguramente por el deseo familiar de que continuase sus estudios en un centro de la Compañía de Jesús, se trasladó a la Universidad de Deusto para cursar la licenciatura en Derecho, que concluyó en el curso 1909-1910. El testimonio de uno de sus profesores, rescatado por Montero Aroca, presenta a Beceña como un alumno muy destacado, de gran memoria y brillante en las exposiciones, sencillo y agradable, respetuoso, un poco reservado y algo frío. Los exámenes oficiales los realizó en la Universidad de Salamanca, superando con éxito todas las asignaturas en la convocatoria ordinaria de junio, con once calificaciones de “sobresaliente” y ocho de “notable”, entre ellas las de “Procedimientos judiciales” y “Práctica forense”.

Los ejercicios para la obtención del Grado de Licenciado en Derecho los realizó el 13 de junio de 1910, mereciendo en todos ellos la nota de “sobresaliente”. El título fue expedido el 22 de junio de este año.

Apenas tenemos noticias acerca de su trayectoria personal durante el lustro siguiente, si bien sabemos que fijó su residencia en Madrid y que, probablemente, inició su actividad universitaria, orientándose su interés hacia el campo del derecho civil, bajo el magisterio de Felipe Clemente de Diego.

En abril de 1915 superó en la Universidad Central los ejercicios del grado de doctor en Derecho, obteniendo dos notables y dos sobresalientes y una calificación global de sobresaliente. Pocos días más tarde, el 8 de mayo de 1915 defendió su tesis doctoral, El interés del capital y la ley Azcárate contra la usura, cuya publicación se retrasó hasta 1923. La composición del tribunal fue, realmente selecta, pues estaba integrado por Adolfo González Posada, José Olózaga, Jerónimo González, Felipe Clemente de Diego, y Felipe Sánchez Román. El trabajo mostraba todavía una clara inclinación civilista e incluso un fuerte sesgo economicista, así como un amplio conocimiento de la doctrina nacional y extranjera, aunque los aspectos procesales eran abordados aún desde una perspectiva tradicional.

En 1921 le fue concedida por la Junta de Ampliación de Estudios una pensión para completar su formación, de la que disfrutó en la Universidad de Berna. También realizó estancias en Florencia, donde entró en contacto con Giuseppe Chiovenda y Piero Calamandrei, y en las universidades alemanas de Friburgo, Berlín, y Múnich. 

Carrera académica

Existe un período posterior a la presentación de su tesis doctoral en el que, coincidiendo con la manifestación de una seria afección pulmonar, se pierde la pista del devenir académico de Beceña, quien, por razones que desconocemos, aparcó su inicial dedicación a la materia civil, para volcarse en el estudio del derecho procesal, en el que convergerán, en adelante, la totalidad de sus publicaciones.

En 1921 le encontramos concurriendo a la cátedra de Procedimientos judiciales y Práctica forense convocada en 1919 por la Universidad de Santiago de Compostela para cubrir la vacante creada por el fallecimiento de su anterior titular, Luis Zamora Carrete. El tribunal estuvo compuesto por Natalio Rivas, consejero de Instrucción Pública, como presidente, Tomás Montejo, catedrático de la Universidad Central, Gabriel Bonilla, que lo era en Granada, José María Gadea, de Valencia y José Xirau, de Sevilla; por renuncia de Montejo, a éste le sustituyó Marcos Pelayo. Habiendo firmado doce aspirantes a la plaza, solo cinco de ellos acudieron a la realización de las pruebas, aunque uno de ellos se retiró antes, incluso, de dar comienzo. La votación arrojó un resultado de dos votos a favor de Beceña y tres pronunciamientos para Matías Domínguez Ballarín, que fue propuesto para la provisión de la cátedra.

Solamente dos años más tarde, Beceña disfrutaría de otra oportunidad para competir por una plaza de catedrático de Procedimientos judiciales y Práctica forense, esta vez convocada en la Universidad de La Laguna en 1922. Para presidir el tribunal fue designado el catedrático de la Universidad Central, José Gascón y Marín, estando formado, además, por Melquíades Álvarez González, catedrático de Oviedo, que después le apadrinaría en su carrera política, Ángel Corujo Valvidares, que lo era en Murcia, cuya renuncia sería cubierta por Quintín Palacios Herrán, titular de la cátedra de Valladolid, José Xirau y Palau, que tenía la de Sevilla, y que también había sido vocal en la oposición de Santiago, y su reciente contrincante en esta última, Matías Domínguez Ballarín. Junto a Beceña, fueron admitidos a la oposición otros cinco candidatos, si bien, finalmente, a efectuar las pruebas solo compareció Luis Navarro Canales, que ya había competido, también por la plaza de Santiago de Compostela. La oposición se inició el 1 de abril de 1923 y concluyó con la votación celebrada el 9 de mayo, por la que Beceña fue propuesto por unanimidad para ocupar la plaza. El nombramiento se concretó mediante una real orden de 18 de mayo de 1923, publicada en la Gaceta de Madrid del 26 de mayo; el sueldo era de 6000 pesetas.

A pesar de haber obtenido la cátedra tinerfeña, no parece que Beceña tuviese intención de trasladar su residencia a Canarias, por lo que solicitó autorización para tomar posesión en la Universidad Central, lo que realizó ante su Rector el 11 de junio de 1923. Pocos meses después, en virtud de una real orden de 2 de octubre de 1923, se le concedió, de acuerdo con la ley de 27 de julio de 1918, la excedencia voluntaria que había pedido en atención a su delicado estado de salud.

En esta situación permaneció durante todo un año, hasta que, habiendo expresado su deseo de reincorporarse a la cátedra, por una real orden de 18 de octubre de 1924, publicada en la Gaceta de Madrid el 21 de octubre, fue designado por el Ministerio para ocupar por concurso de traslado la cátedra de Procedimientos judiciales y Práctica forense de la Universidad de Valencia, que había quedado vacante por la jubilación de José María Gadea. La toma de posesión tuvo lugar el 1 de diciembre de 1924. Cabe descartar, sin embargo, que Beceña llegase a asumir sus cometidos en la universidad valenciana, pues no hay noticias de su participación en las Juntas de Facultad, y ni siquiera en la celebración de los exámenes.

Podemos pensar que el deseo de Beceña de conseguir un destino más próximo a su tierra de procedencia le hizo concebir su acceso a la cátedra de Valencia como un simple trámite. La oportunidad de alcanzar su propósito se materializó pronto a través del mecanismo de la permuta, autorizada mediante una real orden de 26 de octubre de 1925 (Gaceta de Madrid de 3 de noviembre), con el que, entonces, era titular de la cátedra de la Universidad de Oviedo, Francisco Marcos Pelayo. La toma de posesión se celebró el 1 de diciembre de 1925, y el sueldo seguía siendo de 6000 pesetas.

Cinco años estuvo Beceña al frente de la cátedra de Oviedo, en la que dejaría una notable huella por su destacada labor docente y su contribución al enriquecimiento de la biblioteca de la Facultad. Sin embargo, la posibilidad de ocupar la cátedra de la Universidad Central, considerada la culminación de cualquier trayectoria académica, que, tras varias décadas como titular, había dejado vacante con su jubilación Tomás Montejo y Rica, comportaba una tentación suficientemente fuerte para Beceña, que presentó su candidatura para cubrirla por concurso de traslado. Sus oponentes fueron Quintín Palacios, catedrático de Valladolid, que fue excluido por no haber accedido al cuerpo de catedráticos mediante oposición, y Francisco Marcos Pelayo, que ahora ocupaba la cátedra de Valencia. El pronunciamiento del tribunal fue unánime a favor de Beceña, en atención, sobre todo, a la superioridad de su producción en el apartado relativo a “la publicación de obras, trabajos, investigaciones o procedimientos didácticos”, si bien Marcos Pelayo planteó un recurso contencioso-administrativo contra su postergación, que fue desestimado por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en una sentencia de 9 de marzo de 1932, que, principalmente, tomaba en consideración el informe elaborado por el Comité del Consejo de Instrucción Pública que había resuelto el concurso. Beceña fue nombrado mediante una real orden de 20 de febrero de 1930, publicada en la Gaceta de Madrid el 4 de marzo.

No muchos meses después de tomar posesión, mediante una real orden de 31 de marzo de 1931, Beceña fue nombrado Vicedecano de la Facultad de Derecho, siendo Decano José Gascón y Marín, que había presidido el tribunal de la oposición en la que ganó la cátedra de La Laguna. Tras la proclamación de la Segunda República, Beceña fue confirmado en su cargo por una orden ministerial de 29 de mayo de 1931.

En 1932, Beceña participó como miembro del tribunal en la oposición convocada para cubrir la cátedra de Zaragoza, a la que optaba Niceto Alcalá-Zamora y Castillo, hijo del presidente de la República, aunque ignorando las fuertes presiones políticas sufridas, su voto se inclinó del lado de otro joven opositor, Leonardo Prieto-Castro Ferrándiz, que fue quien obtuvo la plaza.

Al incorporarse, en 1933, al Tribunal de Garantías Constitucionales pasó a la situación de excedencia, si bien a solicitud propia se le permitió continuar impartiendo sus clases, previa renuncia a la percepción de su sueldo, de cuyo importe, por sugerencia suya, dos tercios fueron transferidos al auxiliar Manuel Perales García y otras 3000 pesetas anuales al ayudante de prácticas Ángel Enciso Calvo, siendo ambos sus discípulos más directos.

Entre los procesalistas que encauzaron su carrera académica bajo el magisterio o la influencia de Beceña hay que citar a Emilio Gómez Orbaneja, José María Serrano, Suárez y Valentín Silva Melero, además de los citados Manuel Perales García y Ángel Enciso Calvo.

Otras actividades y méritos

En 1917 creó en Cangas de Onís la primera Biblioteca Popular Circulante de España.

El 14 de abril de 1928 se incorporó al Colegio de Abogados de Oviedo, si bien no hay noticias de que llegase a practicar la abogacía.

Fue designado, en virtud de una real orden de 9 de julio de 1929, como vocal de la sección cuarta de la Comisión General de Codificación, para cubrir la vacante dejada por Inocencio Jiménez Vicente. Dimitió de este puesto en junio de 1931.

Después de la proclamación de la Segunda República, su estrecha vinculación con Melquiades Álvarez y la gran reputación que se había labrado con sus trabajos científicos explican su creciente implicación en los asuntos públicos. Así su nombre apareció en la lista de candidatos presentada en Asturias a las elecciones a las Cortes Constituyentes de 1931 por el partido liberal demócrata, nueva denominación adoptada por el partido reformista de su mentor Melquiades Álvarez. Parece fundado pensar que alguna intervención de Beceña en los mítines electorales, reprochando al partido socialista la connivencia mostrada con la dictadura de Primo de Rivera, le granjeó animadversiones que después afloraron con el estallido del conflicto civil y condujeron a su asesinato.

Con la creación del Tribunal de Garantías Constitucionales el 21 de octubre de 1933, Beceña fue elegido por sus colegas del escalafón de profesores numerarios como uno de los magistrados incluidos dentro de la cuota de cuatro componentes asignada al conjunto de los profesores de las Facultades de Derecho. En representación de las fuerzas conservadoras fueron escogidos Salvador Minguijón y Carlos Ruiz del Castillo, y por el sector progresista Manuel Miguel Traviesas y el propio Beceña. En este cargo, para el que fue nombrado por un decreto de 26 de octubre de 1933, publicado en la Gaceta de Madrid el día 27, permaneció hasta su muerte, actuando como ponente en algunas importantes sentencias dictadas por este Tribunal.

El nombramiento de Beceña como nuevo Ministro de Justicia fue anunciado por diversos medios periodísticos, La VozHeraldo de Madrid y ABC, en sus ediciones de los días 20 y 21 de abril de 1934. Sin embargo, frente a estas predicciones, el 28 de abril fue designado Vicente Cantos Figuerola.

Mediante un decreto del Presidente de la República, Niceto Alcalá-Zamora, de 21 de noviembre de 1934, publicado en la Gaceta de 23 de noviembre, fue nombrado Vocal del Consejo Nacional de Cultura, Otro decreto de la Presidencia de 7 de diciembre del mismo año, aparecido en la Gaceta del 9 de diciembre, le aupó al cargo de Vicepresidente de este Consejo. La dimisión de este puesto le fue aceptada mediante un decreto de Manuel Azaña de 13 de junio de 1936, publicado en la Gaceta del día siguiente.

Algún autor ha sostenido que Beceña fue elevado a la presidencia del Tribunal de Cuentas de la República, pero no existe referencia alguna que confirme que ocupase este cargo.

Principales obras

“Valor jurídico de la demanda. Notas a una sentencia del Tribunal Supremo”, en Revista de Derecho Privado, 77 (febrero 1920), 44-48.

“Los procedimientos ejecutivos en el derecho procesal español. Notas de sistematización”, en Revista de Derecho Privado, 82-83 (julio-agosto 1920), 222-226.

“Sobre la formación de la Magistratura”, en el diario El Sol, 22 de abril de 1921. Una versión ampliada en Revista de Derecho Privado, 92 (mayo 1921), 155-159.

“Costas en el procedimiento civil. Notas de sistematización”, Revista de Derecho privado, 101 (febrero 1922), 35-52.

Recensión a G. Chiovenda, Principios de Derecho Procesal Civil, traducción de la tercera edición italiana, prólogo y notas de José Casais Santaló, Madrid-Reus, Biblioteca Jurídica de Autores Españoles y Extranjeros, 1922.

El interés del capital y la ley Azcárate contra la usura, Madrid, Librería general de Victoriano Suárez, 1923.

“Magistratura y justicia”, Revista de Derecho Privado, 122 (noviembre 1923), 333-347.

“Codigo do processo civil do Estado de Minas Gerais”, en Lei, nº 830 de 7 de septiembre de 1922, en edición de la Revista forense. En Revista de Derecho Privado, 115 (abril 1923), 127-128.

Recensión de J. Appleton, Traité de la profession d’avocat (Organisation.- Regles et usages,- Technique professionelle), París, Dalloz, 1923.

Rivista di Diritto Processuale Civile. Publicación trimestral. 75 liras al año. Administración: La Litotipo editrice. Padua (Italia)”, en Revista de Derecho privado, 124 (enero 1924), 250-252.

“Más sobre el recurso de inconstitucionalidad en la República de Cuba. Diferencias esenciales entre el recurso de inconstitucionalidad y el de casación, por el Dr. Blas L. Morán (S. P)”, en Revista de Derecho Privado, 124 (enero 1924), 254-255.

“Sobre la retribución de los funcionarios judiciales”, en Revista de Derecho Privado, 129 (junio 1924), 161-164.

Casos de Derecho procesal civil para uso de los estudiantes, Madrid, 1925. Una reseña, alineándose en sus mismos planteamientos a cargo de J. R. Xirau, en Revista de Derecho Privado, 141 (junio 1925), 255-256. También muy elogioso fue el comentario de P. Calamandrei “L’insegnamento del diritto processuale civile nelle università spagnole”, en Rivista di diritto processuale civile, 1 (1925), 170-171.

“Caratteri generali del proceso civile in Ispagna”, en Studi di diritto processuale in onore di Giuseppe Chiovenda nel venticinquessimo anno del suo insegnamento, traducción de Giovanna Pratilli, Padua CEDAM, 1927, 2-21.

Magistratura y Justicia: notas para el estudio de los problemas fundamentales de la organización judicial, Madrid, Librería de Victoriano Suárez, 1928. Tuvo recensiones a cargo de J. R. Xirau “Magistratura y Justicia”, en Revista de Derecho Privado, 189 (1929), 223-224, y E. Lindsey, Journal of the American Institute of Criminal Law and Criminoloy, 21 (1929), 152. También una réplica combativa a cargo de L. López Ortiz, “Algunos comentarios a ‘Magistratura y Justicia’ del profesor Beceña”, en Religión y Cultura, VII (julio-agosto-septiembre 1929), 29-52.

“Sobre la instancia única o doble en materia civil”, en Revista de Derecho Privado, 234 (1933), 65-75.

Recensión de “R. von Ihering, Jurisprudencia en broma y en serio, traducción de Román Riaza, Madrid, Revista de Derecho Privado, 1933”, en Revista de Derecho Público, II (enero-diciembre, 1933), 159-160.

“Le procès entre particuliers (Elèments de procédure civile”, en H. Lévy-Ullmann y B. Mirkine-Guetzévitch (dirs.), La vie juridique des peuples, Bibliothèque de droit contemporain, tomo V, Espagne, París, Librairie Delagrave, 1934, 289-326.

“Discurso de Don Francisco Beceña”, en Libro-homenaje al profesor Don Felipe Clemente de Diego, catedrático de Derecho civil de la Universidad central con motivo de su jubilación, Madrid, Imprenta de Galo Sáez, 1940, 267-269.

En 1932 aparecieron litografiadas dos obras basadas en sus explicaciones en la cátedra, pero con el nombre de sus dos recopiladores, Ángel Enciso Calvo y Manuel Perales García. Son: Notas de derecho procesal civil, Madrid, Litografía E. Nieto, 1932, 733 pp. y Notas de derecho procesal penal, Madrid, Litografía E. Nieto, 1932, 321 pp. Las Notas de derecho procesal civil circularon después de la guerra civil, sin indicación de fecha ni nombre del autor, como Temas de Derecho procesal civil, Madrid, Tipografía Comercial, 523 pp. La autoría intelectual de Beceña en estas dos obras ha sido confirmada, en un estudio específico, por Cachón Cadenas.

Perfil de autor BNE

Perfil de autor Dialnet

Fuentes

AGA. Educación. Caja 32/16160. Legajo 9612. Expediente 4.

AGA. Educación. Caja 32/15356. Legajo 160. Expediente 17

AGA. Educación. Caja 32/7355. Legajo 5367. Expediente 2

AGA. Educación. Caja 32/7363. Legajo 5371. Expediente 4

AGA. Educación. Caja 32/7303. Legajo 5344. Expediente 8

M. A. Bermejo Castrillo, “En los orígenes de la ciencia procesal española. Francisco Beceña: trayectoria académica, inquietudes docentes y aportación doctrinal”, En CIAN (Cuadernos del Instituto Antonio de Nebrija), 11/2 (2008), 143-211.

M. A. Bermejo Castrillo, “El debate sobre la formación de la Magistratura en los años previos al establecimiento de la Segunda República”, en Historia y filosofía política, jurídica y social. Estudios en homenaje al profesor Gregorio Peces-Barba, Madrid, Dykinson, 2008, vol. IV, 115-139.

M. Cachón Cadenas, “Primeras reflexiones de Francisco Beceña sobre el tema relativo a la selección y promoción de los jueces”, en Revista de Derecho Procesal, 2 (2014), 551-554.

M. Cachón Cadenas, “Las oposiciones a la cátedra de derecho procesal de la Universidad de Zaragoza celebradas en 1932: mito y realidad”; “Desventuras de José Casais Santaló, primer traductor español de Chiovenda”; “La difusión en forma manuscrita, litografiada y tipográfica de las explicaciones de clase de Francisco Beceña. Dudas certezas y algunos hallazgos”; “Cátedras y catedráticos de procedimientos judiciales y práctica forense en la primera década del siglo XX”, en Historias de procesalistas, universidades y una guerra civil (1900-1950), Madrid. Universidad Carlos III, 2012, 115-150; 233-305; 559-604 y 605-650 respectivamente.

J. M. Carbajal, “Francisco Beceña, 72 años sin reposo”, en La Nueva España, 19 de octubre de 2008.

A. Enciso Calvo, <<Francisco Beceña>>, en Revista de la Facultad de Derecho de Madrid, 1 (enero-marzo 1940), 45-47.

F. Gómez de Liaño González, “Historia del derecho procesal en la Universidad de Oviedo”, en Revista Jurídica de Asturias, 36 (2013), 61-114.

M. Martínez Paniagua, Ayer y Hoy de la Fundación Beceña González, Llanes, 2012

J. Montero Aroca, “Aproximación a la biografía de Francisco Beceña”, en Revista de Derecho Procesal Iberoamericana, I (1980), 131-163 (= Estudios de Derecho Procesal, Barcelona, Bosch, 1981, 603-632).

J. Montero Aroca, “Beceña González, Francisco”, en R. Domingo (ed.) Juristas Universales, 4, Juristas del siglo XX, Madrid-Barcelona, 2004, 740.

J. Montero Aroca, Introducción al derecho procesal, 2ª ed. Madrid, Tecnos, 1976, pp. 278-282

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J. R. Xirau Palau, “Le condicioni attuali del processo civile in Spagna”, en Rivista di Diritto processuale civile, vol. II, parte I (1925), 148-156. 

Universidad

Universidad de La Laguna
Universidad de Valencia
Universidad de Oviedo

Materias

Derecho Procesal

Autoría

Bermejo Castrillo, Manuel Ángel

Fecha

01/05/2017

Cómo citar

Bermejo Castrillo, M. Á. (2021).  Beceña González, Francisco. Diccionario de Catedráticos españoles de Derecho (1847-1984)https://humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/14179

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