ESTRADA VILLAVERDE, Guillermo (1834-1894)

Ficha

Catedrático

ESTRADA VILLAVERDE, Guillermo (1834-1894)

Presentación

Fue catedrático de Derecho Canónico, Derecho Civil, Derecho Internacional e Historia del Derecho en la Universidad de Oviedo.

Datos biográficos

Nació en Oviedo el 23 de mayo de 1834. Era hijo del jurista Francisco de Borja Estrada, catedrático de la Universidad de Oviedo, y de su esposa Florentina Villaverde Peón.

Por documento de 12 de noviembre de 1859, sabemos que en esa fecha era feligrés de la parroquia de san Isidoro el Real, de Oviedo, cuyo párroco certifica que Guillermo Estrada “ha cumplido con los preceptos de la Iglesia, confiesa, comulga y vive como de ejemplo de los más”.

El 25 de abril de 1867 solicitó al Ministerio de Instrucción Pública licencia para casarse con Marcelina Acebal y López Cuervo, que describe así: “los padres de esta joven son personas bien acomodadas, nacidas y avecindadas siempre en esta población en la que gozan del mejor concepto por su honradez y religiosidad y concurren a la interesada las más recomendables circunstancias personales”. La licencia fue concedida por la Reina el 13 de mayo.

Además de su carrera académica como catedrático en la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo, destacó por su actividad política en el seno del carlismo, que propagó desde la prensa (sobre todo en el periódico Unidad, fundado por él en 1867), defendió en las Cortes (fue elegido dos veces diputado por Asturias, en las Cortes Constituyentes de 1869 y en la legislatura ordinaria de 1871) y apoyó personalmente (como secretario del pretendiente Carlos VII, a cuyo heredero Jaime entregó el 2 de agosto de 1870 una réplica de la Cruz de la Victoria, al frente de la comisión carlista asturiana).

Con el catedrático Leopoldo García-Alas (más conocido por su pseudónimo literario “Clarín”), republicano, compartió claustro universitario y un sincero respeto mutuo, si bien estaban muy distanciados políticamente. Alas, concejal republicano en 1890, propuso con éxito dar el nombre del poeta Campoamor a un viejo teatro restaurado. En octubre de 1894, Estrada, desde el periódico Las Libertades, lo criticó como inadecuado, mientras Alas lo defendió desde las páginas de El Carbayón.

De los ocho hijos que nos consta nacieron de su matrimonio, el mayor, Francisco de Borja, precisamente discípulo de Alas, murió ocho días antes que su padre, quien, según Clarín, falleció precisamente de dolor por el óbito de su primogénito.

Guillermo Estrada, tras ser oído en confesión por el obispo de Oviedo, Ramón Martínez Vigil, murió en dicha ciudad el 27 de diciembre de 1894. El rector Félix Pío de Aramburu y Zuloaga, el escritor Armando Palacio Valdés y el catedrático y escritor Clarín publicaron sendas notas necrológicas elogiosas.

Dejó siete hijos solteros: Juan (22 años, estudiante), Luis (18, estudiante), María de las Nieves (17), Carolina (15), Guillermo (10), José (9) y Florentina (6 años). De ellos, Guillermo llegó a ser secretario general de la Universidad de Oviedo.

Formación

En el año académico 1844/45 cursó el primer año de Filosofía.

Por Real Decreto de 17 de septiembre de 1845 (Gaceta n.4029, de 25/09/1845), se aprobó el plan general de estudios para la instrucción pública del Reino en la parte relativa a las enseñanzas secundaria y superior, y una Real Orden de 29 de septiembre (Gaceta n.4035, de 01/10/1845) dispuso, entre otras medidas de adaptación, que “los alumnos que tuvieren probado el primer año de filosofía, hecho segun el anterior plan de estudios, serán admitidos á la matrícula del cuarto curso del nuevo plan” (disp.8ª). En consecuencia, en 1845/46 cursó Estrada el cuarto año de segunda enseñanza, que aprobó con la calificación de Sobresaliente

En 1846/47 cursó el quinto año. El 7 de junio de 1847, por unanimidad de votos, recibió el grado de Bachiller en Filosofía.

De 1847/48 a 1850/51 cursó en la Universidad de Valladolid cuatro años de Jurisprudencia, que aprobó con la calificación de Sobresaliente (excepto en segundo curso, en que obtuvo la de Bueno). El 4 de junio de 1851, recibió el grado de Bachiller en Jurisprudencia por unanimidad de votos.

De 1851/52 a 1853/54 aprobó la Universidad de Oviedo los años quinto (calificación de Bueno), sexto (Sobresaliente) y séptimo (Sobresaliente). El 26 de mayo de 1854 realizó el examen para el grado de Licenciado en Jurisprudencia, que aprobó por unanimidad de votos. Recibió la investidura el 4 de junio de 1854.

En 1857/58 cursó y aprobó en la Universidad Central (Madrid) el octavo año de la expresada Facultad. El 29 de junio de 1858 aprobó por unanimidad de votos los ejercicios para la obtención del grado de Doctor en Jurisprudencia. Recibió la investidura el 14 de noviembre de 1858. El título le fue expedido el 9 de febrero de 1859.

Carrera académica

Por nombramiento del Rector de la Universidad de Oviedo, fue designado para sustituir la cátedra de “Ampliación de Derecho civil, mercantil y penal” en ausencias y enfermedades del catedrático propietario en los años 1855 y 1856.

En 1856/57 ejerció la cátedra suplementaria de “Derecho penal” para los alumnos de tercer curso de Jurisprudencia, recibiendo el nombramiento de catedrático interino.

El 17 de julio de 1859 recibió el encargo de la cátedra de “Elementos de Derecho político y administrativo”, con sueldo de 8.000 reales anuales. Tomó posesión el 6 de agosto. Cesaría el 13 de abril de 1860.

El 26 de noviembre de 1859 solicitó licencia para hacer oposiciones, que le fue concedida el 14 de diciembre. El 17 de diciembre presentó instancia mostrándose opositor a una cátedra de “Disciplina general de la Iglesia y particular de España”. Tras terminar el 28 de abril de 1860 los ejercicios de oposición, pidió el 14 de mayo prórroga de la licencia por un mes, por motivos de salud, y le fue otorgada el 22 de mayo. El tribunal de oposiciones elevó una terna encabezada por Estrada y Eugenio Montero Ríos, resultando nombrados el 26 de junio de 1860 catedráticos numerarios de la referida disciplina el primero en la Universidad de Santiago y el segundo en la Universidad de Oviedo. Acordaron solicitar la permuta, que les fue otorgada el 27 de junio. Estrada tomó posesión de su cátedra de Oviedo el 13 de julio, con sueldo de 12.000 reales. El título profesional le fue expedido el 30 de julio, tras satisfacer derechos por 1.000 reales, según tarifa de la “Ley Moyano” (Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857 en Gaceta n.1710, de 10/09/1857).

Se señaló el 13 de enero de 1861 para el solemne acto de recepción de Guillermo Estrada en el Claustro ordinario de la Facultad de Derecho, pero el día 12 falleció su padre, que era vice-rector, y el rector aplazó el acto para el día 27, en que se celebró con asistencia de las corporaciones científicas de la ciudad y numerosa concurrencia. El 4 de febrero se remitió a la Biblioteca Nacional un ejemplar del texto impreso de su discurso, que versó sobre la “Importancia del Derecho canónico”.

En el curso 1862/63 tuvo la oración inaugural que versó sobre los “Servicios prestados á la ciencia por la Iglesia” y además contestó al discurso de recepción del catedrático numerario Diego J. Ladreda.

El 26 de septiembre de 1864 recibió del Rectorado el encargo de la asignatura “Ampliación del Derecho civil romano y español”, además de la cátedra de la que era titular. El encargo se hizo efectivo el 1 de octubre. Por Real Orden de 26 de enero de 1865 se aprobó este nombramiento y se expidió el título correspondiente.

Al haber sido nombrado el catedrático Manuel Colmeiro Penido vocal ponente del Real Consejo de Instrucción Pública, corrió el escalafón y por Real Orden de 27 de febrero de 1866 Estrada, que ocupaba el n.215, fue ascendido al n.208 con haber anual de 1.400 escudos (3.500 pesetas).

El 18 de abril de 1866 el rector le concedió quince días de licencia para tomar parte en Madrid del tribunal de censura en los ejercicios de oposición a la cátedra de “Filosofía del Derecho” vacante en la Universidad Central.

Por Real Orden de 31 de octubre de 1866, se le encomendó el desempeño de la asignatura de “Oratoria forense”, que explicó durante todo aquel curso, además de continuar con la suya propia.

Por Real Orden de 20 de julio de 1867 fue trasladado a la clase de “Teoría de los procedimientos y Práctica forense”.

Por disposición del rector, confirmada por Real Orden de 8 de septiembre de 1867, desempeñó como servicio extraordinario desde el 1 de octubre de 1867 la cátedra de “Historia y Elementos de Derecho civil español común y foral”, con una gratificación anual de 600 escudos (1.500 pesetas), además de seguir con la cátedra de su propiedad. A consecuencia de un arreglo (cambio de plan) de estudios de la Facultad, el 4 de noviembre de 1868 el Rectorado dispuso que la cátedra a desempeñar con carácter extraordinario por Estrada era a partir de entonces la de “Derecho civil español”.

En enero de 1869 fue elegido diputado por la provincia de Oviedo para las Cortes Constituyentes que abrieron sus sesiones el 11 de febrero. El día anterior, 10 de febrero, comunicó que se trasladaba a Madrid para ocupar su escaño. Fue admitido como diputado el 1 de marzo de 1869.

El 21 de mayo la Facultad de Derecho participó al director general de Instrucción Pública que Estrada había regresado a Oviedo para desempeñar la enseñanza a su cargo.

El 20 de septiembre de 1869 volvió a la cátedra de “Disciplina general de la Iglesia y particular de España”. Tomó posesión el 1 de octubre.

El 15 de enero de 1870 manifestó que desde el 1 de febrero dejaría de asistir a su cátedra para ejercer su labor parlamentaria. Esta concluyó el 2 de enero de 1871 en que las Cortes terminaron su mandato.

Nuevamente fue elegido diputado por la provincia de Oviedo a las Cortes que abrieron sus sesiones el 3 de abril de 1871. Fue admitido el 13 de abril.

El 7 de octubre de 1871 el Congreso de los Diputados declaró la incompatibilidad entre el cargo de diputado a Cortes y el de catedrático. No habiendo expresado Estrada su opción, la Real Orden de 17 de noviembre de 1871 le dio, de oficio, de baja en el escalafón y declaró vacante la cátedra que desempeñaba. Estrada continuó en su escaño hasta que las Cortes fueron disueltas el 24 de enero de 1872.

El Decreto de 8 de julio de 1873 (Gaceta n.193, de 12/07/1893) estableció un nuevo régimen de incompatibilidades del profesorado con el desempeño de cargos públicos que les obligasen a permanecer ausentes de la población en que la cátedra esté establecida, pero exceptuaba el cargo de diputado a Cortes, que se podría compatibilizar hasta un máximo de cinco años.

Ya en la Restauración borbónica, el Real Decreto de 26 de febrero de 1875 (Gaceta n.58, de 27/02/1875) mandó a los catedráticos remitir y someter al Gobierno los programas de sus asignaturas y, en aplicación del decreto, una Real Orden de la misma fecha (ibídem) mandaba comunicar a los rectores una circular del ministro de Fomento para que no se tolerase la enseñanza de doctrina religiosa que no sea la del Estado ni explicación alguna en menoscabo de la persona del rey o del régimen monárquico constitucional. Ello provocó la destitución, suspensión o dimisión de diversos profesores. Posteriormente, una Circular de 3 de marzo de 1881 del Ministerio de Fomento a los rectores (Gaceta n.63, de 04/03/1881) derogó la anterior Circular de 26 de febrero de 1875 y dispuso que los profesores afectados por ella volvieran a ocupar los puestos que a cada uno pertenecían y fueran reparados en sus derechos.

Pues bien, el 12 de marzo de 1882, Estrada presentó una instancia alegando que tras el decreto de 1873 y la circular de 1881 era él el único catedrático separado de su puesto por motivos políticos, y pidiendo se le reintegrase en todos sus derechos y se le declarase por de pronto excedente.

El dictamen de 22 de diciembre de 1882 del Negociado del Ministerio de Fomento vino a decir que el decreto se había dictado en favor de los catedráticos destituidos pero no afectaba a la incompatibilidad declarada en 1871, que otorgaba cinco años para optar entre uno y otro cargo, lo que no hizo Estrada; este, sin embargo, cumplía los requisitos (haber servido más de diez años) para volver al profesorado, por lo que podría solicitar por concurso la cátedra que pudiera convenirle, siempre que fuera de la misma categoría y sueldo y de igual o similar asignatura.

Por Real Orden de 2 de enero de 1883 se le declaró con derecho a ingresar de nuevo en el Profesorado de Facultad. Se le computó la antigüedad que llevaba en la carrera el 17 de noviembre de 1871. El 20 de enero de 1883 presentó instancia para que se le admitiese a la cátedra de “Instituciones de Derecho Canónico”, vacante en la Universidad de Oviedo, que había salido a traslación por Real Orden de 3 de enero (Gaceta n.11, de 11/01/1883).

Por Real Orden de 16 de marzo de 1883 se le nombró catedrático de la asignatura “Instituciones de Derecho Canónico” de la Universidad de Oviedo, con sueldo anual de 5.000 pesetas. Tomó posesión el 22 de marzo. Cesó el 1 de octubre por reforma de los estudios hecha por Real Decreto de 2 de septiembre de 1883 (Gaceta n.249, de 06/09/1883).

Por Real Orden de 29 de septiembre de 1883, fue destinado a la tercera cátedra de “Derecho civil español común y foral” de la misma Universidad, de la que tomó posesión el 2 de octubre, con sueldo de 5.000 pesetas. Cesó por supresión de la cátedra el 1 de octubre de 1884, en aplicación del Real Decreto de 14 de agosto (Gaceta n.232, de 19/08/1884) que reorganizó la enseñanza en las Facultades de Derecho.

El 14 de septiembre de 1884, optó por la cátedra de “Historia general del Derecho español”, pero al día siguiente la Dirección general advirtió que esa cátedra se hallaba anunciada a concurso y que la disposición transitoria 7ª del Real Decreto de 14 de agosto de 1884 impedía a los profesores de la cátedra suprimida elegir una cátedra anunciada a concurso o a oposición, de manera que toda urgencia debía Estrada elegir entre las cuatro vacantes de la Facultad de Derecho de Oviedo. El 19 de septiembre el Rectorado comunicó al Ministerio que Estrada había optado por “Derecho internacional público y privado”. Por Real Orden de 25 de septiembre de 1884 fue nombrado catedrático de dicha asignatura, con sueldo de 5.000 pesetas. Tomó posesión el 2 de octubre.

El 20 de mayo de 1886 pidió ser admitido al concurso de cuatro categorías de ascenso, anunciado por Real Orden de 27 de abril (Gaceta n.120, de 30/04/1886). El informe del Rectorado, con fecha 24 de mayo, fue favorable.

Con motivo del fallecimiento de Pedro Romero Díaz, catedrático de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Salamanca, acaecido el 16 de marzo de 1887, se dictó Real Orden de 2 de abril de 1887 ascendiendo a Estrada a la sección quinta del escalafón con el n.145, antigüedad de 17 de marzo de ese año y sueldo anual de 6.000 pesetas.

Por Real Orden de 8 de febrero de 1887 (Gaceta n.43, de 12/02/1887) se anunciaron a traslación las cátedras de “Historia general del Derecho español” de las Universidades de Oviedo y Salamanca. El 19 de febrero, Estrada pidió se le admitiese a la de Oviedo, considerándose con derecho “por haber desempeñado en propiedad del 1 de octubre de 1867 al 20 de septiembre de 1869 la de Historia y Elementos del Derecho civil común y foral, que entonces comprendía la misma materia que la que ahora se anuncia y es de moderna creación”. Sin embargo, se resolvió que Estrada no era ni había sido de la misma asignatura, y el otro aspirante renunció al cambio de localidad el 20 de mayo, por lo que una Real Orden de 1 de junio (Gaceta n.171, de 20/06/1887) pasasen las cátedras a concurso ordinario. El 10 de julio, Estrada dirigió instancia al Ministerio suplicando se le considerase aspirante.

Por Real Orden de 31 de marzo de 1888 (Gaceta n.98, de 07/04/1888), en virtud de concurso y a propuesta del Consejo de Instrucción Pública, fue nombrado catedrático de “Historia general del Derecho español” de la Universidad de Oviedo, con el mismo sueldo del que disfrutaba como propietario de la asignatura “Derecho internacional público y privado”. Tomó posesión el 20 de abril de 1888.

Por Real Orden de 2 de diciembre de 1890 se le otorgó la categoría honorífica de ascenso como catedrático de la Facultad de Derecho, con antigüedad desde el 16 de noviembre de 1887. Tomó posesión el 2 de enero de 1891.

En marzo de 1893, Estrada dirigió instancia al ministro de Fomento reclamando, por hallarse en una situación excepcional, que se le abone la antigüedad desde su primer nombramiento en 1860, computándosele también el período en que estuvo excluido (1871-1883), como a todos los catedráticos que salieron del profesorado y se reintegraron, ya que “solo al exponente se le ha irrogado este perjuicio haciéndole desigual e inferior”. El 6 de abril recayó resolución desestimatoria de la Dirección General de Instrucción Pública, por haber sido cesado en 1871 conforme a la legislación entonces vigente.

El 30 de agosto de 1893 –con antigüedad desde el día 17 de dicho mes y año– ascendió a la sección cuarta del escalafón con el n.90 y sueldo de 6.500 pesetas anuales.

Fallecido Estrada el 27 de diciembre de 1894, la Comisión general de presupuestos del Congreso pidió el expediente. Los secretarios del Congreso lo recamaron el 16 de febrero de 1895 y el Ministerio lo remitió el 20 de febrero. Con esta información, las Cortes aprobaron la Ley de 14 de junio de 1895 (Gaceta n.166, de 15/06/1895), que consta de dos preceptos: “Art.1º. Se reconoce á favor del difunto D. Guillermo Estrada y Villaverde, Catedrático que ha sido de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo, el derecho á los haberes devengados desde el 17 de Noviembre de 1871, en que cesó en su cargo por haber tomado asiento en el Congreso de los Diputados, hasta el 22 de Marzo de 1883, en que volvió á formar parte del Profesorado público. Art.2º. El Ministro de Fomento pedirá á las Cortes, previa la oportuna liquidación, el crédito necesario para satisfacer á los causahabientes del expresado Don Guillermo Estrada el importe de los haberes de éste á que se refiere el artículo anterior”.

El 18 de junio de 1895 la viuda de Estrada dirigió instancia al ministro de Fomento suplicando pidiera a las Cortes el crédito necesario para satisfacer a ella y a sus hijos el importe de haberes reconocidos por la referida ley. El Ministerio de Fomento mandó el 21 de junio practicar la liquidación a razón de 3.500 pesetas anuales. El 27 de junio, Toribio Martín, jefe del Negociado de Contabilidad de la Dirección General de Instrucción Pública del Ministerio de Fomento, calculó la siguiente liquidación de los haberes devengados: de 17 de noviembre de 1871 a 30 de junio de 1872, 2.177,77 pesetas; de 1 de julio de 1872 a 30 de junio de 1882, 35.000,00 pesetas; de 1 de julio de 1882 a 22 de marzo de 1883, 2.547,21 pesetas; sumando un total de 39.724,98 pesetas. El 21 de noviembre elevó esta liquidación al director general. Por fin, la Real Orden de 17 de octubre de 1896 comunicó al ordenador general de pagos del Ministerio de Fomento satisfaciese a los causahabientes de Estrada la suma de 39.725 pesetas por los haberes devengados.

Otras actividades y méritos

En octubre 1846 obtuvo como alumno de 5º año de segunda enseñanza y por oposición uno de los premios concedidos para solemnizar el enlace de S.M. la reina Isabel II, de que se le expidió el diploma.

En 1854 ingresó en el Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo y en los años 1855 y 1856 fue miembro de su Junta de Gobierno, desempeñando los cargos de tesorero, secretario y diputado primero. Fue nombrado y desempeñó las abogacías de pobres en lo criminal y en lo civil los años expresados.

Por Real Orden de 9 de julio de 1857, fue nombrado vocal supernumerario del Consejo de la provincia de Oviedo.

El 7 de mayo de 1862, fue recomendado para la Cruz de San Carlos Borromeo.

En 1868 fundó el periódico La Unión, desde donde defendió los derechos del pretendiente carlista al trono.

Fue juez de tribunal de oposiciones a cátedra: por Real Orden de 16 de junio de 1865 para cátedra de “Filosofía del Derecho y Derecho Internacional” de la Universidad Central de Madrid, cuyo cargo desempeñó; por Real Orden de 1 de marzo de 1886 para las cátedras de “Derecho internacional” de las Universidades de Granada, Sevilla y Santiago.

Fue magistrado suplente de la Audiencia Territorial de Oviedo.

Fue Diputado a Cortes, elegido por circunscripción en las Constituyentes de 1868, y por distrito en las ordinarias de 1871.

Fue miembro del tribunal de exámenes libres de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo, como vocal suplente en 1884 (Real Orden de 24 de marzo) y como vocal propietario en 1885 (Real Orden de 24 de enero).

Desde el 24 de diciembre de 1884 hasta el 27 de enero de 1886 desempeñó interinamente el cargo de decano de la Facultad de Derecho de Oviedo, recayendo en tal concepto en él alguna vez el Rectorado.

Fue presidente de la Academia oficial de Derecho en la Universidad de Oviedo, y académico correspondiente de la Real Academia de Historia.

Perteneció a distintas corporaciones locales: Comisión de Monumentos históricos y artísticos de Oviedo, Junta Provincial de Beneficencia, Junta local de Escuela, etc.

Principales obras

El interés y la moral como bases de la justicia: discurso leído en la Universidad Central por el Ldo. D. Guillermo Estrada y Villaverde, Establecimiento tipográfico de Francisco Pedregal, Oviedo 1858.

Discurso que en el acto de su recepción verificada el 27 de enero de 1861 leyó ante el Claustro de la Universidad de Oviedo el Dr. D. Guillermo Estrada y Villaverde, catedrático de Disciplina eclesiástica, Imprenta Regadera y Compañía, Oviedo 1861.

Discurso leído en la sesión inaugural del curso académico de 1886, el día 17 de enero, bajo la presidencia de honor del Ilmo. y Rmo. Sr. Obispo, Imprenta de Celestino Flórez y Compañía, Oviedo 1886.

Novela contemporánea (la Real Orden de 1888 que lo nombró catedrático de “Historia general del Derecho español” recoge como mérito el ser autor de este trabajo).

Perfil de autor BNE

Fuentes

AGA Caja 31/15694, expediente n.470.

Francisco de Paula Oller, Album de personajes carlistas con sus biografías, Tomo I, La Propaganda Catalana, Barcelona 1887, pp.79-83.

La Ilustración Española y Americana, 30-1-1895.

“Estrada Villaverde (Guillermo)” en Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo Americana, Vol.22, Espasa-Calpe, Madrid-Barcelona 1924, p.1038.

Ernesto Conde, en La Nueva España, 5-6-2007 (artículo reproducido en https://lacarlistada.wordpress.com/2015/03/21/disputa-en-el-campoamor/#more-51, consultado el 22-12-2015).

Universidad

Universidad de Oviedo

Materias

Derecho Canónico
Derecho Civil
Derecho Internacional
Historia del Derecho

Autoría

Bogarín, Jesús

Fecha

23/12/2015

Cómo citar

Bogarín, J. (2021).  Estrada y Villaverde, Guillermo. Diccionario de Catedráticos españoles de Derecho (1847-1984)https://humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/14562

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