TARRASA Y ROMÁNS, Manuel Bartolomé de (1836-1879)

Ficha

Catedrático

TARRASA Y ROMÁNS, Manuel Bartolomé de (1836-1879)

Presentación

Catedrático valenciano de Derecho romano. Fue profesor en las Universidades de Valencia y Salamanca. También fue catedrático de Disciplina general de la Iglesia y particular de España. Tuvo distintos puestos de gobierno en la universidad, entre ellos decano interino de la Facultad de Derecho de Salamanca y más tarde rector de la Universidad de Valencia.

Datos biográficos

Nació en la ciudad de Valencia en el año 1836.

Estaba casado con una valenciana. Falleció en Valencia el 15 de julio de 1879, a los 43 años de edad, tras haber ocupado su cátedra durante 16 años.

Formación

1846-1851. Hizo la segunda enseñanza en Valencia: en 1846-1847 el primer curso de segunda enseñanza y obtuvo la calificación de ‘Bueno’; en 1847-1848 el segundo curso de segunda enseñanza y obtuvo la calificación de ‘Aprobado’; en 1848-1849 el tercer curso de segunda enseñanza y obtuvo la calificación de ‘Bueno’; en 1849-1850 el cuarto curso de segunda enseñanza y obtuvo la calificación de ‘Sobresaliente’; en 1850-1851 el quinto curso de segunda enseñanza y obtuvo la calificación de Por asistencia, por tener que recibir el grado de Bachiller en Filosofía, con arreglo a las órdenes que regían en aquella época.

1851, 25 de septiembre. Realizó los ejercicios del grado de bachiller en Filosofía en la Universidad de Valencia. Los superó por unanimidad de votos.

1851-1852. Realizó un año de Ampliación, en el que obtuvo la calificación de ‘Sobresaliente’.

1852-1859. Cursó sus estudios de la licenciatura de Derecho en seis años, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia, sección de leyes: mereció las calificaciones de Sobresaliente en los cinco de Jurisprudencia y en el sexto y séptimo de Derecho. Se acogió a la dispensa del 7º año de sus estudios, concedida por una real orden de 4 de octubre de 1858.

1854, 26 de junio. Realizó el concurso de oposición para el premio ordinario de 2º año, en la Facultad de Jurisprudencia. Se le concedió por mayoría de votos.

1855, junio. Realizó el concurso para optar al premio ordinario de 3º año, en la Facultad de Jurisprudencia. Lo obtuvo por unanimidad de votos.

1856, 26 de junio. Tomó parte en el concurso de oposición para el premio ordinario de 4º año, en la Facultad de Jurisprudencia. Se le concedió por unanimidad de votos.

1856, 7 de octubre. Realizó en la Universidad de Valencia dos años de Práctica forense, que cursó privadamente desde esa fecha hasta el 6 de mayo de 1859.

1857, 20 de junio. Concursó para el premio ordinario de 5º curso, en la Facultad de Jurisprudencia. Se le concedió por unanimidad de votos.
1857, 26 de septiembre. Concursó para aspirar al premio extraordinario de 5º año de la licenciatura en la Facultad de Derecho, sección de leyes. Se le concedió por unanimidad.

1857, 12 de octubre. Realizó los ejercicios correspondientes al premio extraordinario del grado de bachiller en Jurisprudencia, superándolos también por unanimidad de votos.

1858, junio. Concursó para aspirar al premio ordinario de 6º curso de la Facultad de Jurisprudencia. Lo obtuvo de nuevo por unanimidad de votos.

1858-1859. En la Universidad Central cursó y aprobó las asignaturas del doctorado, Derecho internacional, Legislación comparada e Historia eclesiástica, con la nota de Sobresaliente en las tres.

1858, 7 de julio. Concursó para el premio ordinario de la Facultad de Derecho, sección de leyes. Se le concedió por unanimidad.

1859, 11 de mayo. Solicitó mediante instancia que se le permitiera concursar al premio extraordinario de licenciatura.

1859, 30 de septiembre. Se presentó al examen de premio extraordinario de licenciatura en Derecho civil y canónico y lo obtuvo por unanimidad de votos.

1859, 30 de octubre. Hizo ese día el ejercicio del grado de licenciado en Derecho civil y canónico por la Universidad de Valencia, y obtuvo la calificación de Sobresaliente. Con esa misma fecha fue admitido por el rector de la Universidad de Valencia al examen de premio extraordinario de licenciatura de Derecho, pese a que la Dirección General de Instrucción Pública, de acuerdo con el Consejo, había declarado el 21 de julio anterior que los alumnos que se hubiesen acabado el 6º curso y se hubiesen acogido a la dispensa del 7º año de sus estudios (concedida por una real orden de 4 de octubre de 1858) no tenían derecho a aspirar a tal premio.

1859-1860. Inició sus estudios de doctorado en derecho en la Universidad Central. Obtuvo la calificación de Sobresaliente.

1859, 30 de octubre. Recibió la investidura del grado de licenciado en derecho y le fue entregada la correspondiente medalla de oro en el solemne acto de apertura de curso académico. Se envió seguidamente el expediente a la superioridad para la expedición del título de licenciado en Derecho, con dispensa del depósito previsto de 3.000 reales.


1859, 30 de noviembre. Por real orden de ese día queda anulada la adjudicación del premio extraordinario de licenciatura en Derecho civil y canónico. Se comprobó que había habido un error en la adjudicación del premio extraordinario de licenciatura. El Consejo de Instrucción Pública consideró que Tarrasa había obrado sin buena fe al presentarse al premio extraordinario. Se argumentó que si Tarrasa consideraba que la resolución de la Dirección General que lo prohibía era injusta, debía haberla impugnado en tiempo y forma, pero no lo había hecho. Y una vez dictada aquella disposición y estando ya en vigor, no cabía no aplicarla y no podía presentarse al examen por no tener derecho a ello. Igualmente el Consejo considero que el rector había obrado mal admitiéndole a tal examen y lo amonestó por ello. Por una real orden de aquel día se declaró la nulidad del premio y se le pidió que devolviera la medalla de oro recibida. Se dispuso también que no le fuera expedido el título de licenciado sin el pago de los correspondientes 3.000 reales. En su oficio, el Consejo recomendaba al rector de Valencia el estricto cumplimiento de los acuerdos de la Superioridad. El rector de Valencia contestó entonces con un escrito intentando justificar su proceder.

1859, 7 de diciembre. Se le comunicó oficialmente que tenía que devolver la medalla de oro del premio extraordinario de licenciatura.

1860, 9 de enero. Se le volvió a comunicar que tenía que devolver la citada medalla, pues le había sido anulada la concesión del premio.

1860, 20 de enero. La Dirección General de Instrucción Pública ordenó al rector de Valencia que se cumpliera la real orden de 30 de noviembre anterior, por la que se anulaba la concesión del premio extraordinario a Tarrasa. Entonces se procedió a hacer una comunicación formal a Tarrasa sobre tal resolución y se le conminó nuevamente a devolver la medalla de oro recibida. Tarrasa se negó a obedecer tal resolución y fue entonces amonestado por el Consejo. Se le indicó que esta desobediencia podía suponer una infracción del párrafo 3º del artículo 494 del Código penal. Solicitó al rector de Valencia que pasase “a la Alcaldía copia de la contestación de Tarrasa con lo demás que sea conducente para que se le apremie a la devolución de la medalla y proceda a lo que haya lugar por su desobediencia”.

1860, 6 de marzo. El rector mandó que el secretario de la Universidad de Valencia se presentase en su domicilio acompañado de un bedel, para recoger la medalla o en su caso, para formalizar su negativa a entregar aquella.

1860, 16 de marzo. El secretario general de la Universidad, acompañado por un bedel, se presentó en el domicilio de Tarrasa, quien se opuso al mandato del rector “porque creyéndose con derecho al premio, desea recurrir en su caso sobre la real orden anulatoria al Consejo de Estado”.

1860, 8 de mayo. El Real Consejo de Instrucción Pública estudió su reclamación en la sesión de ese día.

1860, 28 de junio. Presentó instancia solicitando que el premio extraordinario de licenciatura que ganó y que posteriormente le fue anulado, le fuera reconocido.

1860, 31 de junio. La Dirección General de Instrucción Pública le requirió de nuevo para que en el término de cuatro días devolviese “la citada medalla de oro y si no lo hiciese, se procedería contra él con todo el rigor que el Derecho penal prescribía”.

1860, 5 de julio. Se dio cuenta oficialmente que había devuelto la citada medalla de oro el día anterior, acción acompañada de este escrito: “Lejos de mí la idea de faltar en lo más mínimo a la obediencia debida a las disposiciones de las autoridades, siquiera me sean perjudiciales”.

1861, 19 de enero. Pagó finalmente 3.120 reales de vellón por depósito y derechos de expedición del título de licenciado en Derecho, en pliegos de papel de reintegro.

1861, 28 de enero. Se le expidió el título de licenciado en Derecho civil y canónico, con la calificación de Sobresaliente.

1862, 25 de abril. Tuvieron lugar los ejercicios para la colación del grado de doctor en Derecho civil y canónico, por la Universidad literaria de Madrid. Formaron parte del tribunal Juan Antonio Andonargni, como presidente del mismo; Franciscos de Paula Novar, Eustaquio Laso, Vicente de la Fuente y, como secretario, Miguel Magón. El discurso que compuso para el ejercicio del grado de doctor llevaba por título: “Examen de las compañías mercantiles; su historia y sus ventajas”. Recibió la calificación de Sobresaliente.

1862, 29 de abril. Recibió la investidura del grado de doctor.

Carrera académica

1861. En la Universidad de Valencia sustituyó por causa de enfermedad y otras ausencias al catedrático de la asignatura de Derecho político y administrativo en los días del 4 al 6 de marzo; del 9 al 25 de abril; del 29 de abril al 8 de mayo; y desde el 1º al 22 de octubre de ese año. También al de Derecho mercantil y al de penal del 26 de noviembre al 12 de diciembre. Los informes señalan que prestó estos servicios “con celo, gratuita y accidentalmente en las ausencias y enfermedades de los catedráticos numerarios de las mismas y de los supernumerarios”.

1861, 23 de mayo. A partir de esta fecha hará un gran esfuerzo por sacar una cátedra y firma numerosas oposiciones para plazas en distintas ciudades de España. Aquel día firmó unas oposiciones a una cátedra vacante de Economía Política y Estadística en la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo. Había sido admitido a la misma con la condición de que antes de comenzar los ejercicios de la oposición hubiera sido investido como doctor en Derecho, pero parece que finalmente no fue admitido por no poder acreditar el título de doctor, porque todavía no lo tenía.

1862, 14 de marzo. Firmó unas oposiciones a cátedras vacantes de Derecho mercantil y penal en las Universidades de Barcelona, Santiago y Valencia, sección de civil y canónico, y al mismo tiempo a otra de Disciplina General de la Iglesia y particular de la de España, vacante en la Facultad de Derecho de Salamanca, sección de civil y canónico.

1862, 15 de abril a 30 de mayo. Se presentó a unas oposiciones celebradas en Madrid, a cátedras de Elementos de Derecho mercantil y de penal, vacantes en las Universidades de Barcelona, Valencia y Santiago. Y fue propuesto en tercer lugar en la tercera terna para la provisión de la cátedra en Santiago de Compostela. Presentó en la oposición la disertación “Carácter especial de la legislación mercantil: Examen y juicio crítico del Código vigente”.

1862, mayo. Había firmado y se presentó igualmente a la oposición a cátedras de Derecho mercantil y Derecho penal celebradas en Madrid durante ese mes.

1862, septiembre. Firmó nuevas oposiciones a unas cátedras de Derecho romano vacantes en las Universidades de Barcelona, Sevilla y Salamanca. Hizo constar en el expediente que en la oposición a las cátedras de Derecho mercantil y Derecho penal para las Universidades de Barcelona, Valencia y Santiago, había sido propuesto en tercer lugar para una de las ternas. Presentó la disertación en latín “De fructibus quos bonae fidei possessor percipiendo suos facit”.

1863, 7 febrero. Realizada la oposición, fue propuesto en primer lugar en la terna para la plaza de catedrático de Elementos de Derecho romano en la Universidad de Salamanca y por una real orden de aquella fecha fue nombrado catedrático numerario de Derecho romano, sección de derecho civil y canónico, de aquella Universidad, con un sueldo anual de 12.000 reales (3.000 ptas.) y ventajas que determinaba la ley de 9 de septiembre de 1857. Tomó posesión el 15 de febrero de ese año. El 26 de febrero solicitó mediante instancia que se le expidiese el título de catedrático numerario de la asignatura de Elementos de Derecho romano de la Universidad de Salamanca, le fue expedido con fecha 11 de abril de 1863.

1863, febrero. Solicitó mediante instancia ser trasladado a la asignatura de Historia y Elementos de Derecho civil, común y foral, vacante en la Universidad de Barcelona. Al parecer no tuvo éxito.

1863, 19 de noviembre. Leyó el discurso para su recepción ante el claustro de la Universidad de Salamanca.

1864, 12 de marzo. Solicitó mediante instancia su traslado a la cátedra entonces vacante de Elementos de Derecho mercantil y penal de la Universidad de Valencia, alegando motivos de salud y otros intereses personales. El rector de Salamanca extendió el siguiente informe sobre él: “El exponente ha observado en el tiempo que lleva en esta Escuela buena conducta profesional, procurando llenar los debes de su cargo con la mayor exactitud y celo, a fin de obtener resultados ventajosos en la enseñanza”.

1864, 15 de septiembre. Fue propuesto por el rector de la Universidad de Salamanca en el tercer lugar de la terna elevada a la Superioridad para proveer el Decanato de la Facultad de Derecho vacante por fallecimiento del anterior decano.

1864, 30 de septiembre. Fue designado para desempeñar, además de su cátedra titular, la asignatura de Ampliación de Derecho civil romano y español de la Facultad de Derecho de Salamanca, con la gratificación de 6.000 reales anuales. Aquella asignatura se había acumulado por una real orden de 23 de septiembre de 1864.


1864, 1º de octubre. En el escalafón de antigüedad de catedráticos de universidades de esa fecha aparecía como el número 254.

1864-1865. Durante ese curso el rector de la Universidad de Salamanca le nombró miembro y presidente de la comisión que había de formar el anuario de ese curso. Era un puesto gratuito.

1865, 26 de enero. Fue nombrado oficialmente para desempeñar la asignatura de Ampliación de Derecho civil romano y español correspondiente a la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca, con una gratificación de 6.000 reales anuales. Esta plaza ya la venía desempeñando de facto desde el 30 de septiembre anterior.

1865, 5 de marzo. Pronunció el discurso de contestación ante el claustro de la Universidad de Salamanca, en el acto de la solemne recepción del doctor don José Lasso y Medina.

1865, 3-24 de mayo. Siendo catedrático de Derecho romano de la Universidad de Salamanca y encargado además de la cátedra de Ampliación de Derecho civil, solicitó ser admitido a oposiciones a la cátedra de Filosofía del Derecho y Principios del Derecho internacional vacante en la Universidad Central. Había solicitado y obtenido para ello el correspondiente permiso oficial, que disfrutó durante esas tres semanas.

1865-1866. Durante este curso desempeñó de nuevo en la Universidad de Salamanca, además de su cátedra titular, la de Ampliación de Derecho civil, romano y español.

1866. Durante ese año alguna fuente señala que fue algún tiempo rector interino en la Universidad de Salamanca.

1866-1867. Continuó con sus clases de catedrático de Derecho romano de la Universidad de Salamanca. Durante ese curso continuó también dando las clases de la asignatura Ampliación de Derecho civil y códigos españoles y después estuvo encargado sin remuneración alguna de la cátedra de Práctica forense, cesando entonces en el desempeño de aquélla primera. El Rectorado le felicitó y le agradeció sus servicios.

1866, 1 de mayo. Se le concedió licencia para poder presentarse a las oposiciones a la cátedra de Filosofía del Derecho que se celebrarían en Madrid, en la Universidad Central. El 12 de mayo escribió desde Madrid al rector de Salamanca, solicitando la prórroga de un mes de su permiso en la capital, para poder concluir las oposiciones. Acabadas las oposiciones, se reincorporó a su cátedra en Salamanca el 24 de mayo.

1867, 5 de agosto. Solicitó mediante instancia ser trasladado desde Salamanca a la cátedra de Derecho romano de la Universidad de Valencia. Esta nueva cátedra debía proveerse por concurso. Alegó que ejercía exactamente la misma asignatura y tal traslado no perjudicaba a los profesores supernumerarios, ya que el numerario trasladado dejaría para ellos la que anteriormente servía. Alegó como motivos adicionales para el traslado que Valencia era su tierra y que convenía a la salud de su esposa. Añadió en apoyo de esta pretensión un mérito especial más: que había desempeñado gratuitamente durante el curso anterior 1866-1867 la cátedra de Práctica forense en la Universidad de Salamanca.

1867, 6 de agosto. Un informe del rector de la Universidad de Salamanca señalaba de él “que es laborioso, entendido, asiduo y perseverante en la asistencia a la cátedra, y durante su permanencia en ésta ha dado inequívocas muestras, no sólo de su aventajado talento, sino también de su excesivo interés por el bien de la enseñanza, por cuya razón y por haber acometido la vasta empresa de publicar la obra titulada ‘Estudios de Derecho civil de España comparado con el romano y extranjero’, le conceptúa muy acreedor a la gracia que solicita”.

1867, 1º de octubre. Se le encomendó nuevamente por el rector de la Universidad de Salamanca el desempeño de la cátedra de Práctica forense para el curso de 1867-1868, con una gratificación de 500 pesetas anuales.

1867, 26 de octubre. Se le confirmó oficialmente por la Dirección general que, además de la cátedra de Derecho romano en la Universidad de Salamanca, se encargase también de la de Práctica forense de aquella Facultad durante todo el curso 1867-1868.

1868, 3 de diciembre. Fue nombrado por el rector de Salamanca jurado permanente de exámenes y grados de la Facultad de Derecho. Renunció a este cargo el día 5 siguiente.

1869, 3 de mayo. Formó parte de la comisión constituida a iniciativa del rector de la Universidad Central, para examinar el proyecto de ley de enseñanza, presentado a las Cortes por el ministro de Fomento. También fue designado miembro de la comisión encargada de redactar el informe oficial a este proyecto.

1869, 18 de mayo. Fue nombrado jurado de exámenes y grados por el claustro de la Facultad de Derecho de Salamanca. Aceptó este puesto y lo ejerció con asiduidad.

1869, 20 de mayo. Se le encargó provisionalmente el cargo de decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca, por el tiempo que estuviera de baja por permiso oficial el decano Sr. López Sánchez.

1869, 25 de mayo. Fue nombrado oficialmente decano interino de la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca por un decreto del ministro de Fomento, publicado el día 29. Recibió el escrito de nombramiento oficial el 8 de junio. Inmediatamente escribió señalando que según las disposiciones vigentes le correspondía de pleno derecho al catedrático más antiguo de la Facultad, por lo que no era necesario un nombramiento específico. De hecho, en la práctica otro catedrático se encontraba ejerciendo el puesto de decano interino desde mediados de octubre de 1868, cuando el entonces decano se ausentó de su puesto. Decidió por esto Tarrasa renunciar a este puesto de decano interno para evitar que se produjera un conflicto en la Facultad al poder existir al mismo tiempo dos decanos interinos.

1869, 14 de junio. Presentó un escrito mediante el cual renunciaba al puesto de decano interino de Derecho. El 26 de junio fue aceptada su renuncia por el ministro de Fomento.


1869, 26 de septiembre. Fue nombrado profesor auxiliar de la cátedra de Legislación comparada, asignatura que correspondía al doctorado, sección de Derecho civil y canónico, de la Universidad de Salamanca. Se le dio la gratificación de 400 escudos anuales. Impartió esta asignatura durante todo ese curso hasta el final.

1869, 22 de octubre. Fue nombrado juez del tribunal de oposiciones a las cátedras de Psicología, Lógica y Ética, que estaban vacantes, de los institutos de Ávila y Cáceres. Desempeñó este puesto durante algún tiempo.

1869-1870. Durante ese curso, además de su cátedra titular, sirvió también la de Legislación comparada, correspondiente al periodo del Doctorado, sección de Derecho civil y canónico. Esa cátedra era costeada por la Diputación provincial de Salamanca. Su nombramiento fue realizado por el claustro de la Facultad de Derecho. Aquella cátedra tenía una gratificación de 400 escudos anuales y debía desempeñarla hasta fin de curso, junto con la que ya enseñaba como profesor numerario.

1870, 20 de junio. Presentó instancia solicitando una de las cuatro categorías de ascenso de la Facultad de Derecho, sección de Derecho civil y canónico, que había de proveerse por concurso de entrada de dicha Facultad y sección.

1870, 18 de octubre. Por una real orden cesó en el desempeño de la cátedra de Derecho romano de la Universidad de Salamanca y se trasladó a una cátedra de Disciplina General de la Iglesia y particular de España, de la Universidad de Valencia, que por entonces estaba vacante, en virtud de concurso. Contaba para este traslado con la propuesta favorable del Consejo Universitario de Valencia. Entró en posesión de ésta con fecha 19 de octubre. Le correspondía un sueldo de 3.500 ptas. La sirvió sin interrupción hasta el 8 de agosto de 1872.

1871, 31 de julio. Por una real orden le fue concedido el ascenso al número 210 del escalafón, con una antigüedad del 23 de diciembre de 1868 y el aumento de 500 ptas. anuales sobre el sueldo que entonces percibía.

1872, 12 de enero. El claustro de catedráticos de la Universidad de Valencia le eligió como juez censor y secretario de los ejercicios de oposición para la cátedra de Teoría y práctica de los procedimientos judiciales y práctica forense, vacante en la misma Facultad. Su nombramiento fue confirmado por la Dirección general de Instrucción Pública el 29 de enero siguiente. Desempeñó este oficio, según señalan las fuentes, ‘con notable ilustración y celo’.

1872, 22 de abril. Se le encargó por parte del rector de la Universidad de Valencia, la redacción y lectura de la oración inaugural para la apertura del curso académico de 1872 a 1873.

1872, 13 de mayo. Solicitó mediante instancia su traslado a una cátedra de Historia y elementos de Derecho romano de la Universidad de Valencia, vacante por haber sido baja en el escalafón el profesor Carmelo Miquel. La plaza había sido sacada a concurso el mes anterior. Servía por entonces catedrático numerario de Disciplina general de la Iglesia y particular de España.

1872, 25 de junio. Solicitó mediante instancia concursar a una de las categorías de ascenso que por entonces estaban vacantes. Las plazas procedían de Jacinto Rosell, Carmelo Miquel, Pedro Puente, Rafael Barea y Vicente de la Fuente. Los aspirantes fueron Eduardo Pérez Pujol, Fernando de León Olarieta, José María Llopis Domínguez y Manuel de Tarrasa Románs. Suspendida la Junta de Instrucción Pública del periodo revolucionario, el expediente pasó al Consejo de Estado, que formó la comisión correspondiente, formada por Alonso, Lasala, Sanromá y Balart. Manuel de Tarrasa y Románs fue elegido en tercer lugar en la segunda terna de las presentadas.

1872, 9 de julio. Por una real orden fue trasladado a la cátedra de Historia y elementos de Derecho romano de la Facultad de Derecho de Valencia. El 8 de agosto cesó como catedrático numerario de Disciplina general de la Iglesia y particular de España, y el 9 tomó posesión de la cátedra de Historia y elementos de Derecho romano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia. Le correspondía un sueldo de 3.500 ptas.

1872, 1º de octubre. Pronunció el solemne discurso de apertura del curso 1872-1873 en la Universidad de valencia, con el tema “Los vicios de que adolece la enseñanza oficial de la ciencia del Derecho, proponiendo también los medios convenientes para combatirlos”. Esta conferencia fue publicada.

1873, 9 de mayo. Estando sirviendo una cátedra de Derecho romano en la Universidad de Valencia, presentó una instancia pidiendo su ascenso a la cátedra de igual asignatura de la Universidad Central.

1874, 2 de enero. Fue nombrado rector de la Universidad de Valencia por decreto del gobierno de la I República Española. Con esa misma fecha le fue expedido el título, con la gratificación de 1.500 ptas. anuales.

1874, 23 de enero. Tomó posesión del cargo de rector de la Universidad de Valencia, en un acto celebrado en el Rectorado a las tres y media de la tarde ante el ministro de Fomento don Joaquín Gil Berga.

1874, 27 de marzo. Solicitó una de las categorías de ascenso vacantes en la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia, siendo por entonces rector y catedrático. Tanto el Decanato de Derecho como el Rectorado decidieron, por delicadeza, no presentar el correspondiente informe.

1874, 15 de junio. Por un decreto del Ministerio de Fomento, por una orden de este día cesó en el cargo de rector de la Universidad de Valencia.


1875, 13 de marzo. Por una real orden de la Dirección general de Instrucción Pública se le comunicó que el rey le había concedido la categoría de ascenso en la Facultad de Derecho, sección de los civil y canónico, de la que tomó posesión con esa misma fecha. Era entonces catedrático en la misma Facultad y sección en la Universidad de Valencia. En la propuesta ocupaba el primer lugar en la terna que se presentó por el Consejo de Instrucción Pública, debiendo percibir un aumento de 1.000 ptas. anuales sobre el sueldo de 3.500 ptas. que en ese momento disfrutaba. Era por entonces uno de los más antiguos catedráticos de entrada de aquella Facultad. Había sido propuesto por el Consejo de Estado para igual categoría en la provisión verificada en agosto de 1872.

1875, octubre. En esa fecha tenía la categoría de ascenso y el número 184 de antigüedad en el escalafón de 15 de agosto de 1873.

1877, 1º de junio. Ocupaba el número 157 del escalafón del año de 1876.

1878, 1º de mayo. Se reunió con el decano de Derecho de Valencia, Antonio Rodríguez de Cepeda, y con siete catedráticos más, en la sala de juntas de Derecho, para decidir conforme al artículo 45 de la instrucción de 15 de agosto de 1877, por la que se facultaba a disponer de los derechos académicos -1.500 pesetas-, para material científico. Acordaron que se gastase esa cantidad en libros modernos relativos a la enseñanza, y en suscripción a revistas nacionales y extranjeras, para empezar a formar la biblioteca de ciencias sociales y jurídicas.

1878, 25 de septiembre. Formó parte de la comisión de becas de la Universidad de Valencia, junto con el rector y los catedráticos Eduardo Pérez Pujol y José Mª Llopis. Esa comisión se reunió para conceder premios o ayudas pecuniarias (pensiones) a alumnos, según las instrucciones de 15 de agosto de 1877.

1879, 15 de julio. Falleció Tarrasa y quedó vacante su plaza, que fue sacada a concurso por una real orden de 23 de julio, anunciada en la Gaceta de agosto. El 30 de septiembre de 1880 le sustituyó en ella Matías Barrio Mier.

Otras actividades y méritos

Fue abogado del Ilustre Colegio de Valencia, desde antes de iniciar su carrera académica en 1861. Fue miembro de la Junta de Gobierno de aquel Colegio durante el curso 1875-1876, como diputado segundo.

1868. Fue nombrado presidente de la Academia de Legislación y Jurisprudencia para los cursos 1868-1869 y 1869-1870. También fue vicepresidente de esa Academia entre los años 1872-1876.

Principales obras

- Discurso compuesto para el ejercicio del grado de doctor en derecho civil y canónico y leído en el acto solemne de recibir su investidura en la Universidad Central, Imprenta de José M. Ducazcal, Madrid 1862.

- Examen de las compañías mercantiles; su historia y sus ventajas, Imprenta de José María Ducazcal, Madrid 1862.

-Discursos leídos ante el Claustro de la Universidad Literaria de Salamanca, el día 19 de noviembre de 1863, en el acto solemne de la recepción del catedrático numerario Don Manuel de Tarrasa y Románs. Tema: Dadas la aptitud interna y las relaciones exteriores de Roma, según ley histórica y noción filosófica, ¿cuál es la condición legal de la mujer?, Imprenta de Diego Vázquez, Salamanca 1863.

- Sobre los vicios que hoy adolece la enseñanza oficial de la ciencia del Derecho, Discurso de Apertura del curso de 1872-1873 en la Universidad Literaria de Valencia, Imprenta de José Rius, y Establecimiento Tipográfico Domenech, Valencia 1872.

- Discurso de contestación leído ante el Claustro de la Universidad de Salamanca, en el acto de la solemne recepción de don José Laso y Medina, Imprenta y Librería de Diego Vázquez, Salamanca 1865.

- Estudios de Derecho civil de España comparado con el Derecho romano y el extranjero, según el orden del proyecto de Código civil español y Juicio crítico de este proyecto, tomo 2º, Cuadernos 1º, 2º y 3º, Imprenta de la Casa-Hospicio, Salamanca 1866 y 1867.

Fuentes

 Archivo General de la Administración (AGA), Cultura, legajo 31/16.818.

Archivo General de la Administración Provisión de Cátedras (A.G.A.P.), legajos 5.338/35, 5.388/45, 5.337/45, 5.340/16.

Archivo de la Universidad de Valencia (A.U.V.), libros de registro, libro 1, folio 87, número 425; expediente académico D/636.

Bibliografía

Yolanda Blasco, La Facultad de Derecho de Valencia durante la Restauración (1875-1900), Universitat de Valencia, Valencia, 2000.

Vicente Graullera Sanz, “Manuel Bartolomé Tarrasa Románs”, Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos, Manuel Peláez Albendea (coord.), vol. II, tomo I, p. 578, Barcelona 2005.

Enciclopedia universal Ilustrada Hispano-Americana Espasa Calpe, Madrid 1908-1930, tomo 59, p. 757.

Universidad

Universidad de Salamanca
Universidad de Valencia

Materias

Derecho Romano
Derecho Canónico

Autoría

Puyol Montero, José María

Fecha

25/02/2014

Cómo citar

Puyol Montero, J. M. (2021). Tarrasa y Románs, Manuel Bartolomé de. Diccionario de Catedráticos españoles de Derecho (1847-1984). https://humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/15012

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