RIPOLLÉS Y BARANDA, Mariano (1842-1909)

Ficha

Catedrático

RIPOLLÉS Y BARANDA, Mariano (1842-1909)

Presentación

Profesor de la Universidad de Zaragoza, especialista en el derecho foral aragonés, siendo uno de los autores principales del proyecto de Apéndice al código del derecho civil de Aragón. Abogado de «prestigio y clientela», diputado en Cortes, miembro del partido conservador y gobernador civil en repetidas ocasiones.

Datos biográficos

Nace en La Almolda, provincia de Zaragoza, en 1842.

Fallece en Baños de Segura, Zaragoza, el 29 de julio de 1909.

Formación

21 de junio de 1851: bachiller en artes por el instituto de segunda enseñanza de Zaragoza, con nota de sobresaliente y premio extraordinario.

19 de junio de 1863: bachiller de la facultad de derecho de Zaragoza, sección de civil y canónico, con la calificación de sobresaliente.

23 de septiembre de 1865: licenciado de la misma facultad y sección, también con sobresaliente. Investido el 11 de octubre.

4 de abril de 1868: obtiene el grado de doctor en la Universidad Central con la calificación de sobresaliente.

Carrera académica

Desempeña en el instituto de Zaragoza la cátedra de psicología, lógica y ética como sustituto por enfermedad de su titular en los cursos 1862 a 1866.

Durante los cursos de 1864 a 1868, sustituye varias cátedras en la facultad de derecho de Zaragoza por encargo del decano.

En abril de 1868, concurre a oposiciones para proveer la cátedra de ampliación de derecho civil y códigos españoles anunciada en la Gaceta del 7 de febrero.

14 de abril de 1868: nombrado auxiliar de ampliación de derecho civil de la facultad de derecho de Zaragoza. Toma posesión el 23 de abril y cesa en el cargo el 30 de octubre.

19 de diciembre de 1868: nombrado por la diputación provincial encargado de la asignatura de doctorado de historia de la iglesia en la Universidad de Zaragoza, cesando por renuncia el 16 de febrero de 1870.

Entre 1871 y 1872 toma parte en las oposiciones para proveer las cátedras de ampliación de derecho civil y códigos españoles, vacantes en las universidades de Granada, Salamanca y Santiago, resultando empatado para el primer lugar de la tercera terna, empate que se resolvió a favor de su contrincante por razón de antigüedad.

23 de marzo de 1873: solicita concurrir a las oposiciones a las cátedras de derecho romano vacantes en las universidades de Sevilla, Granada, Salamanca y Santiago. Finalmente no se presenta por haber ganado ya otra oposición.

Primavera de 1874: concurre a las oposiciones para proveer las cátedras de ampliación del derecho civil y códigos españoles, vacantes en las universidades de Barcelona y Oviedo.

8 de agosto de 1874: nombrado, en virtud de oposición, catedrático numerario de ampliación del derecho civil y códigos españoles de la Universidad de Oviedo. Toma posesión el 14.

16 de agosto de 1875: nombrado, en virtud de concurso de traslado, titular de la cátedra de historia y elementos de derecho civil español, común y foral de la Universidad de Salamanca. El 9 de septiembre solicita una prórroga del plazo prescrito para la toma de posesión: «el hecho de haber comenzado el periodo de exámenes extraordinarios de cuyos tribunales forma parte en esta Escuela [en referencia a Oviedo], escasa en catedráticos numerarios, y la circunstancia de familia en que se encuentra cumpliendo sagrados y excepcionales deberes conyugales, justifican una prórroga […]». El 23 de septiembre le conceden la prórroga. Toma posesión finalmente el 29 de octubre.

6 de abril de 1876: solicita tomar parte en el concurso para proveer la cátedra de derecho político y administrativo de la Universidad de Zaragoza, vacante por renuncia de su titular, José Nieto Álvarez, quien optaba a ser diputado en Cortes. Viendo que no se convocaba, solicita el 25 de abril al Ministerio de Fomento se dicten las órdenes a tal fin, entendiendo que ya no existe reserva de la cátedra a los elegidos diputados. Su solicitud no es estimada.

10 de septiembre de 1876: desde Albacete del Arzobispo, certifica llevar padeciendo desde hace tres meses una «enterorragia», en solicitud de una licencia de cuatro meses para restablecer su salud, dado que dicha enfermedad, «bastante molesta y pertinaz, que afecta caracteres sensibles en su estado general», le tiene «imposibilitado de dedicacion á todo trabajo intelectual y físico». El 6 de octubre le conceden dos meses de licencia. Y a principio de diciembre vuelve a solicitar licencia por otros dos meses. El 15 de diciembre le prorrogan durante treinta días la licencia, pero el 6 de enero de 1877 escribe al rectorado: «Tengo el sentimiento de manifestar á V.I. que por haberme repetido en el día de hoy uno de los ataques de hemorragia que vengo padeciendo, no puedo emprender el viaje que tenía ya dispuesto para ir á esa ciudad». El rectorado, al elevar el oficio de Ripollés, plantea queja ante el ministerio, recordando las licencias que ya había disfrutado con anterioridad y la dilatación de esta última: «En virtud de lo expuesto, el Rectorado de esta Escuela siente la causa que motiva la ausencia de este distinguido Profesor; pero no puede menos de sentir todavía más, que la enseñanza no esté atendida cual debiera por las excepcionales circunstancias en que se encuentra esta Facultad de Derecho, vacantes las Cátedras de Ampliacion de Derecho civil y códigos españoles y la de Derecho Romano». Simultáneamente, Ripollés solicita lo que se indica a continuación:

29 de diciembre de 1876: pide cuatro meses de comisión sin sueldo para «continuar sus investigaciones y recoger apuntes en los Archivos y Bibliotecas y escribir unos Ensayos histórico-críticos sobre el Derecho civil de Aragón». Se expresaba así: «que convaleciente de la enfermedad para cuyo restablecimiento se le concedió [licencia…] y aprovechando en estancia en la capital de Aragón, se ha dedicado á recoger, en varias bibliotecas, apuntes y normas referentes á la legislacion especial del país considerada bajo el punto de vista histórico, acumulándolos á los que tiene coordinados para escribir unos ensayos […] que puedan servir de base á ulteriores y más serios estudios sobre materia tan interesante […] Con este propósito trata de completar sus investigaciones en el Archivo de la Coronulla y las demas fuentes donde yace olvidado tanto tesoro de ciencia jurídica como encierra la historia Aragonesa». Finalmente, el 8 de marzo de 1877, se da solución a su convalecencia con la concesión de una «licencia sin sueldo hasta el curso próximo» con el fin de que acopie dichos apuntes y materiales. No obstante la licencia, el 27 de mayo de 1877, ya casi finalizado el curso, se presenta a servir su cátedra de Salamanca. Su objetivo es regresar a Zaragoza, o, al menos, abandonar Salamanca, por eso el…

15 de septiembre de 1877, aun siendo catedrático numerario de la universidad salmantina solicita una plaza de catedrático supernumerario en comisión en la facultad de derecho de Zaragoza: «Una dolorosa experiencia y la opinion facultativa le han hecho comprender que le es perjudicial el clima de Salamanca, á donde, ademas, no puede trasladar su familia, atendiendo á razones económicas». Entre septiembre y noviembre vuelven las solicitudes de licencia para restablecer su salud, encontrándose tomando aguas en Segura. Regresa a su puesto el 25 de junio de 1878. No encuentro en su expediente las reales órdenes de concesión de licencias por todo el curso 1877-78. Finalmente, el…

17 de julio de 1878, solicita se le considere excedente sin sueldo. En su petición, alega lo siguiente: «hace algun tiempo que viene padeciendo una tenaz, y abundante, hemorragia que pone en peligro su vida, con cierta frecuencia periódica, necesitando, por esto, de todos los cuidados de una enfermedad grave, y crónica, rebelde á los recursos de la ciencia». En el certificado médico adjunto se indica que padece «una Hemorragia intestinal, que, por su caracter y cronicidad, debe considerase de grave». El rectorado, en su informe, expresa que situaciones como la de Ripollés suponen «una posicion embarazosa para los profesores interesados, y mas aun, para las Autoridades académicas, á quienes no les queda otra alternativa que la de una tolerancia extra-legal que relaja la disciplina, ó el haber de proceder á la formacion de expediente por abandono de cátedra, sin miramientos á la desgraciada situación», de ahí que recomiende, en vez de la concesión de licencias indefinidas, la de una excedencia que permita dotar de nuevo titular a la cátedra en cuestión. El 21 de septiembre de 1878 se le declara en excedencia sin sueldo.

1º de julio de 1879: solicita nombramiento para la cátedra de derecho político y administrativo de Zaragoza, vacante por traslado de su titular. Alega que, al estar en situación de excedencia, debería poder aspirar a nombramiento sin concurso previo, como acontece en el caso de los excedentes por razón de ocupar escaño en Cortes. El 20 de julio vuelve a elevar instancia, alegando los derechos que le asisten, al saber que «cierto pretendiente á la Cátedra […] se ha permitido discutir y negar el derecho con que el esponente la solicita», entre otros motivos, por llevar dos años impartiendo la materia de derecho político y administrativo.

17 de octubre de 1879: solicita nombramiento sin concurso, por incorporarse como excedente, para la cátedra de historia y elementos de derecho romano, vacante en la Universidad de Zaragoza, por fallecimiento de Luis Antón Miralles.

5 de noviembre de 1879: real orden de la fecha, nombrándole catedrático numerario de historia y elementos de derecho romano de la Universidad de Zaragoza. Toma posesión el 18.

22 de abril de 1882: solicita tomar parte en el concurso para proveer la cátedra de derecho político y administrativo vacante en su facultad. Finalmente, es Salvador Cuesta quien obtiene la cátedra en este concurso. No obstante, el 8 de octubre, solicitan ambos la permuta de sus respectivos puestos. Viendo que a pesar del tiempo transcurrido no se había resuelto su petición, insisten en ella el 17 de marzo de 1884, cuando Ripollés también se ocupa interinamente de la cátedra de derecho natural y Cuesta tiene también asignada con interinidad la de historia del derecho. Con posterioridad, Ripollés solicitará gratificación extraordinaria por haberse ocupado de esa cátedra de derecho natural, petición que le resultaría desestimada, recurriendo finalmente a la vía contencioso-administrativa, teniendo como abogado defensor a Felipe Sánchez Román. Su demanda fue admitida en enero de 1888 y sentenciada a su favor en octubre.

23 de abril de 1884: nombrado, en virtud de permuta, catedrático numerario de derecho administrativo, político y nociones de lo contencioso en la Universidad de Zaragoza; la misma real orden nombraba a Salvador Cuesta titular de la cátedra de principios de derecho natural. Ripollés toma posesión el 10 de mayo.

25 de septiembre de 1884: confirmado en su cátedra, siéndole encomendada la de derecho político y administrativo. Toma posesión el 1º de octubre.

9 de marzo de 1891: declarado excedente por haber sido elegido diputado a Cortes por el distrito de Alcañiz. Disuelto el Congreso, el 20 de enero de 1893 solicita su reincorporación. Por real orden del 31 de enero, se dispone su vuelta al servicio activo. Se incorpora efectivamente a su cátedra el 1º de marzo.

4 de abril de 1895: cesa en el cargo de catedrático numerario por haber sido nombrado gobernador civil de la provincia de Guadalajara, aunque con reserva de su cátedra numeraria. Pasa posteriormente a ser nombrado gobernador civil de Cuenca, cargo en el que cesa el 17 de junio de 1896, disponiéndose su regreso al servicio activo por real orden de 22 de junio.

A finales de 1897, solicita al rectorado la apertura de un «curso especial y con carácter privado de Estudios teórico-prácticos de Derecho foral de Aragón en sus relaciones con el Código civil» impartido «únicamente para los Licenciados en la Facultad de Derecho». Por resolución del 22 de diciembre, y atendidas las circunstancias de la petición, en especial el hecho de que estuviese dedicado solo a licenciados, el rectorado accede a la petición solicitada.

17 de marzo de 1899: cesa en su cátedra por haber tomado posesión el día 18 del cargo de gobernador civil de la provincia de Huesca. El 12 de abril eleva una solicitud en la que pide que le reserven la plaza y le mantengan, a efectos de ascensos, en el escalafón de catedráticos. Por real orden del 26 de abril, se estima su petición. Cesa en el cargo de gobernador el 19 de noviembre de 1900, retornando al día siguiente a la cátedra.

1900: tras la separación de su asignatura, pasa a desempeñar la cátedra de derecho administrativo.

Otras actividades y méritos

29 de diciembre de 1866: desde esa fecha, individuo del Colegio de Abogados de Zaragoza. Ejerció la profesión con éxito y renombre hasta su fallecimiento.

Académico profesor de la de Legislación y Jurisprudencia de Madrid desde el curso 1865-66, y miembro de la Jurídico-práctica aragonesa, donde ejerce cargos en la junta de gobierno, presidiéndola en 1885.

Nombrado por el claustro de la Universidad de Oviedo «individuo de la Comision encargada de investigar los hijos ilustres de aquella Escuela acreedores á que se perpetue su memoria».

Elegido diputado a Cortes por el distrito de Alcañiz en las elecciones generales celebradas el 1 de febrero de 1891. Se incorpora entonces al partido conservador.

30 de marzo de 1895: por real decreto de esta fecha es nombrado gobernador civil de Guadalajara, cargo del que toma posesión el 5 de abril. Por real decreto de 20 de noviembre, es nombrado gobernador civil de Cuenca, tomando posesión el 25. Cesa el 17 de junio de 1896. El 18 de marzo de 1899 toma posesión del cargo de gobernador civil de la provincia de Huesca. Cesa el 19 de noviembre de 1900. Todavía en 8 de diciembre de 1902 se le nombra gobernador civil de la provincia de Teruel, pero renuncia al cargo, aceptándose la dimisión el mismo día 17.

Noviembre de 1886: elegido representante de la facultad de derecho de Zaragoza para el Congreso Jurídico Español a celebrarse en Madrid, al que asiste entre ese mes y diciembre.

Por real orden de 10 de marzo de 1876, nombrado vocal del tribunal de oposiciones a las cátedras de ampliación de derecho civil y códigos españoles, vacantes en las universidades de Granada, Oviedo y Santiago, desempeñando el cargo de secretario. Desde el 15 de marzo de 1893, vocal del tribunal de oposiciones a la cátedra de derecho político y administrativo, vacante en la Universidad de Barcelona.

12 de noviembre de 1875: nombrado secretario de la facultad de derecho de la Universidad de Salamanca.

1880: participa de forma intensa en el Congreso de jurisconsultos aragoneses convocado por Joaquín Costa.

Desde 1889 forma parte de la comisión de juristas encargados de redactar el apéndice al código del derecho civil de Aragón. Publicado el proyecto en 1899, se le conocerá, por la importancia de su contribución, como el «Proyecto Ripollés».

20 de abril de 1899: por real decreto de la fecha, nombrado vocal correspondiente de la sección primera de la Comisión General de Codificación por el territorio de Aragón.

2 de noviembre de 1900: nombrado por real orden de esa fecha rector de la Universidad de Zaragoza, en sustitución de Antonio Hernández Fajarnés, tomando posesión el 22. Cesa en 1907. Como rector, participa en la organización de la Exposición Pedagógica Universal de 1905.

Principales obras

La familia, histórica y legalmente considerada. Discurso leído ante el claustro de la Universidad de Zaragoza el día 11 de Octubre de 1865 en el solemne acto de recibir la investidura del grado de Licenciado en Derecho civil y canónico, siendo apadrinado por el Dr. y Catedrático D. José Nadal y Escudero, Zaragoza, Imp. El Anunciador, 1865, 23 págs.

¿Cuáles son la extensión y los efectos de la sociedad conyugal? Juicio crítico de la legislación castellana y aragonesa relativamente a esta materia, 1868 (manuscrito de la tesis doctoral, leída el 4 de abril de 1868, conservado en la biblioteca de la Universidad Complutense).

Discurso que sobre el tema Ventajas é inconvenientes de la codificación en cuanto al derecho civil presenta para las oposiciones á la cátedra de Ampliación de Derecho civil y Códigos Españoles anunciada en la Gaceta del 7 de Febrero, abril de 1868. (Manuscrito conservado en su expediente personal del AGA).

Programa de Principios de Derecho natural para el curso de 1883 á 1884 arreglado conforme á la obra de texto del Sr. Fernández Elías, Zaragoza, Tip. C. Ariño, 1884.

«El Consejo de familia», Actas del Congreso Jurídico Español, Madrid, Imprenta de la Revista de Legislación, 1886.

El Derecho regional y la codificación civil. Discurso leído en la solemne inauguración del curso académico de 1888 á 1889 en la Universidad Literaria de Zaragoza, Zaragoza, Imp. Calixto Ariño, 1888.
Disponible en: http://www.derechoaragones.es/i18n/consulta/busqueda_referencia.cmd?id=547&posicion=1&idValor=10527&forma=ficha

Jurisprudencia civil de Aragón, recopilada y ordenada según el plan del Código civil, Zaragoza, Imp. Calixto Ariño, 1897, 3 vols. Se encuentran digitalizados en www.derechoaragones.es, aquí: tomo 1tomo 2 y tomo 3.

Junto a Marcos Zapata, Discursos leídos en la III Fiesta de los Juegos Florales de la ciudad de Zaragoza, Zaragoza, Est. tip. El Hospicio, 1902.

Perfil de autor BNE

Perfil de autor PARES

Fuentes

Expediente personal, AGA, caja 31/16567.

Bibliografía

«Mariano Ripollés y Baranda», Gran Enciclopedia Aragonesa.

«Mariano Ripollés y Baranda», Enciclopedia de Guadalajara.

Universidad

Materias

Autoría

Fecha

01/09/2014

Cómo citar

Martín, S. (2021). Ripollés y Baranda, Mariano. Diccionario de Catedráticos españoles de Derecho (1847-1984). https://humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/16822

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