RODRÍGUEZ Y RODRÍGUEZ, Joaquín (1910-1949)

Ficha

Catedrático

RODRÍGUEZ Y RODRÍGUEZ, Joaquín (1910-1949)

Presentación

Catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad de La Laguna e incorporado a la Universidad de Valencia durante la Guerra Civil. Exiliado en México, país en el que fue profesor de la Universidad Nacional Autónoma de México y del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey. Autor de importantes leyes y estudios doctrinales.

Datos biográficos

Nació el 3 de diciembre de 1910, en Alhama de Almería, “en el seno de una de las familias influyentes de dicha población.” Sus padres fueron Joaquín Rodríguez Boti, colaborador del cuerpo técnico de correos, y Ana Rodríguez Granados. Fue nieto por línea paterna de Joaquín Rodríguez López, notario de Alhama de Almería.

En el transcurso de la Guerra Civil se casó con Laura del Castillo Sáenz de Tejada, con quien procreó tres hijos. Su esposa era hermana del Teniente José del Castillo Sáenz de Tejada, cuyo asesinato fue uno de los detonantes de la Guerra Civil, por la represalia de sus compañeros, quienes, a su vez, al día siguiente asesinaron a José Calvo Sotelo.

Falleció en la ciudad de México el 10 de agosto de 1949 a causa de una insuficiencia renal.

Formación

Joaquín Rodríguez obtuvo el grado de bachiller por el Instituto Nacional de Segunda Enseñanza de Almería, con la calificación de sobresaliente y mención honorífica en el primer ejercicio y sobresaliente en el segundo. Se le expidió el título por el rectorado de la Universidad de Granada el 9 de octubre de 1932.

Realizó los cursos de la licenciatura en Derecho en la Universidad Central de Madrid, institución en la que obtuvo el grado correspondiente el 8 de septiembre de 1932, con el premio extraordinario.

Antes de obtener el grado de licenciado en Derecho fue becado (1930) por la Fundación Alexander von Humbolt para realizar una estancia de investigación en las Universidades de Göttingen y Berlín.

Inició los cursos doctorales en la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Madrid en 1934 y los concluyó en 1935; durante este periodo acudió a las siguientes asignaturas: Historia del Derecho Internacional, Filosofía del Derecho, Derecho Municipal Comparado y Estudios Superiores de Derecho Privado. El 18 de junio de 1935 obtuvo el grado de doctor en Derecho. La memoria llevó por título El regreso por no aceptación en Derecho español y comparado. Le otorgaron la calificación de sobresaliente.

En octubre de 1935 participó en los ejercicios para obtener el premio extraordinario del doctorado; también formaron parte de estos ejercicios Manuel Antonio Romero VieitezFrancisco Javier Conde García, José Marín Silva y Jesús Vázquez Gayoso. El Tribunal que calificó los ejercicios estuvo integrado por Clemente de Diego, presidente; Fernando de los Ríos, vocal; y Agustín Viñuales, vocal secretario. Después de la valoración de los pretendientes el Tribunal determinó otorgar el premio extraordinario a Francisco Javier Conde García, Joaquín Rodríguez y Rodríguez, Manuel Antonio Romero Vieitez y a Jesús Vázquez Gayoso. A Rodríguez y Rodríguez se le concedió el premio extraordinario del doctorado el 31 de octubre de 1935 y se le dispensó la investidura, por el decano de la Facultad, el 8 de mayo de 1936.

Carrera académica

Al concluir los cursos de la licenciatura en Derecho inició sus funciones como ayudante de clases prácticas adscrito a la cátedra del profesor Joaquín Garrigues, catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad Central. También colaboró como pasante en el despacho de este catedrático.

En 1931 fue nombrado profesor ayudante de la cátedra de Derecho Mercantil de la Universidad Central, de la que era titular el ya citado Garrigues. Este mismo año fue nombrado profesor auxiliar de la Facultad de Derecho de la Universidad madrileña, cargo que desempeñó hasta que ganó la cátedra.

En 1935 lo nombraron encargado del Seminario de Derecho Privado en la Universidad Central.

Participó en las oposiciones convocadas el 31 de mayo de 1935, anunciadas en la Gaceta de Madrid el 6 de junio del mismo año, para proveer la cátedra de Derecho Mercantil, vacante en Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna. La convocatoria estipuló que “para ser admitido a estas oposiciones se requieren las condiciones siguientes, exigidas en el artículo 2.º del Reglamento de Oposiciones a Cátedras universitarias de 25 de Junio de 1931:
1.ª Ser español.
2.ª No hallarse el aspirante incapacitado para ejercer cargos públicos.
3.ª Haber cumplido 23 años.
4.ª Tener el título que exija la legislación vigente para el desempeño de la vacante o el certificado de aprobación de los ejercicios correspondientes al mismo; pero entendiéndose que el opositor que obtuviera la plaza no podrá tomar posesión de ella sin la presentación del título académico de referencia.”
Solicitaron participar en las oposiciones: Enrique Martín y Guzmán, Manuel Pascual Espinoza, Joaquín Rodríguez y Rodríguez, Elías Ros Pallares, Rodrigo Uría y González, Miguel Cabeza y Anido. Al iniciar los ejercicios, el día 10 de diciembre de 1935, sólo se presentaron Joaquín Rodríguez y Rodríguez, Elías Ros Pallares, Rodrigo Uría y González y Miguel Cabrera y Anido.
El Tribunal que calificó estos ejercicios estuvo integrado por Ricardo López Barroso, presidente; el secretario fue Antonio Polo Díez y como vocales se desempeñaron Francisco H. Borondo y Álvaro Calvo Alfageme.
Joaquín Rodríguez presentó como méritos en estas oposiciones: un ejemplar mecanografiado de su tesis doctoral, titulada El regreso por no aceptación en Derecho español y comparado; el Concepto de los agentes de comercio; dos ejemplares de la Revista de Derecho Privado en las que colaboró con notas bibliográficas; Contabilidad mercantil (Teoría general); el Proyecto de comentario a los artículos 886-898 del Código de Comercio Español y Datos para un estudio de las adquisiciones de un no titular según el Derecho Mercantil español.
Las oposiciones concluyeron el 29 de abril de 1936 y por unanimidad se determinó que Joaquín Rodríguez sería propuesto para ocupar la cátedra de Derecho Mercantil de la Universidad de La Laguna. El nombramiento oficial tiene fecha de 2 de mayo de 1936 y apareció en la Gaceta de Madrid el día 6 del mismo mes y año.

Durante el curso 1937-1938 fue incorporado, por Orden del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, a las actividades docentes de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas y Económicas de la Universidad de Valencia.

Depuración

Al concluir la Guerra Civil fue sancionado por el gobierno franquista. Por medio de la orden de 8 de febrero de 1940 se le declaró “incurso en el artículo 171 de la Ley de Instrucción Pública…” Este artículo menciona que los profesores que no se presentaran a servir sus cargos en el término que prescribían los reglamentos, o permanecieran ausentes del punto de su residencia sin la debida autorización, se entendería que renunciaban a sus destinos. En el caso del catedrático Rodríguez y Rodríguez, continuaba la mencionada orden “No habiéndose presentado a servir su cargo de Catedrático en el plazo fijado por las disposiciones vigentes, y cumplidos los preceptos señalados en la Ley de 22 de julio de 1918. Este Ministerio ha resuelto declarar incurso en el artículo 171 de la Ley de 9 de septiembre de 1857 a don Joaquín Rodríguez Rodríguez, Catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Laguna.”

En diciembre de 1948 se formó juicio sumario contra Joaquín Rodríguez por el juez instructor del juzgado número dos del Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo. Después de las investigaciones de rigor, el 22 de junio de 1949, se dictó el auto de determinación en el que se plasmó que considerando que el encartado “ingresó en el partido comunista y con anterioridad perteneció a las Juventudes Socialistas Unificadas, desempeñando el cargo de Secretario General del Sector Norte de las Juventudes Socialistas Unificadas.”; Además de que no había presentado “la declaración-retractación ordenada por la Ley.” No obstante las acusaciones y la no retractación del encartado, las gestiones de la Dirección General de Seguridad para localizarlo habían sido infructuosas, por lo que se procedió al “archivo de las presentes actuaciones, sin perjuicio de su continuación cuando el encartado se presente o sea habido.”

Exilio

Joaquín Rodríguez cruzó la frontera francesa con el Estado Mayor del Ejército del Ebro, ingresando en un campo de prisioneros del que logró fugarse al hacerse pasar por miembro de una comitiva de jefe militares españoles que salían del mismo. En París recibió ayuda de algunos diplomáticos mexicanos que había conocido en la época que trabajó en el Gabinete Político y Diplomático, por lo que pudo trasladarse a México.

Durante su estancia en París asistió al Seminario de Derecho Mercantil de la Universidad parisina (1939). A principios de mayo se embarcó con su familia y tras una larga travesía llegaron al puerto de Nueva York, en el que los esperaba el escritor mexicano y antiguo alumno en la Facultad de Derecho de Madrid, Andrés Idearte. Ingresó en territorio mexicano el día 24 de mayo de 1939, por Nuevo Laredo, Tamaulipas, ciudad desde la que se trasladó en autobús a la Ciudad de México y llegó a su destino el 29 del mes y año citados.

A su llegada a territorio mexicano colaboró en el Instituto Ruiz de Alarcón y el primero de julio de 1939 se incorporó a la Universidad Nacional de México.

El 30 de agosto de 1939, José Puche, presidente del Comité Técnico de Ayuda a los Republicanos Españoles, dirigió un escrito al Departamento de Migración de México, por medio del cual rogaba se sirvieran “dar las oportunas órdenes para que le sea transformada la calidad de inmigrante por la de refugiado político a nuestro compatriota JOAQUÍN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ.” Ya que “Este Sr. Que es catedrático de Universidad prestó relevantes servicios a la República por lo que se encuentra imposibilitado de regresar a España.” A esta petición le respondieron que “a efecto de resolverse lo que proceda sobre la solicitud que formula a favor del señor JAQUÍN RODRÍGUEZ Y RODRÍGUEZ, es indispensable que remita la documentación migratoria que posea el citado.”

En México entró en contacto con el jurista Alberto Vásquez del Mercado, al que consideró su maestro y amigo, y con el que en 1939 fundó y dirigió el Seminario de Derecho Privado de la Universidad Nacional Autónoma de México.

En 1939 fue nombrado miembro de la Comisión de Leyes de la entonces Secretaría de Economía de México. En julio del año mencionado, dicha Comisión lo nombró ponente de la Subcomisión encargada de la elaboración del Proyecto de Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos, que entró en vigor en 1943.

En 1940 comenzó a impartir en la Universidad Nacional de México unos cursos monográficos sobre sociedades, actividad que realizó hasta que se trasladó a la Ciudad de Monterrey, en el Estado de Nuevo León (México).

En septiembre de 1940, la Comisión de Legislación y Revisión de Leyes le encomendó la redacción de la Exposición de Motivos de la Ley de Quiebras. Además de designarlo miembro de la Subcomisión que se creó para revisar el Anteproyecto de la Ley de Quiebras.

En 1943 se trasladó a Monterrey para encargarse de la cátedra de Derecho Mercantil en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey.

Fue nombrado miembro de la Comisión Revisora del Código de Comercio de México (1943).

El 20 de diciembre de 1946 se fechó un oficio del rector de la Universidad Nacional de México en el que se pone de manifiesto el reconocimiento que esta casa de estudios tenía hacia el doctor Joaquín Rodríguez, dicho documento lo remitió el rector al Consejo Universitario y en él expone que el director de la Escuela Nacional de Jurisprudencia le había remitido el dictamen de la Comisión Docente de la citada Escuela, en el que se plasmó que por unanimidad de votos se nombró al doctor Rodríguez profesor universitario de carrera. Ante esto, el doctor Zubirán expone que “como Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, apruebo la designación de referencia, pidiéndole al H. Consejo Universitario que, a su vez, lo sancione, por tratarse de un catedrático de manifiesta distinción.” Ya que, “los datos de sus antecedentes académicos que la Comisión Docente acompañó como anexos de su dictamen, acreditan el excepcional valor científico del candidato.” Por otra parte, continúa el rector, “la circunstancia de que ese H. Consejo Universitario haya aprobado el Reglamento de Seminarios de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, entre los cuales figura como nuevo el Reglamento de Derecho Mercantil y Bancario; y el hecho de que se haya creado la cátedra de Derecho Bancario como materia optativa del 5º año del Plan de Estudios en vigor, toda vez que esas actividades docentes y de investigación van a estar a su cargo.”

Las gestiones para que el doctor Rodríguez se reincorporara a la planta docente e investigadora de la Universidad Nacional tuvieron éxito y el primero de febrero de 1947 se firmaba el contrato de prestación de servicios entre la Universidad Nacional y el doctor Rodríguez, en dicho contrato se plasmó su nombramiento como profesor universitario de carrera con la categoría de “titular”, de la Escuela Nacional de Jurisprudencia y por el que se obligaba a impartir sus enseñanzas en primer y segundo cursos de Derecho Mercantil y Derecho Bancario. También colaboraría con el director de la Escuela en labores como la dirección del Seminario de Derecho Mercantil y Bancario; la preparación de alumnos en la elaboración de sus tesis; las consultas de los mismos en el curso del año; o de profesores del citado plantel y de otras instituciones universitarias, dentro de su especialidad. Por medio de este contrato se le otorgaba el nombramiento definitivo como profesor universitario de carrera.

El 30 de junio de 1948 firmó un nuevo contrato con la Universidad Nacional Autónoma de México, por medio del cual el rector –como representante de la Universidad- declaró que en virtud de propuesta del director del Instituto de Derecho Comparado y de la aprobación del mismo rector, fue nombrado el doctor Rodríguez investigador supernumerario de dicho Instituto, a partir del primero de febrero del año citado. Este contrato lo obligaba a cumplir con todos los deberes del cargo de investigador supernumerario, “principalmente a terminar un estudio sobre “Superación de Bienes en la quiebra en el Derecho Comparado”, además de los trabajos “La identificación del cobrador de un cheque nominativo”, ”Estatuto Jurídico y Fiscal de las Sociedades Extranjeras en México”, ”Los Códigos de Comercio en Centroamérica”. También tendría a su cargo la dirección técnica del Boletín, así como la coordinación e inspección de todas las demás investigaciones que se hicieran en el Instituto de Derecho Comparado.”

Al frente de los Seminarios de Derecho Privado y de Derecho Mercantil dirigió más de veinte tesis profesionales, la mayoría obtuvo mención honorífica en los exámenes respectivos, constituyendo muchas de ellas monografías completas de obligada consulta en México y de creciente interés en el extranjero. Sus funciones en los Seminarios no se redujeron a la dirección de tesis profesionales, abarcaron también “la organización y planes de estudio de dichas instituciones, como órganos complementarios de la preparación del estudiante, como centros de capacitación de maestros universitarios, creando y disciplinando la vocación de los profesores auxiliares y como medio de consulta para los estudiosos en la materia.”

Fue el principal autor del Código de Comercio de Honduras de 1950.

Realizó importantes aportaciones al Derecho concursal, las que se pueden clasificar en doctrinales, traducciones y trabajos legislativos.

En síntesis podemos decir que en México la labor docente de Rodríguez y Rodríguez se desarrolló en la Escuela Nacional de Jurisprudencia, en la que explicó las cátedras de Derecho Mercantil y Derecho Bancario (1940-1944; 1947-1949); en la Escuela Nacional de Economía, en la que desempeñó la cátedra de Organización de Empresas (1939-1940); también colaboró en la Escuela Libre de Derecho donde impartió la cátedra de Quiebras (1943); en la Universidad Popular y en el Instituto Tecnológico y Estudios Superiores de Monterrey, en el que enseñó la cátedra de Derecho Mercantil (1944-1947). Además de la labor docente e investigadora, se desempeñó como profesional de la abogacía, obteniendo un reconocido prestigio en México como abogado mercantilistas.

Otras actividades y méritos

Militante de las Juventudes Socialistas Unificadas, desde noviembre de 1929. Miembro del Comité de Madrid en 1931. Secretario general del Sector Norte de la J.S.U. desde abril de 1936 hasta febrero de 1937. Desempeñó diversos cargos internacionales por delegación de la Comisión Ejecutiva de la J.S.U y fue profesor de su Escuela de Cuadros.

Fue oficial letrado de la Secretaría del Congreso, cargo que obtuvo por oposición en junio de 1932.

Lo nombraron, “a instancia del Ministro ÁLVAREZ del VAYO, Jefe del Gabinete Jurídico Político y Diplomático del Ministerio del Estado.” El 8 de junio de 1937 cesó en este encargo.

Solicitó la excedencia voluntaria de sus cargos políticos y participó de manera activa en el conflicto armado, por lo que fue “movilizado en julio de 1937 como soldado de un batallón de ametralladoras en el frente de Almería; posteriormente, por concurso, fue nombrado Teniente del Cuerpo Jurídico Militar y agregado de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional en Barcelona; ascendió a capitán en 1938; fue voluntario en calidad de Asesor Jurídico e Inspector de los Tribunales Militares del Ejercito del Ebro, y al final de la guerra actuó como oficial del Estado Mayor en la retirada de los ejércitos republicanos.”

Participó como letrado de las Cortes de la II República en la última sesión del Congreso de los Diputados celebrada en Figueras.

Principales obras

Notas bibliográficas, DECUGIS, Henri, Loi britannique du 10 Mai 1929 sur les Sociétés. HIRSCH, Ernst E., Praktische Fälle aus dem Handels-und Wirtschaftsrecht mit Lösungen, Madrid, Revista de Derecho Privado, Año XX, Número 240, septiembre 1933.

Notas bibliográficas, MUTZ, Richard, La vente à prix uniques, Madrid, Revista de Derecho Privado, Año XXII. Número 257, febrero 1935.

Concepto de los agentes de comercio. Con especial consideración del Derecho español, Madrid, Universidad Central, Tipografía de Archivos Olózaga, 1935.

ASCARELLI, Tullio, Derecho mercantil, traducción de Felipe de J. Tena, notas de derecho mexicano por Joaquín Rodríguez Rodríguez, México, Porrúa, 1940.

“Notas sobre la acumulación de la quiebra”, Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, II, 1940.

“Notas sobre la situación de los socios ilimitadamente responsables en el caso de la quiebra de la sociedad”, Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, III, 1940.

"La llamada reivindicación en la quiebra. Interpretación de los artículos 998 y 999 del Código de Comercio mexicano", Jus, No. 25, agosto de 1940.

"El Fideicomiso y la separación en la quiebra", Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, Números 7 y 8, julio-diciembre 1940.

La Empresa Mercantil, México, 1941.

“Quiebra de las sociedades irregulares”, Jus, No. 38, septiembre de 1941.

Las Sociedades Irregulares en Derecho Mercantil Mexicano, México, 1942.

Concordancias, anotaciones y bibliografía a la Ley de Quiebras, México, 1942.

Apuntes para una reforma del Código de Comercio, México, 1943.

Derecho Bancario, primer volumen, México, Porrúa, 1945.

Documentación Mercantil, México, Editorial Jus, 1946.

Curso de Derecho Mercantil, dos volúmenes, Monterrey, México, Instituto Tecnologico de Monterrey, 1947.

Tratado de Sociedades Mercantiles, México, Editorial Porrúa, 1947. 2 tomos.

"La llamada reivindicación en la quiebra", Jus, No. 25.

"Principios de la libre circulación de las acciones y restricciones al mismo", Jus, No. 50.

"El Fideicomiso y la separación en la quiebra", Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, Números 7 y 8, julio-diciembre 1940.

“Remoción y revocación del síndico profesional", en Jus, No. 56, marzo 1943

"El Derecho de voto en las asambleas de accionistas", en La Justicia, septiembre de 1943.

"El cheque sin provisión de fondos", en Jus, septiembre de 1944.

"Los dividendos en las sociedades por acciones", en Onda, Revista del l.T.E.S.M.

"Las uniones de crédito. Su naturaleza y funcionamiento", en Onda, Revista del l.T.E.S.M., marzo de 1945.

"Teoría de los títulos valores en el Derecho mexicano", en Jus, No. 100.

"La identificación del cobrador de un cheque nominativo", en Boletín del Instituto de Derecho Comparado, No. 1.

"Estatuto jurídico y fiscal de las sociedades extranjeras en México", en Boletín del Instituto de Derecho Comparado, No. 2.

"La separación de bienes en la quiebra, según los ordenamientos concursales hispanoamericanos", en Boletín del Instituto de Derecho Comparado, No. 4.

“Acciones separatorias basadas en créditos de restitución”, Jus, No. 121, agosto de 1948.

“La reivindicación en el Derecho mexicano de quiebras”, Jus, No. 133, agosto de 1949.

La separación de bienes en la quiebra, México, UNAM, 1951.

Tratado de sociedades mercantiles, México, Porrúa, 1959.

Ley de quiebras y de suspensión de pagos, de 31 de diciembre de 1942: D. O. de 20 de abril de 1943: Concordancias, anotaciones, exposición de motivos y bibliografía, México, Porrúa, 1961.

Derecho bancario: Introducción, parte general, operaciones pasivas, México, Porrúa, 1964.

Traducciones

"Reflexiones sobre el contrato normativo", de Cariota Ferrara, en Anales de Jurisprudencia, 1940.

"Poderes normativos y poderes potestativos", de Auletta, En Jus, No. 21.

“Por la sociedad anónima italiana”, de MOSSA, Lorenzo, en Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, Número 6, abril-junio 1940.

"Apuntes sobre la naturaleza jurídica de los títulos de crédito", de LA LUMIA, Isidoro, en Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, Números 7 y 8, julio-diciembre 1940.

"La integración de la masa mediante la revocación concursal", Parte I, de JAEGER, Ernst, en Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, Números 9 y 10, enero-junio 1941.

"La integración de la masa mediante la revocación concursal", Parte II, de JAEGER, Ernst, en Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, Número 11, julio-septiembre 1941.

"La integración de la masa mediante la revocación concursal", Parte III, de JAEGER, Ernst, en Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, Número 12, octubre-diciembre 1941.

"Ley alemana relativa a la revocación, fuera de concurso, de los actos del deudor”, en Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, Número 12, octubre-diciembre 1941.

"Ley concursal alemana”, en Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, Números 13 y 14, enero-junio 1942.

"El negocio jurídico plurilateral", de Messineo, en Jus, No. 77.

"La unidad del contrato de seguro", de Ascarelli, en Onda, febrero de 1947.

Perfil de autor BNE

Perfil de autor Dialnet

Perfil de autor PARES

Fuentes

AGA 1.19 32/15394. Exp. 53. Títulos.

AGA 32/13533 Exp. 1. Oposiciones.

Archivo de la Universidad de Valencia, Arxiu General, Caixes nº 984/ 5(12).

Archivo General de la Nación (México), Secretaría de Gobernación, Siglo XX, Departamento de Migración, Serie Españoles, Caja 209, Expediente 37.

Archivo Histórico de la Universidad Nacional Autónoma de México, Dirección General de Personal Académico y Administrativo, Expediente 25/131/5693, Joaquín Rodríguez y Rodríguez.

Biblioteca del Instituto Nacional de Antropología e Historia (México) Archivo del Comité Técnico de Ayuda a los Republicanos Españoles, Expediente de Joaquín Rodríguez Rodríguez, Número 4947.

Boletín Oficial del Estado, de 4 de marzo de 1940.

Centro Documental de la Memoria Histórica, Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo, Expediente 30159-C.

Gaceta de Madrid: Diario Oficial de la República, núm. 157, de 06/06/1935.

Gaceta de Madrid: Diario Oficial de la República, núm. 127, de 06/05/1936.

Bibliografía

BARRERA GRAF, Jorge, “Joaquín Rodríguez (1910-1949)”, Boletín del Instituto de Derecho Comparado de México, Número 5 Mayo-Agosto, Año 1949.PICCATO RODRÍGUEZ, Antonio Octavio, “Joaquín Rodríguez Rodríguez. La empresa y el moderno Derecho Mercantil”, pp. 315-328. En SERRANO MIGALLÓN, Fernando, Los maestros del exilio español en la Facultad de Derecho, México, Universidad Nacional Autónoma de México, Facultad de Derecho, Porrúa, 2003.

ELOLA FERNÁNDEZ, Javier, “Joaquín Rodríguez y Rodríguez”, Necrología, Boletín del Instituto de Derecho Comparado de México, Número 4 Enero-Abril, Año 1949.

ROMERO CARREÑO, Miguel: “Un almeriense ilustre olvidado. El catedrático Joaquín Rodríguez”, La Voz de Almería de 6 de agosto de 1987.

VARGAS VASSEROT, Carlos: Emilio Langle y Joaquín Rodríguez: dos mercantilistas almerienses, Almería, Universidad de Almería e Ilustre Colegio Notarial de Granada, 1997.

VASSEROT, Carlos, “Aportaciones al Derecho concursal de Joaquín Rodríguez y José A. Ramírez”, pp. 533-541. En PEINADO GRACIA, Juan Ignacio y VALENZUELA GARACH, Francisco Javier, Coord., Estudios de Derecho Concursal, Madrid, Marcial Pons, 2006.

VASSEROT, Carlos, Voz "Rodríguez Rodríguez, Joaquín", Diccionario Biográfico Almeriense, Instituto de Estudios Almerienses, 2006, pp. 335-337.

Universidad

Universidad de La Laguna

Materias

Derecho Mercantil

Autoría

Martínez Chávez, Eva Elizabeth

Fecha

06/01/2012

Cómo citar

Martínez Chávez, E. E. (2021). Rodríguez y Rodríguez, Joaquín. Diccionario de Catedráticos españoles de Derecho (1847-1984). https://humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/16408

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