ROSENDE Y CANCELA, Fernando (1803-1886)
Ficha
Catedrático
Presentación
Datos biográficos
Murió el 15 de julio de 1886 en Santiago de Compostela.
Padres: Pedro Vicente Rosende y María Francisca Cancela y Deán, vecinos de Santa María del Sar, en Santiago de Compostela.
Abuelos paternos: Juan Antonio Rosende y Manuela Díaz.
Abuelos maternos: Licenciado Ambrosio Cancela y Deán, abogado de la Real Audiencia, vecino de San Adrián de Vilariño en la jurisdicción de Fefiñanes y Bárbara López.
Se casó el 6 de marzo de 1864, en segundas nupcias, con Josefa Parga Torreiro en la Iglesia de Salomé de Santiago de Compostela. Él tenía más de 60 años y ella 23. Fueron dispensados del impedimento de segundo grado de afinidad en línea colateral. Tras su fallecimiento, su viuda solicitó el 31 de agosto de 1886 dos pagas de supervivencia pero no le fueron concedidas. El Reglamento de Monte Pío de Oficinas de 26 de julio de 1797 y la Real Instrucción de 26 de diciembre de 1831 privaban del derecho a pensión a la viuda y huérfanos del empleado que hubiera cumplido 60 años al contraer matrimonio. El negociado de clases pasivas consideró, el 12 de octubre de 1886, que no tenía derecho a las dos pagas de supervivencia de 8.000 ptas.
En la Sesión de la Junta de clases pasivas de 13 de octubre se acordó que no procedía darle las dos pagas: Así resultaba del análisis de las Reales Órdenes de 7 de enero de 1806, 20 de agosto de 1866, 23 de marzo de 1867 y 21 de noviembre de 1883
Formación
Carrera académica
Otras actividades y méritos
El 29 de octubre de 1829 obtuvo el título de abogado de los Reales Consejos. Para conseguirlo, en el expediente abierto, consta el informe favorable del Ayuntamiento de Santiago, fechado el 28 de enero de 1829, que señalaba que Rosende era una persona intachable, que no había seguido los aires revolucionarios, manifestando siempre adhesión al soberano. Tampoco había pertenecido al gobierno revolucionario ni participado en la milicia nacional. En la información favorable intervienen como testigos cuatro regidores: D. Manuel María Valderrama y Barrio, regidor decano de Santiago, D. Pedro Mª Vermúdez Villar de Francos, el Licenciado D. Manuel Cotón y Felipe y D. Ramón Otero Porras y Bermúdez.
También se pasó informe al Procurador General de la ciudad quien dio su visto bueno. El Alcalde 2º, D. José Suárez Villanueva, Catedrático de la Universidad, dictó auto aprobando todo lo obrado y expresando la buena conducta de Rosende. Por ello, el Consejo de Castilla expidió el título de abogado a su favor, el 3 de octubre de 1829.
En noviembre de 1830 ocupó el cargo de síndico fiscal de la Universidad.
El 24 de abril de 1843 se le nombró académico de mérito de la Academia literaria de instrucción primaria. En julio de 1846, el Decano de la Facultad de Filosofía lo designó juez para la adjudicación de un premio que el Rector había ofrecido al alumno de primer año de jurisprudencia que más sobresaliera en conocimientos de Economía Política. El 14 de junio de 1849 fue nombrado por el Rector para presidir, como juez, los grados de Bachiller de Filosofía del Instituto de Pontevedra.
Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago, tras haber obtenido el apoyo de Montero Ríos, desde el 29 de mayo de 1869 hasta su jubilación en 1886. Había desempeñado el puesto de Secretario de la misma facultad desde el 14 de octubre de 1845 hasta el 10 de noviembre de 1847. Ocupó también el cargo de Vicerrector de la Universidad en varios períodos (1852-1854, 1861) y fue vocal del Consejo de disciplina de la Universidad entre 1846 y 1852. Desempeñó el puesto de Rector en funciones del 2 de agosto de 1852 al 23 de septiembre y del 22 de noviembre a mayo de 1853 al ser elegido el titular diputado en Cortes. En febrero de 1854 volvió a ocuparse del Rectorado hasta el 15 de julio de ese año. Asimismo, desde el 17 de septiembre de 1861 a noviembre de 1862. La dimisión de los cargos de Decano y Vicerrector está fechada el 9 de enero de 1886.
El 7 de julio de 1876 recibió la Gran Cruz de Isabel la Católica.
Principales obras
Las mejores leyes no harán feliz a un pueblo sin costumbres y únicamente creando y perfeccionando éstas serán respetadas aquéllas y se consolidará la existencia moral y política de las naciones. Discurso pronunciado en la solemne inauguración de los estudios de la Universidad literaria de Santiago el 1º de octubre de 1856, Santiago de Compostela, 1856.
Perfil de autor PARES
Fuentes
AGA 31/16635 (1310-20): Expediente personal.
AGA TOP.12/52, Caja 21040, N. 1061: Expedientes de clasificación de pensiones de viudedad y orfandad de funcionarios: Josefa Parga Torreiro, viuda de Fernando Rosende Cancela.
AHN, MINISTERIO DE HACIENDA, 2996, EXP. 1023: Jubilación de Fernando Rosende Cancela, Catedrático de la Universidad de Santiago.
AHN, CONSEJOS, 12105, EXP. 51: Expedición del título de abogado de los Reales Consejos.
AHUS, Expedientes personales, caja 4816, expediente 4.
AHUS, Expedientes docentes, caja 4816, expediente 4.
Gaceta de Galicia. Diario de Santiago, sábado, 17 de julio de 1886, p. 1.
Bibliografía
BARREIRO FERNÁNDEZ, X.R., Historia de la Universidad de Santiago de Compostela, vol. II: El siglo XIX, (Santiago de Compostela, 2003 ) pp. 404-405.
Universidad
Materias
Autoría
Fecha
Cómo citar
Cebreiros, E. (2021). Rosende y Cancela, Fernando. Diccionario de Catedráticos españoles de Derecho (1847-1984). https://humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/16284
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