FALCÓN Y OZCOIDI, Modesto (1828-1902)

Ficha

Catedrático

FALCÓN Y OZCOIDI, Modesto (1828-1902)

Presentación

Reputado civilista, defensor de la codificación del derecho civil a nivel nacional y autor de un importante tratado de la asignatura, impartió su materia en las universidades de Salamanca y, sobre todo, Barcelona. Autor de una célebre guía monumental de Salamanca.

Enrique Esperabé Arteaga, en su tradicional Diccionario de los hombres de España (Madrid, Gráficos Ibarra, 1956), lo describe como «uno de los mejores y más afamados civilistas del siglo XIX», y, probablemente a causa de sus ideas a favor de un código nacional, como un «caballero y un patriota».

Datos biográficos

Nace en Pamplona, Navarra, el 15 de junio de 1828.

Hijo de José Falcón, natural de Pitillas, y de Fermina Ozcoidi, natural de Puente.

Fallece en Barcelona, el 1 de septiembre de 1902.

Formación

Bachiller en filosofía por el instituto de segunda enseñanza de Pamplona con premio extraordinario, el 5 de junio de 1848.

Cursa entre 1848 y 1849 el año preparatorio de jurisprudencia en la Universidad de Zaragoza, obteniendo la calificación de sobresaliente. En la propia Universidad de Zaragoza completa su primer año de carrera, trasladándose después a la de Salamanca, donde realizará los seis cursos restantes. Bachiller en la facultad de jurisprudencia de la Universidad de Salamanca, el 7 de junio de 1854. Y licenciado en la misma facultad, con premio extraordinario por oposición, el 9 de octubre de 1856.

Sigue el octavo año de jurisprudencia en la Universidad Central durante el curso 1856-57. Doctor en derecho civil y canónico por la Universidad Central, con la calificación de sobresaliente, el 21 de septiembre de 1859, día que verifica su ejercicio sobre el tema Ley 18, Título 2º, libro 10 de la Novísima Recopilación: sobre matrimonios; pragmática de 1803 ante un tribunal presidido por Pedro Sabau, con Benito Gutiérrez ejerciendo de secretario y con Vicente de la Fuente como uno de los dos vocales. Investido el 26 de septiembre de 1859, con un discurso sobre el Consentimiento paterno para el matrimonio.

Licenciado en la sección de derecho administrativo de la facultad de derecho de Salamanca, el 26 de junio de 1869. Casi un año después, el 30 de junio de 1870, doctor en la propia sección y facultad.

Afirma «tener probadas con censura de Sobresaliente las asignaturas del año preparatorio de la facultad de Teología en la Universidad de Zaragoza».

Carrera académica

En 1857, se le encomienda por el rectorado de la Universidad de Salamanca la sustitución de la cátedra de teoría de los procedimientos judiciales y práctica forense. Nombrado asimismo en aquella fecha «sustituto anual» de las asignaturas de economía política y estadística y derecho político y administrativo español. Al año siguiente, en 1858, continúa desempeñando los mismos cargos. Abandona, con bastante probabilidad, la docencia y la carrera universitaria durante un tiempo para dedicarse a quehaceres prácticos de la profesión, principalmente la abogacía.

En noviembre de 1865 solicita tomar parte en oposiciones a cátedras supernumerarias vacantes en las universidades de Barcelona, Granada, Oviedo, Salamanca, Santiago y Zaragoza.

En 1868, todavía en Salamanca, sustituye las cátedras de derecho político y administrativo, derecho político de los principales Estados, economía política y estadística, instituciones de hacienda pública y legislación comparada. En ese mismo año, el claustro de la facultad le nombra auxiliar de la cátedra de derecho mercantil y legislación de aduanas. Con igual estatuto, se encarga también, en la sección de administración, de las asignaturas de derecho civil español y de derecho mercantil y penal. También como auxiliar, en 1869, desempeña las cátedras de teoría y práctica de la redacción de instrumentos públicos y actuaciones judiciales de la carrera del notariado y de derecho mercantil y legislación de aduanas. En 1870, se encarga como auxiliar de la enseñanza de derecho civil, común y formal. En el curso siguiente, de 1871-72, «á invitación del Rectorado», sirve gratuitamente esta cátedra.

En hoja de servicios fechada en mayo de 1877, afirma haber «tomado parte en las oposiciones á Cátedras de Ampliación de Derecho civil vacantes en varias Universidades, ocupando un tercer lugar en las ternas formadas al efecto». Con ello, por lo que refleja la documentación de su expediente, hace referencia a su participación, en la primavera de 1868, en las oposiciones a la citada cátedra, vacante en las universidades de Santiago, Salamanca y Granada, y entre febrero y abril de 1874, en las oposiciones para idéntica plaza en las universidades de Barcelona y Oviedo. Se presentó igualmente, en 1873, a las oposiciones a cátedra de derecho romano, vacante en las universidades de Sevilla, Granada, Salamanca y Santiago. Concurrió también, entre octubre y diciembre de 1875, a los ejercicios de oposición a la cátedra de derecho político y administrativo vacante en la Universidad de Salamanca.

Nombrado el 26 de noviembre de 1872, por el claustro de la facultad salmantina, auxiliar de la asignatura de ampliación de derecho civil, puesto del que cesó el 31 de enero de 1873 por el nombramiento del catedrático titular de la misma. El 5 de febrero, obtiene igual nombramiento con destino a la cátedra de legislación comparada, renunciando al cargo el 30 de septiembre siguiente. Durante el curso 1872-73 sustituye también la asignatura de derecho romano. De nuevo por el claustro de la facultad, a comienzos del curso 1873-74, resulta nombrado auxiliar de la cátedra de derecho civil español, común y formal, cargo que desempeñó hasta el 5 de septiembre de 1875, por supresión de ese tipo de auxiliarías en virtud de decreto de 25 de junio de ese mismo año. Poco antes, por real orden de 27 de agosto de 1875, es nombrado profesor auxiliar de la facultad de derecho de la Universidad de Salamanca.

En 1876, gana por oposición la cátedra de «Disciplina general de la Iglesia y particular de España» en la Universidad de Salamanca. Fue propuesto por el tribunal de oposiciones en primer lugar. Nombrado por real orden de 17 de marzo de 1876, toma posesión el 29 del propio mes.

Nombrado por concurso, el 8 de marzo de 1877, catedrático de «Ampliación de Derecho civil y códigos españoles» de la Universidad de Salamanca. Tras una reforma del plan de estudios, se le confirma como catedrático numerario de «Derecho Civil español, común y foral» de la Universidad de Salamanca, el 25 de septiembre de 1884. Poco antes, en noviembre de 1883, solicitó presentarse al concurso convocado para proveer las cátedras de historia general del derecho español vacantes en la Universidad Central y en la de Valladolid.

En virtud de concurso de traslado, en el que participa como único aspirante, nombrado catedrático de «Derecho Civil español, común y foral» en la Universidad de Barcelona, el 10 de junio de 1886. Mediando concesión de prórroga, toma posesión del puesto el 28 de septiembre. En diciembre de ese mismo año 1886 solicita concursar para la provisión de la cátedra de instituciones de derecho canónico, vacante en la Universidad Central. No prosperó su pretensión de trasladarse a Madrid. Enseñará en Barcelona hasta su jubilación.

Jubilado por el real decreto de 26 de octubre de 1900, que aplicaba la previsión dictada días antes de jubilación de todos los profesores con setenta años cumplidos. Al día siguiente, recurre su jubilación ante el ministerio solicitando que se le realicen las preceptivas pruebas de aptitud y alegando lo siguiente: «El que suscribe lleva 43 años prestando servicios á la enseñanza: ni un solo día, en su larga carrera, ha faltado a sus deberes; y ha gozado de tan excelente salud, que solo una ligera dolencia de ocho días ha sufrido en tan largo espacio de tiempo. Público es además, y por lo mismo de fácil comprobación, que no hay actualmente en la Universidad quien le aventaje en la puntual observancia de sus obligaciones. ¿En qué puede por lo tanto fundarse su jubilación? En imposibilidad física ó intelectual para la enseñanza no puede ser; pues probárase, cuando quiera, que posee en el actual momento ambas aptitudes». El 6 de mayo de 1901, el Claustro estima su petición de regresar al servicio activo pese a haber sido jubilado porque «goza de completa salud corporal» y su «inteligencia conserva todo el vigor y la lozanía de la juventud, en términos que durante los últimos años ha sido modelo de puntualidad y celo en el desempeño de su cargo».

En un comienzo, Falcón recurrió el real decreto que supuso su jubilación ante el tribunal de lo contencioso administrativo del Consejo de Estado, en la convicción de que contrariaba el art. 170 de la ley de instrucción pública, que «asegura al profesor la propiedad de su cátedra, prometiéndole que nunca será privado de ella, si él no dá personalmente motivo para decretar la separación», y el art. 52 del «Reglamento de 15 de enero de 1870», según el cual «la jubilación forzosa solo podrá imponerse al profesor, cuando se pruebe, oyendo al interesado, informando los Jefes de los establecimientos y oyendo al Consejo Universitario, que el profesor cumplió 60 años y no puede seguir ejerciendo el profesorado con provecho de la enseñanza», pero desistió finalmente de su recurso, por lo que el citado tribunal lo declaró «apartado y desistido» de la causa en agosto de 1901, extinguiéndose con ello el pleito. De cualquier modo, tal controversia se hace innecesaria a la vista de sus intereses particulares porque, atendiéndose a su petición, se le retorna al servicio activo, a propuesta del Consejo de Instrucción Pública, de 31 de mayo de 1901.

Otras actividades y méritos

Ejerce la profesión de abogado. Nombrado «abogado de pobres» para el año 1858 por el colegio de Salamanca.

El 22 de enero de 1861, el regente de la Audiencia de Valladolid le nombra segundo suplente del juzgado de paz de la ciudad de Salamanca. El 13 de junio de 1861, solicita ser nombrado registrador de la propiedad en uno de los partidos de la provincia de Navarra. Acredita en esa ocasión abonar impuestos por contribución industrial y de comercio derivada de su ejercicio profesional como abogado. Nombrado por el regente de la Audiencia de Valladolid como registrador de la propiedad en Salamanca para «los casos de vacante ó suspension del propietario».

En 1864, la Dirección General de Instrucción Pública le nombra vocal de la «Comisión de Monumentos» de la provincia de Salamanca.

Académico corresponsal de la de San Fernando, la cual, a propuesta del gobernador civil, le nombró «conservador del Museo de Bellas Artes». Académico de la Salmantina de Legislación y Jurisprudencia.

Secretario de la facultad de derecho de la Universidad de Salamanca, nombrado a propuesta del decano el 18 de septiembre de 1876. Nombrado por real orden de 17 de abril de 1880 vocal del tribunal de la oposición para plazas de auxiliares en la facultad de derecho de Salamanca.

En marzo de 1890, presiente del tribunal de oposiciones a la cátedra de derecho civil, vacante en la Universidad de Granada.

Principales obras

Consentimiento paterno para el matrimonio. Discurso leído en la Universidad Central en el acto de recibir la solemne investidura de Doctor en la sección de Leyes y Cánones de la Facultad de Derecho, Madrid, Imp. Ducazal, 1859.

Nunca podrá alcanzar el nombre de jurisconsulto español, el que no conozca radicalmente el derecho romano, las instituciones canónicas y la disciplina eclesiástica, Salamanca, 15 de noviembre de 1865. (Inédito conservado en su expediente personal del AGA, elaborado con motivo de su participación en oposiciones a cátedras supernumerarias).

Ventajas é inconvenientes de la codificacion en materia civil. (Oposicion á las cátedras de ampliación del derecho [civil] español y códigos, vacantes en las universidades de Salamanca, Santiago y Granada, Salamanca, 12 de marzo de 1868. (Inédito conservado en su expediente personal del AGA).

Memoria [sobre la asignatura del Derecho romano], Salamanca, 10 de marzo de 1873. (Inédito conservado en su expediente personal del AGA).

Programa de las enseñanzas de Prolegómenos de derecho, historia é Instituciones de derecho romano, Salamanca, 12 de marzo de 1873. (Inédito conservado en su expediente personal del AGA).

Método de enseñanza y Programa [de Disciplina eclesiástica]. Oposición á la cátedra de disciplina ec[lesiástica] vacante en la Universidad de Salamanca, Salamanca, 1º de agosto de 1874. (Inédito conservado en su expediente personal del AGA).

Razón del plan y método que en el programa se proponen para la enseñanza de esta asignatura. Programa de lecciones de derecho político y administrativo, Salamanca, 2 de julio de 1875. (Inédito conservado en su expediente personal del AGA).

Salamanca artística y monumental, ó descripción de sus grandes monumentos, Salamanca, Tip. Telésforo Oliva, 1867.

Discurso que al inaugurarse las obras del monumento de Fr. Luis de León leyó … el día 31 de agosto de 1868, Salamanca, Tip. Telésforo Oliva, 1868.

Guía de Salamanca, Salamanca, Tip. de Oliva, 1868.

Discurso pronunciado al colocar en Salamanca la primera piedra del monumento erigido á Fr. Luis de León. Discurso leído con motivo de la erección de dicha estatua, Salamanca, 1869.

La codificación civil: breves indicaciones sobre la misma publicadas en la Revista de los Tribunales con motivo del Real Decreto de 2 de febrero, Madrid, Góngora, 1880.

Historia del Derecho civil español, común y foral, Salamanca, Tip. de Vicente Oliva, 1880.

Cristóbal Colón y la Universidad de Salamanca, Salamanca, Imp. Sebastián Cerezo, 1881.

Discurso leído al inaugurarse la Academia Salmantina de Legislación y Jurisprudencia, Madrid, Góngora, 1884.

Exposición doctrinal del Derecho civil español, común y foral, Salamanca, Imp. Francisco Núñez Izquierdo, varios vols., comenzando por dos en la primera edición: 1878, 18822, 1888-93 (a partir de la tercera edición comienza a imprimirse en Barcelona); 18934 y 18975 (ya en Barcelona, La Publicidad).

El Derecho civil español, común y foral, Barcelona, La Publicidad, 1901-26, 4 vols.

La futura legislación civil de España: examen de las bases para la redacción de un código civil adoptadas por la ley de 22 de mayo de 1888, Madrid, Góngora, 1888.

La codificación civil de España (folleto de 30 pp.)

Código civil español redactado por el gobierno en cumplimiento de la ley 11 de mayo de 1888 ilustrado con notas, referencias, concordancias, motivos y comentarios por Modesto Falcón; y seguido de un estudio crítico del Código por el Sr. Vicente Romero Girón, Madrid, Ed. Góngora, 1888-9, 5 vols. (titulado después Código civil español: corregido con arreglo a la edición mandada publicar por el Real Decreto de 24 de julio de 1889…)

La codificación del derecho civil catalán. Discurso inaugural leído en la solemne apertura del curso académico de 1897 á 1898 ante el Claustro de la Universidad de Barcelona, Barcelona, Imp. Jaime Jepús, 1897.

Perfil de autor BNE

Perfil de autor PARES

Fuentes

Expediente personal, caja AGA, sig. 31/15698.

Expediente personal, Arxiu Històric de la Universitat de Barcelona, sig. 01/1920.

Expediente doctorado, AHN, Universidades, leg. 3966, exp. 5

Expediente aspirante registrador de la propiedad, AHN, FC-MºJusticia-Reg. Propiedad, leg. 448, exp. 1469.

Universidad

Materias

Autoría

Fecha

01/08/2014

Cómo citar

Martín, S. (2021).  Falcón y Ozcoidi, Modesto. Diccionario de Catedráticos españoles de Derecho (1847-1984)https://humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/14605

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