SILVA MELERO, Valentín (1905-1982)

Ficha

Catedrático

SILVA MELERO, Valentín (1905-1982)

Presentación

Catedrático de Derecho Procesal en las Universidades de Murcia y de Sevilla, si bien nunca llegó a desempeñar efectivamente estas plazas, por hallarse ejerciendo por agregación la catedra de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo, que después ocupó durante el resto de su vida académica. Fue Rector de la universidad ovetense, y en esta condición fue Procurador en Cortes. Ejerció, también, los cargos de Magistrado y, más tarde, de Presidente del Tribunal Supremo, cesando en este órgano al ser nombrado, por designación regia, Senador en las primeras Cortes democráticas. Presidió, además, la sección quinta de la Comisión General de Codificación.

Datos biográficos

Nacido en Oviedo el 21 de julio de 1905, fue hijo legítimo de Valentín Silva Ordóñez, natural de Torrelavega y de profesión sastre, y de Luisa Melero Herrera, natural de Oviedo, y nieto, por línea paterna, de Francisco Silva y Trinidad Ordóñez, naturales de Villarramiel, provincia de Palencia, y por línea materna de Domingo Melero y María Herrera, naturales de Gijón. Estuvo casado con Obdulia González Delgado. Falleció en Madrid el 25 de junio de 1982.

Formación

Obtuvo el grado de Bachiller por el Instituto general y técnico de Oviedo el 10 de marzo de 1917. El título fue expedido por el Rectorado de Oviedo el 24 de septiembre de 1921.

Realizó estudios en la Universidad de Oviedo, completando en el curso 1921-1922 tres materias preparatorias, con dos calificaciones de sobresaliente (Lengua y literatura española e Historia de España) y un aprobado (Lógica fundamental). A lo largo de los cursos 1922-1923 a 1925-1926 desarrolló con gran brillantez su período de licenciatura en Derecho, obteniendo en las diversas asignaturas trece matrículas de honor, un sobresaliente y un notable. El 18 de junio de 1926 verificó con éxito los ejercicios para la obtención del Grado de Licenciado. Más tarde, efectuó los ejercicios de oposición a los dos premios extraordinarios convocados en la Facultad de Derecho, otorgándole el tribunal, el 15 de octubre de 1926, uno de dichos premios por decisión unánime.

Después de superar, durante el curso 1926-1927, las asignaturas correspondientes al Doctorado, el 8 de mayo de 1928 defendió en la Universidad Central de Madrid, ante el tribunal reunido al efecto, su Memoria doctoral, titulada: Contribución al estudio del negocio jurídico ilícito en Derecho civil, que mereció la concesión del grado de Doctor en Derecho, con la calificación de aprobado. Sin embargo, no solicitó el título hasta el 22 de septiembre de 1940, siéndole expedido el 19 de diciembre de 1940.

El 17 de febrero de 1928 dirigió una instancia a la Junta para la Ampliación de Estudios e Investigaciones Científicas, solicitando la concesión de una pensión con el fin de especializarse y ampliar estudios de derecho civil en Alemania. Haciendo uso de esta beca, en el semestre de invierno del curso 1928-1929 fue alumno de la Universidad de Berlín.

Carrera académica

Aunque, como lo muestran el tema de su tesis y el objeto de su estancia postdoctoral en Alemania, inicialmente se orientó hacia el campo del derecho civil, bajo la tutela de Francisco Beceña, por entonces catedrático de Procedimientos Judiciales y Práctica Forense de la Universidad de Oviedo, desvió sus preferencias hacia esta disciplina.

Su primer desempeño académico lo obtuvo en la propia Universidad de Oviedo, al ser nombrado, por una resolución del Decanato de 19 de noviembre de 1928, para el cargo de ayudante de clases prácticas de Procedimientos Judiciales y Práctica Forense, del que tomó posesión ese mismo día y en el que cesó el 30 de septiembre de 1929. Sin embargo, otro decreto del Decanato, de 9 de octubre de 1929, dispuso, de nuevo, su designación para el citado puesto, en el que, mediante sucesivas renovaciones, permaneció hasta el 30 de septiembre de 1937, fecha en la que cesó, no repitiéndose su nombramiento con posteridad debido a las circunstancias fabricadas por el estallido de la guerra civil. En noviembre de 1932 se le concedió una indemnización anual de 3000 pesetas por hacerse cargo de la auxiliaría temporal dejada vacante por Rodrigo Uría González, que había pasado a desempeñar la cátedra de Derecho Mercantil.

En ese mismo mes de noviembre de 1932 se celebró una oposición para la provisión de la cátedra de Derecho Procesal de la Universidad de Santiago de Compostela, en la que Silva Melero figuró como firmante, junto a Agustín Iscar Alonso, Enrique Martín Guzmán y Niceto Alcalá Zamora, que fue quien ganó la plaza.

Una vez concluida la guerra, el 10 julio de 1939 fue nombrado auxiliar temporal, adscrito a las cátedras de Derecho procesal y Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo, tomando posesión el 11 de julio y cesando en el puesto el 9 de enero de 1941, por haber accedido a una plaza de catedrático. Durante el período en el que desempeñó esta auxiliaría, tomo parte en los exámenes ordinarios y extraordinarios celebrados en las asignaturas de Derecho Procesal, Derecho Civil, Derecho Mercantil y Derecho Internacional.

Efectivamente, el 28 de julio de 1940 había solicitado ser admitido para la realización de los ejercicios de la oposición convocada el 25 de junio de ese año para la provisión en turno de auxiliares de sendas cátedras de Derecho Procesal en las Universidades de Barcelona y Murcia. Y en virtud de la citada oposición, la primera celebrada tras la guerra civil, a la que también concurrieron Jaime Guasp Delgado, que obtuvo el primer lugar y pidió la cátedra de Barcelona, Ángel Enciso Calvo y Antonio Martínez Bernal, mediante una orden de 11 de diciembre de 1940 había sido nombrado catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Murcia, vacante por fallecimiento de Matías Domínguez Ballarín, con el sueldo anual de 9600 pesetas. No obstante, al amparo de una orden ministerial de 9 de enero de 1941, por la que se permitía su agregación a la cátedra de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo, el día siguiente, 10 de enero, tomó posesión de su cátedra ante el Secretario General de esta última Universidad.

Simultáneamente, por una orden de 2 de enero de 1941, había sido ascendido a la séptima categoría del escalafón de catedráticos, con un sueldo de 12000 pesetas, tomando posesión el 5 de febrero siguiente.

Atendiendo a su solicitud, cursada el 3 de abril anterior, el 27 de mayo de 1941 le fue el expedido el título de catedrático.

En 1942 fue fundador y asumió el cargo de Director del Seminario de Estudios Sociales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Oviedo, que en 1944 pasó a constituir la Escuela Social de Oviedo.

A pesar de haber obtenido una prórroga para continuar ocupando, durante el curso 1941-1942, la cátedra de Derecho Penal de la Universidad Oviedo, participó en el concurso anunciado el 10 de marzo de 1941 para la provisión de las cátedras de Derecho Procesal vacantes en las Universidades de Granada, La Laguna, Sevilla y Valladolid, siendo nombrado, mediante una orden de 6 de noviembre de 1941, catedrático de Derecho Procesal en la Universidad de Sevilla, que había quedado sin titular con la marcha de Rafael de Pina Millán hacia el exilio. No obstante, aduciendo, precisamente, que se encontraba prestando servicios en Oviedo, pidió que se le autorizase para tomar posesión en esta Universidad, lo que le fue concedido el 9 de diciembre, haciéndolo el día 18 de este mes y cesando al mismo tiempo en su cátedra de Murcia.

El 2 de febrero de 1942 fue ascendido a la sexta categoría del Escalafón de su clase, con el sueldo anual de 14000 pesetas. Dicho sueldo fue incrementado en 1000 pesetas en aplicación de la Ley de Presupuestos de 1943.

Entretanto, el 11 noviembre 1941 había solicitado participar en el concurso anunciado en turno de traslado para la provisión en propiedad de la cátedra de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo, que, por entonces, él mismo desempeñaba. Sin embargo, en un informe de la sección de Universidades del Consejo Nacional de Educación, de 4 de marzo de 1942, se propuso su exclusión del concurso, con los argumentos de que Silva Melero no era ni nunca había sido catedrático de disciplina igual a la vacante, tal como establecían los artículos 1 y 10 del decreto de 30 abril de 1915, y que la cátedra de Derecho Procesal de la que era titular no era análoga a la de Derecho Penal, conforme a la legislación aplicable. En consecuencia, se dispuso que el concurso fuese declarado desierto y que la cátedra fuese anunciada otra vez para su provisión.

Publicado, por tanto, otro anuncio el 7 de noviembre de 1942, en aplicación de una orden ministerial de 29 de octubre, también en esta ocasión la única solicitud de participación en el concurso de traslado fue la presentada por Valentín Silva Melero. Y enviado el asunto al Consejo Nacional de Educación, el informe preceptivo fue elaborado, esta vez, por el consejero Torres López. Sus conclusiones, presentadas el 7 de julio de 1943, fueron en esta ocasión diferentes, pues sin perjuicio de la permanencia de los obstáculos legales aducidos en el informe anterior, se valoraban como factores favorables a la concesión del traslado solicitado los siguientes: desde su toma de posesión como catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Murcia, había sido agregado a la cátedra de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo, que había desempeñado ininterrumpidamente durante los cursos 1939-1940, 1940-1941, 1941-1942 y 1942-1943; su condición de Vicedecano de la Facultad de Derecho de Oviedo desde el 13 octubre 1943; su autoría de diversos trabajos y publicaciones sobre materias de derecho procesal y en algún caso, de derecho penal; su participación en cursos de conferencias sobre temas no sólo procesales, sino también penales; la analogía científica existente entre las cátedras de Derecho Penal y Derecho Procesal, muy superior, en opinión del informante, a la que con valor puramente administrativo, establecían las disposiciones legales vigentes; su desempeño durante cuatro años de la cátedra a la que ahora concursaba, acreditando de este modo su formación en esta materia; y finalmente, su prolongada vinculación a la Universidad convocante de la plaza, lo que a su juicio, aseguraba una mayor vocación y esfuerzo en su servicio.

Sin embargo, estos argumentos no fueron asumidos por el Jefe de la Sección de Universidades del Consejo Nacional, que en otro informe de 12 de agosto de 1943, opuso las siguientes objeciones: 1. Ninguna de tales alegaciones tenía base legal. 2. La existencia de legislación vigente que expresamente prohibía que en concurso pudiesen alegarse los méritos adquiridos en cátedras agregadas distintas de la propia. 3. La supuesta visible analogía entre ambas disciplinas debería ser admitida con carácter general, y no solamente para resolver un caso particular y como fundamento para nombrar un catedrático contra la ley. 4. La adhesión del catedrático a la Universidad debería ser tenida en cuenta, pero siempre supeditada a la aptitud legal para pertenecer a la misma.

No obstante, a pasar de este pronunciamiento contrario, en virtud de una orden de 15 de agosto de 1943, se le otorgó la citada cátedra de Derecho Penal en la Universidad de Oviedo. Su Rector manifestó, al respecto, su total satisfacción por este nombramiento, aludiendo a sus dotes, conocimiento y capacidad de trabajo, y poniendo como ejemplo su constante colaboración en la Revista Universitaria.

El 8 de enero de 1945 fue ascendido a la sexta categoría del escalafón con un sueldo anual de 16000 pesetas. Tres años más tarde, el 8 de enero de 1948 fue promocionado a la quinta categoría, con un sueldo de 18000 pesetas. El 25 de abril de 1950 ascendió a la cuarta categoría con un haber de 20000 pesetas. El 11 de mayo de 1960 se le concedió la tercera categoría, con un sueldo de 49650 pesetas.

A lo largo de su permanencia como catedrático en Oviedo solicitó autorización para la realización de varios viajes fuera del país. Así, el 27 de junio de 1941 le fue concedida una licencia para realizar un viaje de estudios al extranjero, aprovechando las vacaciones de verano, si bien no tenemos noticia de su concreto destino. En 1946 pidió a la Dirección General de Relaciones Culturales con el Extranjero, dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores, una pensión para investigar en Suiza y durante un período de cuatro meses los problemas jurídicos, penales y procesales contemporáneos, si bien no tenemos confirmación de que la citada pensión le fuese otorgada. El 13 de abril de 1950 el Ministerio le permitió desplazarse a Italia por tres meses, aunque no tenemos noticia de su propósito. El 3 de abril de 1951 fue, de nuevo, autorizado para desplazarse a Roma con el objeto de asistir, el día 29 de abril, a la beatificación del asturiano Fray Melchor García San Pedro. El 16 de noviembre de 1953 el Director General de Enseñanza Universitaria le dio permiso para trasladarse a Alemania durante quince días, por haber sido invitado por el servicio de intercambio cultural alemán para impartir varias conferencias en las universidades de Bonn y Heidelberg. El 4 de septiembre de 1959 dejó su puesto de Rector, temporalmente, a cargo del Vicerrector, con el fin de asistir a la Segunda Conferencia de Rectores de las universidades europeas, celebrada en Dijon. Esta misma situación se repitió el 29 de marzo de 1960, esta vez para iniciar un viaje de estudios por Francia, Suiza y Luxemburgo con sus alumnos del último curso. Del 11 al 17 de julio de este mismo año efectuó también un viaje a Galicia.

Como se ha mencionado, desempeñó relevantes cargos académicos en la Universidad de Oviedo. Primero como Vicedecano de la Facultad de Derecho, siendo nombrado a propuesta del Rectorado por una orden ministerial de 13 octubre de 1943.

Posteriormente, llegó a ocupar el cargo de Rector, para el que fue nombrado el 6 octubre de 1954, tomando posesión el 11 de octubre en un acto presidido por Torcuato Fernández Miranda, Director General de Enseñanza Media. Cesó en el puesto por un decreto de 7 de septiembre de 1960.

Poco después, habiendo sido nombrado por un decreto de 3 de abril de 1961, magistrado del Tribunal Supremo, el 8 de abril se le declaró en situación de supernumerario, cesando en la percepción de su sueldo y demás remuneraciones como catedrático y quedando su plaza vacante.

Finalmente, por una orden de 19 de julio de 1975 se le otorgó la jubilación forzosa, al cumplir el 21 de julio la edad reglamentaria.

Depuración

Conforme a una certificación emitida el 21 de noviembre de 1937 por Rogelio Puig, comandante militar de Avilés, consta que Valentín Silva Melero se presentó en su Comandancia inmediatamente después de la liberación de la ciudad por las “Gloriosas Tropas Nacionales”.

Pocos días después, el 26 de noviembre, el propio Silva Melero remitió un escrito al Presidente de la Comisión Depuradora de Cultura, en el que exponía que al iniciarse el “glorioso movimiento nacional” le sorprendieron los acontecimientos veraneando con su familia en Cancienes, término de Corvera, del partido judicial de Avilés, sufriendo una persecución continuada que culminó en su condena a muerte por orden del titulado Comité de Salud Pública. Añadía, también, que simulando durante meses una enfermedad mental y una dolencia gástrica gravísima, para lo cual hubo de someter su organismo a toda clase de torturas físicas y morales, pudo salvar la vida gracias a que pudo recobrar la libertad vigilada merced a tales subterfugios, lo que le permitió huir y ocultarse en una casita en plena montaña, donde lo liberaron las tropas nacionales, presentándose inmediatamente a la autoridad militar. Explicaba, además, que estando afiliado a la Derecha Regional Asturiana fue propuesto como candidato a concejal por esta agrupación frente a la Coalición Republicana Socialista en las elecciones de 12 abril de 1931, y que asimismo había pertenecido a las Juventudes de la Coalición de Derechas y que era miembro de la Falange Española Tradicionalista desde el 15 de marzo de 1936, interviniendo al lado de las derechas en todas las elecciones que se celebraron desde entonces, así como en numerosos actos de propaganda. Y para avalar la veracidad de todos estos datos, citaba como referencias al Rector de la Universidad de Oviedo, el Gobernador Civil de la Provincia, el Jefe Provincial de FET, el Delegado Provincial de Información e Investigación de FET, el Alcalde de Avilés, y el Secretario de la Delegación de Orden Público del Partido Judicial.

Otras actividades y méritos

Fue miembro de los Colegios de Abogados de Oviedo y Palencia desde septiembre de 1929. Con anterioridad, había sido designado abogado interino del Estado, por título expedido el 23 de febrero de 1928.

En el transcurso de la guerra civil fue nombrado, en 1938, Capitán honorario del Cuerpo Jurídico Militar. Además, integrado en Falange Española desde el 15 de marzo de 1936, en su condición de excombatiente y excautivo le fueron concedidas la Medalla de Campaña y la Cruz Roja del Mérito Militar.

Conocido como propagandista del régimen franquista, realizó la traducción de la obra de Fritz Mang El obrero alemán en el Nacional-socialismo, Madrid, Nueva Época, 1939, por encargo del Departamento de Propaganda de la Embajada de Alemania.

Posteriormente, fue nombrado Delegado provincial de Justicia y Derecho de Falange Española Tradicionalista y de las JONS.

Tenemos noticia de que fue, además, vocal del Patronato Provincial para el Fomento de Archivos, Bibliotecas y Museos Arqueológicos.

En su condición de Rector fue Procurador en las Cortes y Director del Instituto de Estudios Asturianos.

Alcanzó también las más altas posiciones en la magistratura. Así, el 13 de marzo de 1961 fue nombrado Magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo. El 31 de octubre de 1970 fue designado Presidente de la Sala Cuarta de este mismo órgano. Y más tarde, en virtud del Decreto 1502/1973, de 12 de julio (BOE del 13 de julio), fue designado Presidente del Tribunal Supremo, cargo en el que se mantuvo hasta su cese en aplicación del Real Decreto 1974/1977 de 2 de agosto (BOE del 4 agosto).

Mediante el Decreto 402/1976, de 5 de marzo (BOE del 8 de marzo) fue nombrado Presidente de la Sección Quinta de la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia.

Fue miembro del Consejo del Reino en el régimen de Franco.

En 1977 fue nombrado Senador, por designación del Rey, de las primeras Cortes democráticas. Por incompatibilidad entre ambos cargos, dimitió del puesto de Presidente de Tribunal Supremo. Permaneció en el Senado hasta 1979.

Recibió diversas condecoraciones, entre las que se incluyen la Gran Cruz del Mérito Civil, la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort y la Gran Cruz de Alfonso X el Sabio.

Fue miembro del Instituto Español de Derecho Procesal, el Comité Nacional de Derecho Comparado, el Instituto de Estudios Jurídicos y la Academia Gallega de Legislación y Jurisprudencia.

Principales obras

Su libro más importante, objeto de sucesivas ediciones y ampliamente utilizado, es La prueba procesal, dos tomos, con prólogo de Leonardo Prieto-Castro, Madrid, Revista de Derecho Privado, 1963-1964. Además, entre su extensa producción figuran los siguientes títulos:

Contribución al estudio de la relación jurídica procesal”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 79 (1930), 156-169.

Contribución al estudio del negocio jurídico ilícito en el derecho civil”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 80 (1931), 15-52.

Las llamadas lagunas de la ley”, Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 80 (1931), 307-310.

Las sentencias constitutivas”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 80 (1931), 431-438.

El compromiso”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 81 (1932), 427-438.

Notas para el estudio de la confesión en el proceso civil”. En Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 82 (1933), 330-342.

Notas para el estudio del concepto de derecho procesal”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 83 (1934), 330-341.

La cosa juzgada en el proceso civil”. En Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 85 (1936), 37-53.

El llamado deber de decir verdad en el proceso civil”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 85 (1936), 718-724.

Algunas cuestiones de derecho público derivadas del pensamiento de José Antonio Primo de Rivera”, en Anales de la Universidad de Oviedo, 8 (1939), 109-178.

En torno a la reforma del proceso civil italiano.- Sobre la política jurídico-penal Nacional Socialista. Notas de Derecho Militar”, en Revista de la Universidad de Oviedo, 1, (marzo 1940), 150-157.

Traducción del alemán de la obra de Fritz Mang El obrero alemán en el Nacional-socialismo, Madrid, Nueva Época, 1939, por encargo del Departamento de Propaganda de la Embajada de Alemania.

En torno a la función del juez en el Estado moderno”, en Revista de la Universidad de Oviedo, 9-10 (marzo-junio 1942), 19-38.

Notas para el estudio de la evolución del derecho procesal”, en Revista de la Universidad de Oviedo, 11 y 12 (julio-diciembre 1942), 39-58, y 13-14 (marzo-junio 1943), 29-36.

Algunas tendencias contemporáneas del derecho penal, Oviedo, Librería Valdés, 1943.

Algunos problemas modernos sobre la analogía en el derecho penal”, en Revista de la Universidad de Oviedo, 15-16 (julio-diciembre 1943), 47-64.

Síntesis de la evolución del derecho procesal, Oviedo, La Cruz, 1943.

Presunciones e indicios en el proceso penal”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, (noviembre 1944).

“Las medidas de seguridad en el derecho penal contemporáneo (estado actual del problema)”, en Revista de la Universidad de Oviedo, 23-24 (julio-diciembre 1944), 17-38.

Ilicitud civil y penal”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, (1946), 5-31.

Un penalista asturiano: Don Félix de Aramburu”, en Revista de la Universidad de Oviedo, 33-34 (enero-julio 1946), 81-96.

La estructura del proceso penal, en relación con el concepto de parte”, en Revista de Derecho Procesal, (abril-junio 1946), 247 ss.

Algunas notas diferenciales del derecho penal inglés”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, (1947).

Norma y supuesto de hecho en relación con la decisión penal”, Revista de la Universidad de Oviedo, 47-48 (1947), 17-76.

“La ruta de la libertad”, en Revista de la Escuela Social de Oviedo, 1948, 37-47.

Relaciones entre el derecho civil y el derecho penal”, Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 1 (1948), 246-269.

Aspectos de la actividad procesal”, Revista de la Universidad de Oviedo, 51-52 (1948), 47-51.

Direcciones de la justicia penal contemporánea”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 18 (1949) 54-55.

Tecnicismo jurídico civilista en el derecho penal, Oviedo, Universidad de Oviedo, 1950.

Tres comunicaciones: A. El régimen de la prueba penal. B. El interrogatorio del inculpado. C. Derechos de la defensa ante el juez de instrucción, en Revista de Derecho Procesal, (1950).

El interrogatorio del inculpado”, en Revista de la Universidad de Oviedo, 61-62 (1950), 31-49.

Consideraciones político-sociales sobre la delincuencia colectiva”, en Revista de la Escuela Social de Oviedo, (1950).

El problema de la responsabilidad civil en derecho penal”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, (diciembre 1950). Madrid, Reus, 1951.

Un ovetense: profesor, penalista y poeta romántico (D. Félix Pío Aramburu Zuloaga. Discurso de Ingreso en el Instituto de Estudios Asturianos, Oviedo, Instituto de Estudios Asturianos, 1952.

Analogías y diferencias entre la licitud civil y penal”, en Anales de la Academia Matritense del Notariado, 6 (1952).

Consideraciones sobre el delito pasional”, Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 5 (1952), 457-476.

En torno al problema de la ejecución forzosa””, en Revista de la Universidad de Oviedo, 64 (1953), 34-51.

Algunas cuestiones en torno al problema de la independencia judicial”, Revista de la Universidad de Oviedo, 66 (1953), 65-76.

La llamada decadencia del derecho. Discurso leído en la solemne apertura del curso 1953-1954”, en Revista de la Universidad de Oviedo, 67 (4º trimestre, 1953), 7-30.

La novela picaresca como problema criminológico”, en Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 7 (1954), 33-44.

En torno a la escuela penal española”, en Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 7 (1954), 439-450.

Extracto de la Ley de Tribunales de Menores de 4 de agosto de 1953 de la República Federal de Alemania”, en Anuario de Derecho y Ciencias Penales, 8 (1955), 127-135.

La faceta criminológica en el pensamiento del Padre Feijoo”, en Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 3 (1956), 32-41.

Culpa penal y riesgo automovilista”, en Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 11 (1958), 9-20.

El llamado derecho penal administrativo en las direcciones contemporáneas”, Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 13 (1960), 27-36.

Actualidad del pensamiento de Jovellanos”, en Boletín del Instituto de Estudios Asturianos, 14 (1960), 183-194.

La verdad y el error en la decisión judicial, Madrid, Reus, 1962.

“El jurado en las direcciones jurídicas contemporáneas”, en Revista General de Legislación y Jurisprudencia, (1965). Madrid, Reus, 1965.

Proceso penal y criminología”, en Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 18 (1965), 497-508.

Requiem para un amigo”, en Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales, 20 (1967), 563-568.

Un eminente jurista asturiano: Don Miguel de las Traviesas, Oviedo, Instituto de Estudios Asturianos, 1968.

“In Memoriam de Don José Castán Tobeñas”, en Revista de Derecho Procesal Iberoamericana, 2 (1969), 287-300.

La certeza del derecho en relación con la misión de los juristas. Discurso pronunciado en la apertura de los Tribunales, Madrid, Ministerio de Justicia, 1973.

La Universidad de Oviedo en los años veinte”, en VI y VII Ciclo de Conferencias sobre Oviedo, Oviedo, 1973.

Jurisprudencia y Evolución. Discurso pronunciado en la apertura de los Tribunales, Madrid, Ministerio de Justicia, 1974.

La infracción de tráfico en la criminología contemporánea. Discurso leído el 7 de junio de 1974 en la Academia Gallega de Jurisprudencia y Legislación, La Coruña, 1974.

Etiología y prevención de la delincuencia multitudinaria. Discurso pronunciado en la apertura de los Tribunales, Madrid, Ministerio de Justicia, 1975.

Perfil de autor Dialnet

Fuentes

AGA. Caja 32/1390, Expediente 7025-5

AGA. Caja 32/15522, Expediente 9353-63

AGA. Caja 21/20538, Expediente 31026

AGA. Caja 32/13630, Expediente 9615-8

Archivo de la Junta de Ampliación de Estudios. Expediente de Valentín Silva Melero.

Bibliografía

M. Cachón Cadenas, Historias de procesalistas, universidades y una guerra civil (1900-1950), Madrid, Universidad Carlos III, 2012.

J. Martínez Girón, “Los estudios sociales en la ciudad de Ferrol”, en Anuario da Facultade de Dereito da Universidade da Coruña, 9 (2005), 1095-1104. 

Universidad

Universidad de Murcia
Universidad de Sevilla
Universidad de Oviedo

Materias

Derecho Procesal
Derecho Penal

Autoría

Bermejo Castrillo, Manuel Ángel

Fecha

01/08/2015

Cómo citar

Bermejo Castrillo, M. Á. (2021). Silva Melero, Valentín. Diccionario de Catedráticos españoles de Derecho (1847-1984). https://humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/15219

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