MONTEJO Y RICA, Tomás (1856-1933)

Ficha

Catedrático

MONTEJO Y RICA, Tomás (1856-1933)

Presentación

Catedrático de la Universidad de Madrid durante más de cuarenta y seis años. A lo largo de ese periodo de tiempo, encabezó al grupo de procesalistas que enseñaron su materia en las Universidades españolas con una orientación predominantemente procedimentalista. Fue nombrado Rector Honorario de la Universidad Central. Desempeñó el cargo de Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes en dos ocasiones. Resultó elegido Senador y Diputado a Cortes en diversas Legislaturas, siendo nombrado posteriormente Senador vitalicio.

Datos biográficos

Nació en Baeza el 13 de diciembre de 1856 a las seis de la mañana. Le fueron impuestos los nombres de Tomás, Ramón, Frutos y Nicasio de la Santísima Trinidad. Era hijo de Bonifacio Montejo Robledo, médico militar de profesión, y Tomasa Rica Ravassa, ambos naturales de Segovia. Sus abuelos paternos se llamaban Rafael Montejo Martínez de Torremocha, natural de Soria, y María de la Cabeza Robledo García, natural de Segovia. Y sus abuelos maternos fueron José Valentín Rica y Rica, natural de Huerta del Rey (Soria), y María de la Paz Ravassa Liyar, natural de Madrid. Contrajo matrimonio con doña Isabel Jiménez Abril. Falleció en Madrid el 29 de abril de 1933. Fue enterrado en el cementerio de la Sacramental de San Justo el día siguiente a las cinco de la tarde.

Formación

Cursó el Bachillerato en el Instituto de Segunda Enseñanza del Noviciado de Madrid. Le fue expedido el título de Bachiller en Artes el 10 de octubre de 1873.

Entre los años académicos 1870-1871 y 1873-1874, estudió la Licenciatura de Derecho, Sección de Derecho Civil y Canónico, en la Universidad de Madrid. El 10 de octubre de 1874 realizó los ejercicios del grado de Licenciado, que superó con la calificación de aprobado. Se le expidió el título de Licenciado el 13 de agosto de 1877.

Durante el curso 1873-1874 estudió en la Universidad Central las asignaturas del Doctorado de Derecho, logrando las siguientes calificaciones: aprobado en Filosofía del Derecho e Historia de la Iglesia, y notable en Legislación comparada.

El 25 de junio de 1876 recibió en la Universidad de Madrid el grado de Licenciado en Derecho Administrativo con la calificación de aprobado.

El 28 de junio de 1880 verificó en la misma Universidad los ejercicios correspondientes el grado de Doctor en Derecho, Sección de Derecho Civil y Canónico, consiguiendo la calificación de sobresaliente. Se le expidió el título de Doctor el 14 de abril de 1882.

Carrera académica

El 31 de mayo de 1880 (Gaceta de Madrid del 11 de junio) se anunciaron las oposiciones a la catedra de Teoría práctica de los procedimientos judiciales y práctica forense de la Universidad de Madrid, que había quedado vacante por fallecimiento de su anterior titular, Juan Inocencio Conde y Crespo. Tomás Montejo presentó instancia para tomar parte en las oposiciones, a las que se presentaron ocho aspirantes más. En su instancia Montejo indicaba como domicilio personal las Costanillas de los Ángeles, número 8, de Madrid.

El 25 de diciembre de 1881 se nombró al siguiente tribunal: José Luis Retortillo, consejero de Instrucción Pública, como presidente, y como vocales Augusto Comas y Gumersindo de Azcárate, catedráticos ambos de la misma Universidad, además de Juan de Dios Vico y Bravo, catedrático de la Universidad de Granada, Juan de Dios de la Rada y Delgado, académico de la Historia y Doctor, Cristóbal Colón de la Cerda, Doctor, y José Reus García, “autor de obras”. Juan de Dios Vico y Bravo renunció por problemas de salud, y, para sustituirlo, se nombró a Antonio Fernández Durán, Doctor y conde de Villanueva de Perales. Asimismo, Juan de Dios de la Rada y Delgado fue sustituido por Luis Moreno Gil de Borja, que actuó como secretario.

El 4 de febrero de 1882 se constituyó el tribunal de las oposiciones. Se presentaron a efectuar los ejercicios Montejo y otros cuatro candidatos. Montejo fue propuesto por unanimidad del tribunal para la provisión de la cátedra vacante.

Por Real Orden de 16 de mayo de 1882, Montejo fue nombrado catedrático de Teoría de los procedimientos judiciales de España y práctica forense de la Universidad de Madrid. Aunque no era ésta la denominación con la que había salido a oposición la cátedra vacante en esa Universidad, se produjo un cambio de nombre de la disciplina durante la tramitación de las oposiciones. Montejo tomó posesión de la cátedra el 22 de mayo de 1882. Le fue expedido el título profesional de catedrático el 24 de noviembre de 1882.

A causa de la reforma del plan de estudios de 1884, se cambió la denominación de la materia que enseñaba Montejo, quien, por Real Orden de 25 de septiembre de 1884, fue nombrado catedrático de Derecho procesal civil, penal, canónico y administrativo, y Teoría y práctica de redacción de instrumentos públicos de la Universidad de Madrid.

Como consecuencia de otra reforma del plan de estudios, que introdujo también un nuevo cambio en el nombre de la disciplina, la Real Orden de 28 de julio de 1892 dispuso el cese de Montejo como titular de la cátedra que venía desempeñando y lo nombró catedrático de Procedimientos judiciales y Práctica forense y redacción de instrumentos públicos de la Universidad Central.

En 1919 se jubiló Salvador Torres Aguilar, que era el titular de la segunda cátedra de Procedimientos judiciales y Práctica forense y redacción de instrumentos públicos de la Universidad Central. La Real Orden de 26 de febrero de 1919 acordó que Montejo pasara a desempeñar esa cátedra conjuntamente con la cátedra de la que era titular, percibiendo una gratificación complementaria de 2.500 pesetas anuales, que era la mitad del sueldo de entrada de un catedrático de Universidad. El 21 de marzo de 1919 Montejo tomó posesión de la cátedra que había quedado vacante por jubilación de Salvador Torres Aguilar.

El 29 de diciembre de 1920 Montejo presentó su renuncia al cargo de Vicerrector de la Universidad de Madrid, por haber sido nombrado Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes. Le fue aceptada la renuncia por Real Orden de 4 de enero de 1921.

Montejo fue jubilado por Real Decreto de 17 de diciembre de 1928, cuando ocupaba el número 1 en el Escalafón general de catedráticos de universidad.

Las numerosas ocupaciones que pesaban sobre Montejo debieron hacer mella en su salud al final de la vida académica, lo que provocó episodios como el que relata en sus Memorias Emilio González López, que fue alumno suyo en los años veinte del siglo pasado y que, poco después, se convirtió en catedrático de Derecho Penal:

“El caso más penoso de los profesores era el de D. Tomás Montejo, catedrático de Derecho Procesal, que estaba ya para jubilarse a los pocos meses. Eran tan aburridas sus conferencias en la cátedra de Derecho Procesal, que los alumnos no asistían a clase, y se turnaban para que siempre hubiese unos seis o siete en el aula y no apareciera vacía. Yo no turnaba y asistía a la clase regularmente. Un día Montejo superó la marca, pues no sólo dejo somnolientos a los estudiantes sino que él mismo se quedó dormido durante la conferencia. Fue cosa de segundos; y al despertarse, pidiéndonos perdón por lo ocurrido, nos dijo que no había dormido en toda la noche, pues había tenido que viajar en tren desde Vitoria, en donde había asistido a la inauguración del monumento a su antiguo jefe, Eduardo Dato, que había sido elegido varias veces diputado por aquella capital vasca; y había llegado a Madrid al amanecer”.

En la Gaceta de Madrid del 18 de diciembre de 1928 se publicó el Real Decreto del 17 del mismo mes por el que se nombraba a Montejo Rector Honorario de la Universidad Central, a propuesta de Junta de Gobierno de esta Universidad, que aceptó una moción de la Facultad de Derecho. Este Real Decreto contenía una Exposición sumamente elogiosa para con el catedrático jubilado: “Un ilustre maestro del Derecho, D. Tomás Montejo, que durante más de cuarenta años consagró a la enseñanza en la Universidad Central lo mejor de su espíritu, cesó en sus funciones docentes por haber llegado a la edad que la Ley determina para la jubilación forzosa (…). Sus compañeros de Claustro, a propuesta de su propia Facultad, quieren significarle la estimación y afecto que supo ganarse en tan larga convivencia con la petición de que sea nombrado Rector honorario de la Universidad Central (…). El Ministro que suscribe tiene el honor de someter a la firma de Vuestra Majestad esta propuesta, aprobada ya por el Gobierno, bien seguro de que es merecida recompensa a quien adoctrinó a muchas generaciones y rindió el esfuerzo de una labor fecunda en bien de la enseñanza y de la Patria”.

Otras actividades y méritos

Se incorporó al Colegio de Abogados de Madrid el 20 de agosto de 1878.

Por Real Orden de 10 de julio de 1877 fue nombrado, en virtud de las correspondientes oposiciones, Aspirante al Cuerpo del Consejo de Estado, obteniendo el primer lugar de la primera de las dos ternas elevadas por el tribunal de las oposiciones a la Presidencia del Consejo de Ministros. Hasta su jubilación desempeñó simultáneamente la cátedra universitaria y las funciones de Letrado del Consejo de Estado.

Por Real Decreto de 23 de marzo de 1908, Montejo fue nombrado Vocal de la Comisión General de Codificación. Renunció a ese cargo en 1927. El Real Decreto de 21 de septiembre de ese año aceptó su renuncia. En virtud de Real Decreto de 6 de febrero de 1931 volvió a ser nombrado Vocal de la Comisión General de Codificación.

Mediante Real Decreto de 27 de junio de 1909 fue designado Vocal de la Junta Central de Colonización y Repoblación Interior.

Un Real Decreto de 267 de marzo de 1915 nombró a Montejo Vocal de la Comisión asesora de Reforma tutelar y de Acción educadora.

Montejo resultó elegido Diputado a Cortes en 1887 (por el Distrito de Morón de la Frontera), 1991 (también por el Distrito de Morón de la Frontera) y 1898 (por el Distrito de Santa Cruz de la Palma), siempre en las listas del partido liberal.

Asimismo, fue elegido Senador por la provincia de Cuenca en las Legislaturas 1903-1904, 1905-1907, 1907-1908, 1910-1911, 1914-1915 y 1916-1917. Pero en 1918 no logró obtener el nombramiento por esa provincia. A modo de desagravio, fue nombrado Senador vitalicio Mediante Real Decreto de 22 de agosto de 1919.

El 29 de diciembre de 1920 fue nombrado Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes en un Gobierno presidido por Eduardo Dato. El 13 de marzo de 1921 le fue aceptada la dimisión de ese cargo. Durante su mandato se derogó el Decreto de autonomía universitaria que había hecho aprobar su predecesor César Silió.

El 1 de abril de 1922 fue nombrado por segunda vez Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes. En un Gobierno presidido por Rafael Sánchez Guerra. El 4 de diciembre de 1922 le fue aceptada la dimisión del cargo.

El 27 de enero de 1879 ingresó en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación como académico numerario. Posteriormente, ocuparía los cargos de secretario y vicepresidente de la esa Academia.

El 22 de diciembre de 1914 fue elegido miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, leyendo su discurso de ingreso el 27 de febrero de 1916. Le contestó, en nombre de la Academia, Javier Ugarte y Pagés.

Principales obras

Exposición y juicio crítico de los principales sistemas carcelarios. Derecho vigente en España, Madrid, 1880.

El texto de una conferencia sobre Manuel Cortina: “34 Conferencia. Tema: D. Manuel Cortina. Estudios sobre el foro y los tribunales españoles. El juez y el abogado. Influencia histórica de los letrados en la sociedad española. Los estudios jurídicos desde Martínez Marina hasta nuestros días”, en La España del Siglo XIX. Colección de conferencias históricas, curso de 1886-87, Madrid, 1887, tomo III, pp. 289-319.

“Prólogo” a la obra de Lecea y García, Apuntes para la historia jurídica de Segovia, Segovia, 1897.

“Prólogo” al libro de Silvela Loring y Barriobero Armas, Manual de práctica forense: colección ordenada de escritos e informes orales, Madrid, 1904.

Las instituciones modernas para prevenir o resolver los conflictos entre patronos y obreros, Madrid, 1911. Es su discurso de inauguración del curso académico 1911-1912 en la Universidad de Madrid.

“Prólogo” al libro de Sancho-Tello y Burguete, Redacción de instrumentos públicos, Valencia, 1914.

La función judicial: indicaciones referentes al concepto de la misma, a los derechos que debe amparar, y al modo como debe ser ejercida. Discurso leído por D. Tomás Montejo y Rica en su recepción en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. Contestación del Sr. D. Javier Ugarte, Madrid, 1916 (el texto correspondiente al discurso de Tomás Montejo se extiende desde la página 7 a la 78, mientras que el discurso de contestación de Javier Ugarte se va desde la página 81 a la 97).

Programa para un curso de Práctica Forense, Madrid, 1920.

La crisis del régimen parlamentario en España: la opinión y los partidos, Madrid, 1923. Es la contestación al discurso de ingreso en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas leído por José Sánchez Guerra.

Tuvieron mucha difusión en las universidades españolas los apuntes de las explicaciones impartidas en clase por Montejo, que circularon en versiones manuscritas y litografiadas, como, por ejemplo, el manuscrito que lleva por título Apuntes de procedimientos judiciales. De conformidad con las explicaciones y programa del Señor Profesor de dicha asignatura Dr. D. Tomás Montejo (Madrid, s/f, pero de 1895).

En las notas biográficas referidas a Tomás Montejo, se ha venido repitiendo desde antiguo que publicó en 1886 el primer tomo de un Tratado de Derecho Judicial. Pero estas afirmaciones no se corresponden con la realidad. El tratado de Derecho Judicial en el que, según los testimonios ofrecidos por algunos de sus contemporáneos, Montejo estuvo trabajando desde las últimas décadas del siglo XIX hasta poco antes de su fallecimiento no se llegó a publicar, ni íntegramente ni en parte.

Al parecer, Montejo también colaboró en los Comentarios a la Ley de Enjuiciamiento Civil (Madrid, 1881-1883) y a la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Madrid, 1883) que fueron publicados bajo la dirección de Emilio Reus. Así lo hizo constar Javier Ugarte en su discurso de contestación al discurso de ingreso de Tomás Montejo en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas.

La producción procesal de Montejo es escasa, aunque su concepción de la disciplina y sus opiniones en esta materia aparecen citadas con frecuencia en los trabajos de sus colegas, dato este que puede ser revelador tanto de su prestigio doctrinal como de su influencia político-académica.

Montero Aroca expresa una valoración muy negativa sobre Montejo: “(…) los dos catedráticos de la Universidad Central, Salvador Torres y Aguilar-Amat, jubilado en 1918, y Tomás Montejo y Rica, no eran, científicamente, valedores de vocaciones procesales”.

Por su parte, Manuel Peláez del Rosal se muestra más benévolo: “Se ha dicho con cierto desdén que don Tomás Montejo no fue una auténtica ‘vocación universitaria’ como queriendo indicar que lo suyo fue un ir y venir por los campos públicos del foro, del parlamento y del senado y de las academias, sin importarle lo más mínimo el cultivo de la ciencia, la docencia y la investigación. ¿Qué parámetro ha de utilizarse para inscribir a un prócer como Montejo entre los consagrados del Alma Mater? ¿El número de publicaciones, más allá de la decena? ¿el de discípulos, superior al de los dedos de una u otra mano? Tengo para mí que la cuantificación nunca es buena, porque la abundancia la mayor parte de las veces no es índice de la excelencia”.

Montejo fue probablemente el más capaz de los catedráticos que enseñaban Procedimientos Judiciales a principios del siglo XX en las universidades españolas, aunque su producción procesal fue escasa, porque sus energías se dispersaron en el desempeño de una infinidad de cargos públicos y cometidos ajenos al cultivo de la ciencia jurídica.

Incluso los contemporáneos de Montejo que se mostraron más elogiosos con este catedrático reconocieron que la contribución que había dado a la doctrina procesal fue sólo una pequeña parte de la que habría podido dar si se hubiera dedicado a estos estudios con más intensidad. Así, Felipe Clemente de Diego, después de aludir al hecho de que Montejo no llegó a concluir la obra general de Derecho procesal que había comenzado a escribir, dijo: “¡Cuántas veces me lamenté ante él y hasta le recriminé cariñosamente de tamaña falta que reputaba de lesa cultura! (…). En la suspensión de la publicación de la obra de Derecho procesal influyeron circunstancias diversas, ente ellas la vocación política que cultivó toda su vida el ilustre muerto y que le absorbió tiempo y energías (…)”. También Casais Santaló, en las notas sobre Derecho español que incluyó en la traducción de los Principios de derecho procesal civil de Chiovenda, indicaba: “Las explicaciones del Profesor de la Universidad Central recógense por sus alumnos en páginas litografiadas y es lástima que la confección de estos apuntes no ofrezca la garantía de una revisión del Sr. Montejo para que el empleo de aquellos como material de estudio no presente las inseguridades de una labor de estudiante, porque mucho ayudarían a la ciencia procesal las sabias lecciones de quien en monografías procesales ha puesto de relieve singular competencia en estas disciplinas”.

Entre los méritos de Montejo hay que incluir el hecho de haber sido el primero en citar a Chiovenda en un trabajo en lengua española. Lo hizo en su trabajo sobre La función judicial, que era el texto del discurso de ingreso en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas que pronunció en 1916.

Perfil de autor BNE

Perfil de autor PARES

Fuentes

AGA, caja 32/16092, expediente personal de Tomás Montejo.

AGA, caja 32/7289, leg. 5340/30, expediente de las oposiciones a la cátedra de Teoría práctica de los procedimientos judiciales y Práctica forense de la Universidad de Madrid celebradas en 1882.

Archivo del Congreso de los Diputados.

Archivo del Senado, expediente personal de Tomás Montejo.

Hemeroteca Digital de la Biblioteca Nacional.

Felipe Clemente de Diego, “Nota necrológica. D. Tomás Montejo y Rica”, en Boletín del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, núm. 20, junio de 1933, pp. 6-9.

Nota necrológica publicada sin firma en el ABC del 2 de mayo de 1933 con el título de “El ex ministro D. Tomás Montejo”.

José Casais y Santaló, “Literatura procesal española”, en Chiovenda, Principios de derecho procesal civil, traducción de José Casais Santaló, ed. Reus, Madrid, 1922, I.

Juan Montero Aroca, “Aproximación a la biografía de Francisco Beceña”, en Estudios de Derecho Procesal, Barcelona, 1981, pp. 603-632.

Emilio González López, Memorias de un estudiante liberal (1903-1931), Sada (A Coruña), 1987.

Manuel J. Peláez, “Tomás Montejo y Rica(1856-1933)”, en Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos (hispánicos, brasileños, quebequenses), Zaragoza-Barcelona, 2006, vol. II, tomo 1º, p. 161.

Manuel Peláez del Rosal, “Vida y obra del baezano D. Tomás Montejo y Rica (1856-Madrid, 1933) al servicio de la Universidad y de la Corona”, en Juristas ilustres de Jaén (siglos XIX-XX), coordinadores Juan Manuel de Faramiñán Gilbert y Miguel Ángel Chamocho Cantudo, Jaén, 2010, pp. 137-156.

Manuel Cachón Cadenas, Historias de procesalistas, universidades y una guerra civil (1900-1950), Madrid, 2012.

Universidad

Materias

Autoría

Fecha

03/07/2015

Cómo citar

Cachón Cadenas, M. (2021). Montejo y Rica, Tomás. Diccionario de Catedráticos españoles de Derecho (1847-1984). https://humanidadesdigitales.uc3m.es/s/catedraticos/item/15845

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